Emvisesa publica las listas provisionales de admitidos en la convocatoria extraordinaria de Pítamo-Bellavista y abre el plazo de alegaciones previo a la publicación de las listas definitivas

Una vez finalizado el plazo para participar en la”Convocatoria extraordinaria para adjudicar 125 viviendas en régimen de venta situadas en la promoción Pítamo-Bellavista”  y analizadas las solicitudes presentadas, Emvisesa procede a publicar las listas provisionales de admitidos.

Se han recibido un total de 1.473 solicitudes válidas, de las que 1.359 corresponden al cupo general, 67 al cupo de familias numerosas y 47 al cupo de personas discapacitadas con baremo de movilidad reducida.

Tal y como especificaban las bases, en los casos de duplicidad se han conservado los datos de la última solicitud presentada.

Le recomendamos descargar los archivos y utilizar el buscador de su lector de PDF para encontrar los cuatro últimos números y la letra de su DNI. En caso de coincidencia, están disponibles las iniciales del nombre, así como las de los apellidos.

Lista Provisional de Admitidos para el cupo general:

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Lista Provisional de Admitidos para el cupo de familias numerosas:

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Lista Provisional de Admitidos para el cupo de personas discapacitadas con baremo de movilidad reducida:

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Todas las personas interesadas en participar en estas convocatorias han presentado su solicitud digitalmente a través del sitio web emvisesa.org, sin necesidad de desplazarse. Las alegaciones también se presentarán de manera telemática. Los puntos de atención al ciudadano de los Distritos están disponibles para tramitar las alegaciones a quienes tengan alguna dificultad para hacerlo por sus propios medios.

Alegaciones

Los solicitantes que hayan presentado solicitud en tiempo y forma y no aparezcan en las listas provisionales de admitidos, así como aquellos que detecten algún error en sus datos, pueden hacer uso del formulario de alegaciones disponible bajo estas líneas desde hoy hasta el jueves 16 de noviembre de 2023 a las 14:30 horas.

La fecha del sorteo ante notario se anunciará con la publicación de las listas definitivas.

PLAZO CONCLUIDO.

Emvisesa publica las listas provisionales de admitidos en la convocatoria para adjudicar alojamientos colaborativos en RUE 32 para el cupo de menores de 35 años

Una vez finalizado el plazo para participar en la Convocatoria de Emvisesa para la adjudicación de alojamientos colaborativos en RUE32 y analizadas las solicitudes presentadas, Emvisesa procede a publicar las listas provisionales de admitidos.

Se han recibido un total de 209 solicitudes válidas. No se ha excluido ninguna de las solicitudes recibidas y tan sólo ha sido necesario eliminar 20 duplicidades del total de las 229 recibidas . Tal y como especificaban las bases, se han conservado los datos de la última solicitud presentada.

Lista Provisional de Admitidos:

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Alegaciones

Los solicitantes que hayan presentado solicitud en tiempo y forma y no aparezcan en las listas provisionales de admitidos, así como aquellos que detecten algún error en sus datos, pueden hacer uso del formulario de alegaciones disponible bajo estas líneas desde hoy hasta el viernes 8 de julio de 2022 a las 14:30 horas.

PLAZO FINALIZADO.

El Programa de Alquiler Asequible se somete a información pública por un plazo de 30 días para permitir la presentación de alegaciones y observaciones

El Programa de Alquiler Asequible ha sido aprobado por la Junta de Gobierno y publicado en el Boletín Oficial de la Proviencia, en desarrollo del Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación del Término Municipal de Sevilla 2018-2023.

Previamente a su redacción se realizó un proceso de información pública a través de las diferentes Mesas Sectoriales definidas en el Programa de Fomento de Transparencia y Participación Ciudadana, que se encuentra integrado en el mismo Plan Municipal de Vivienda.

Una vez aprobado y publicado en el BOP el viernes 10 de julio de 2020, el Programa de Alquiler Asequible queda sometido a información pública por un plazo de treinta días para la presentación de alegaciones y observaciones, como paso previo a la publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

Las alegaciones y observaciones pueden presentarse (solicitando previamente CITA PREVIA) en los Registros General y Auxiliares del Ayuntamiento de Sevilla.

Esta primera convocatoria municipal del Programa de Alquiler Asequible tiene como objetivo el desarrollo en la ciudad de 1.000 viviendas por parte de promotores privados con una inversión superior a los 100 millones de euros en el sector, a partir del próximo mes de septiembre. Emvisesa está recibiendo numerosas muestras de interés por parte de entidades privadas, en una iniciativa que se enmarca dentro del Plan Municipal de Vivienda y que tiene como objetivo favorecer el desarrollo de parcelas calificadas como VPO privadas y bloqueadas desde hace años con una fórmula intermedia entre la vivienda protegida y el alquiler a precios de mercado“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Para la puesta en marcha de este programa, con las bases aprobadas el pasado viernes en Junta de Gobierno y publicadas en la web de Emvisesa y en el BOP, se abrirá una bolsa el próximo mes de septiembre para que las empresas promotoras y propietarios de suelos puedan reservar un cupo de viviendas en este nuevo régimen que ha sido consensuado durante los últimos meses a través de distintas sesiones de trabajo y para el que ya se cuenta con promotores interesados en desbloquear proyectos a través de esta fórmula.

Programa de Alquiler Asequible

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Listas provisionales de admitidos y excluidos en la convocatoria de Emvisesa para adjudicar 18 viviendas en alquiler con opción a compra situadas en Pino Montano, Sevilla Este y Torrelaguna

Una vez finalizado el plazo para participar en la convocatoria pública para adjudicar 18 viviendas protegidas en régimen de alquiler con opción a compra situadas en Torreblanca  (manzanas S3 y S6 de Torrelaguna), Pino Montano (manzana P6) y Sevilla Este (manzana MA-3.1 de Polígono Aeropuerto), y analizadas las solicitudes presentadas, Emvisesa procede a publicar las listas provisionales de admitidos y excluidos.

Se han recibido un total de 3.444 solicitudes, 3.438 de las cuales han sido admitidas y 6 provisionalmente excluidas.

Por primera vez, las personas interesadas en participar en una convocatoria de adjudicación de viviendas protegidas han podido presentar su solicitud digitalmente a través del sitio web emvisesa.org, sin necesidad de desplazarse. El 99,22% de las solicitudes recibidas han hecho uso de esta opción telemática.

Los 6 solicitantes excluidos, así como aquellos admitidos que detecten algún error en sus datos, pueden hacer uso del formulario de alegaciones disponible bajo estas líneas desde hoy hasta el viernes 13 de marzo de 2020 a las 14:30 horas. Aquellas personas que no dispongan de acceso a internet, o bien prefieran alegar de manera presencial, pueden acudir a nuestra sede en horario de 8:30 a 14:30 horas en el mismo plazo arriba especificado.

LISTA DE ADMITIDOS:

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LISTA DE EXCLUIDOS:

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FORMULARIO PARA PRESENTAR ALEGACIONES:

HA FINALIZADO EL PLAZO DE ALEGACIONES. PRÓXIMAMENTE PUBLICAREMOS LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

 

Guía de ayuda para los solicitantes de las ayudas para el alquiler de viviendas “Alquila 2017”

La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda publicó el pasado 3 de septiembre los listados de personas beneficiarias provisionales y suplentes, así como el de solicitudes desestimadas, relativos a la convocatoria de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los listados, en PDF, pueden descargarse en la web de Emvisesa, así como en la de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.

¿Qué deben hacer los solicitantes de la ayuda al alquiler según el estado de su solicitud? PLAZO HASTA EL LUNES 17 DE SEPTIEMBRE

1. Los beneficiarios provisionales son aquellos que cumplen todos los requisitos y, además, existe crédito presupuestario para que reciban la ayuda al alquiler. Deberán aportar, salvo que ya lo hayan hecho, la documentación siguiente:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

Deben presentar, hasta el lunes 17 de septiembre, una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aclarando que son beneficiarios provisionales y adjuntan los documentos que les faltaban. Es importante que escriban en la instancia el número de su código de solicitud o expediente, por ejemplo 41-AI-PAIQ-00000/17.

2. Los beneficiarios suplentes son aquellos que cumplen los requisitos para recibir la ayuda pero según la previsión actual de la Consejería de Fomento y Vivienda no hay crédito suficiente. Quedan, por tanto, en reserva. Deberán aportar, salvo que ya lo hayan hecho, la documentación siguiente:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

Deben presentar, hasta el lunes 17 de septiembre, una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aclarando que son beneficiarios provisionales y adjuntan los documentos que les faltaban. Es importante que escriban en la instancia el número de su código de solicitud o expediente, por ejemplo 41-AI-PAIQ-00000/17.

3. Las solicitudes desfavorables son aquellas que no cumplen alguno de los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda al alquiler. Tienen la posibilidad de alegar presentando dichas alegaciones en el Anexo III con los documentos que estimen oportunos. Además, podrán presentar hasta el lunes 17 de septiembre en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la misma documentación que los beneficiarios provisionales y suplentes:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

4. Las solicitudes desistidas son aquellas que no han presentado la documentacion requerida, lo han hecho fuera de plazo o no aportaron la documentación especificamente requerida. Podrán interponer hasta el 3 de octubre, si no están de acuerdo con la resolución, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

5. Las solicitudes inadmitidas son aquellas presentadas fuera de plazo. Podrán interponer hasta el 3 de octubre, si no están de acuerdo con la resolución, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

6. Las renuncias también podrán interponer, si consideran que ha existido algún error, hasta el 3 de octubre, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

 

El plazo de audiencia, alegaciones y presentación de documentación para la convocatoria de ayudas para el alquiler “Alquila 2016” se amplía hasta el lunes 17 de julio.

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha ampliado el plazo de audiencia, alegaciones y presentación de documentación para  la convocatoria del ejercicio 2016 de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía,  hasta el lunes 17 de julio, inclusive.

Las personas solicitantes pueden presentar sus alegaciones en los términos expresados en nuestra “Guía para los solicitantes de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, Alquila 2016“.

Recordamos que Emvisesa presentará ante la Consejería la justificación de los importes ya abonados correspondientes a las mensualidades del periodo subvencionable (enero a diciembre de 2016) de todos sus inquilinos incluidos en la lista provisional de beneficiarios y suplentes, no siendo necesaria ninguna actuación por su parte.

Aquellos solicitantes con recibos de 2016 pendientes de pago pueden acudir a nuestra sede de calle Bilbao, donde recibirán asesoramiento al respecto.

Listados provisionales del Plan de Ayudas al Alquiler “Alquila 2016”, cuyo plazo de alegaciones concluye el 15 de julio de 2017 (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO).

Emvisesa, como entidad colaboradora, pone en conocimiento de todos los interesados que la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Sevilla ha publicado hoy, martes 4 de julio, los listados relacionados con el Plan Alquila 2016 de ayudas al alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.

Los listados se publican una vez analizadas las subsanaciones presentadas hasta el pasado 13 de marzo y sometidas a las verificaciones y comprobaciones que determinan el cumplimiento de los requisitos exigibles.

Las solicitudes se han clasificado en 3 diferentes grupos:

  1. Listado de personas beneficiarias provisionales y suplentes, por orden de mayor a menor puntuación.
  2. Listado de solicitudes propuestas provisionalmente como desfavorables, por no cumplir con los requisitos establecidos.
  3. Listados de solicitudes definitivamente desistidas (por no haberse acreditado los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria), inadmitidas (por haber sido presentadas fuera de plazo) y las que han sido objeto de renuncia.

El Anexo I se compone del listado de personas beneficiarias provisionales y suplentes, por orden de mayor a menor puntuación. Se entiende por suplentes aquellas para las que, cumpliendo con los requisitos exigidos, no alcanza el presupuesto disponible.

El documento PDF Anexo I permite que usted pueda localizarse tecleando, por ejemplo, su DNI (CONTROL+F) y en la columna “ESTADO” podrá comprobar si tiene la condición de “Beneficiario provisional” o de “Beneficiario Suplente”.

PLAZO CONCLUIDO.

Las personas beneficiarias provisionales y suplentes relacionadas en el Anexo I y las que hayan alegado con la pretensión de serlo presentarán en nuestra sede de calle Bilbao, en horario de atención al ciudadano, la siguiente documentación, SÓLO EN EL CASO de que así lo indique en las OBSERVACIONES del listado:

  1. En aquellos casos en los que el listado recoja “MESES SIN JUSTIFICAR”: Si Emvisesa es la arrendadora de su vivienda, no es necesario que acuda a nuestra oficina, a no ser que lo citemos expresamente, ya que Emvisesa presentará a la Consejería un certificado de los importes ya abonados correspondientes a mensualidades del periodo subvencionable, acreditadas conforme al modo de pago establecido en el contrato de arrendamiento (Anexo IV de la Orden de 30 de junio de 2016, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF).
    b) En aquellos casos en los que el listado recoja “ANEXO II: NO”: Ficha de datos complementarios ajustada al modelo publicada con la orden de convocatoria (Anexo II de la Orden de 30 de junio de 2016, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF) .
    c) En aquellos casos en los que el listado recoja “CC EN HACIENDA: NO”: Número de cuenta bancaria en la que se abonará la subvención (Ficha de Mantenimientos de Tercero sellada por la entidad financiera, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF).
    d) En aquellos casos en los que el listado recoja “VULNERABILIDAD ACREDITADA: NO”, deberá presentarse Informe de los servicios sociales comunitarios acreditativos de la condición de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social. Se trata de los expedientes en que se ha alegado la solicitud de tal circunstancia pero aún no le había sido acreditada.

Le recomendamos la consulta de la Guía de Ayuda publicada por Emvisesa.

 
La presentación de los documentos exigidos dentro del plazo concedido para el trámite de audiencia (5 al 15 de julio de 2017, ambos inclusive: AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO) supone la aceptación de la ayuda.
 
Aquellas personas que tengan toda la documentación entregada y no tengan ninguna observación donde se le requiera algún documento, ni ninguna alegación que presentar, NO ESTÁN OBLIGADAS A PRESENTAR EL ANEXO III, dándose por supuesta la aceptación de la ayuda.
 

El Anexo II se compone de la relación de solicitudes propuestas provisionalmente como desfavorables por no reunir los requisitos, haciendo expresa mención de la causa denegatoria.
 
PLAZO CONCLUIDO.
 
Los interesados tienen hasta el próximo 15 de julio de 2017 (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO) para presentar en nuestra sede de calle Bilbao, en horario de atención al ciudadano, las alegaciones que consideren oportunas, utilizando el Anexo III (si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF).
 

Finalmente, existe un grupo de soliciudes que se tendrán por desitidas, inadmitidas y renunciadas, por por no haberse acreditado los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria,  haber sido presentadas fuera de plazo o haber sido objeto de renuncia, respectivamente.
 
PLAZO CONCLUIDO.
 

Esta noticia es un resumen explicativo de la publicada por la Consejería de Fomento y Vivienda, cuya consulta recomendamos decididamente.
 
 
 
Asimismo, ponemos a su disposición la siguiente documentación, que consideramos indispensable:
 
 
  1. Acuerdo de apertura del plazo de alegaciones, de 05/07/2017 a 15/07/2017 ambos inclusive (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO).
  2. Resolución de solicitudes desistidas, inadmitidas y renuncias.

Una vez analizadas las alegaciones presentadas en este trámite, tras la finalización del plazo de alegaciones el 15 de julio (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO), será dictada Propuesta Definitiva de Resolución una vez analizada toda la documentación entregada.

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