El Ayuntamiento de Sevilla y Emvisesa lanzan de nuevo el Programa de Captación de Viviendas Privadas Ociosas para el Alquiler, introduciendo mejoras para los propietarios.
La compensación abonada a los propietarios de viviendas vacías que las cedan a Emvisesa pasa a un máximo de 525 euros mensuales. El Ayuntamiento de Sevilla incluye la bonificación del 95% del IBI a los propietarios que participen en el programa.
La vivienda, con un mínimo construido de 45 m2 y un máximo de 140 m2, debe estar ubicada en el término municipal de Sevilla, no estar alquilada ni ocupada, contar con las condiciones básicas de habitabilidad y seguridad (suministros de agua y electricidad, calentador de agua) y tener un seguro multirriesgo contratado.
Uno de los requisitos que debe cumplir los propietarios es que debe ser el dueño de la vivienda, o contar con la autorización del resto de propietarios, y encontrarse al corriente en el pago de las cuotas a la Comunidad de Propietarios.
Los plazos de prórrogas conforme a la normativa de arrendamiento se han modificado, estableciendo en siete años el periodo de prórroga obligatoria en el caso de Emvisesa, al tratarse de una persona jurídica.
Existe una Comisión Técnica de la Vivienda que se ocupa de la selección de los inquilinos.
El inquilino se hará responsable de abonar los consumos de suministros de agua, electricidad y gas, salvo si están incluidos dentro de las cuotas de comunidad. Al propietario de la vivienda corresponden las cuotas de Comunidad, el impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)*, la tasa de entrada de vehículos en su caso y el seguro multirriesgo. *Actualmente existe una bonificación del 95% del IBI para las viviendas incorporadas a este programa. Los inmuebles cuya cuota resultante sea menor o igual a 6 euros tras aplicarles el 95% de reducción estarán exentos de abonar el IBI.
El alquiler, en una cuantía máxima de 525 euros, le será abonado directamente por Emvisesa, de manera mensual y será revisable anualmente*. La cantidad será establecida por los técnicos de Emvisesa, atendiendo al tamaño, estado y situación de la vivienda.
# Está acogida al IGC (El IGC en el alquiler (Índice de Garantía de la Competitividad)
. Emvisesa es la responsable de devolver a su propietario la vivienda vacía y en adecuadas condiciones de habitabilidad.
La renta es abonada a los propietarios directamente por Emvisesa, que garantiza su pago y pone todas las medidas a su alcance para evitar incumplimientos de contrato. No obstante, si finalizado el contrato los inquilinos se negaran a abandonar la vivienda, Emvisesa continuaría abonando al propietario el importe de la contraprestación y se encargaría de ejercer las acciones pertinentes para recuperar la posesión del inmueble y devolvérselo a su propietario.
Le recomendamos que se lea detenidamente las Bases del Programa (WEB de Emvisesa). Si tiene alguna duda puede dirigirse a comercial@emvisesa.org o solicitar cita previa en el Departamento Comercial (Avda. Ingeniería, 9. Parque Empresarial Arte Sacro. Edificio 9.) llamando a los teléfonos 955 476 000 / 955 476 133.
Si desea participar en el Programa, puede completar este formulario de solicitud y enviarlo: