Hoy miércoles, tal y como especificaba la convocatoria, ha concluido el plazo para solicitar alguna de las dos viviendas en alquiler de renta básica sitas en la calle San Luis 70, con taller vinculado para artesanos.
La lista provisional de admitidos es la que reproducimos a continuación en formato PDF:
PLAZO CONCLUIDO
El día establecido para realizar alegaciones a la lista provisional de solicitantes admitidos es el jueves 11 de agosto del presente año, en horario de 8:30 a 14:30 horas, en la sede de EMVISESA de calle Bilbao,4. 41001. SEVILLA.
El viernes 12 de agosto se publicará en esta misma web la lista definitiva de solicitantes, quienes participarán en el sorteo ante notario que tendrá lugar el martes 16 de agosto a las 10:00 horas en la sede de EMVISESA de calle Bilbao,4. 41001. SEVILLA.
De esta forma, desde hoy y hasta el próximo 5 de agosto, la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV), ubicada en San Jerónimo, tramitará (de lunes a viernes entre 8:30 y 14:30 horas) las solicitudes que allí se presenten para el acceso a este programa que cuenta con un presupuesto en esta convocatoria de 16,3 millones de euros para toda Andalucía.
Esta convocatoria de ayudas está dirigida a facilitar el pago del alquiler de la vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados. De esta forma se exige estar empadronado en la vivienda, contar con una renta de alquiler mensual no superior a los 500 euros y disponer de ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM. La cuantía de las ayudas, tras una evaluación de las solicitudes y hasta agotar el presupuesto, permitirá abonar el 40% de la renta mensual, con un máximo de 200 euros al mes, aunque está situación se puede ampliar hasta el 80% en aquellos caso que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social previa acreditación por parte de los servicios sociales comunitarios.
El plazo de presentación de esta convocatoria se abrió el pasado 5 de julio y desde entonces se han podido tramitar las solicitudes tanto en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda como en la sede de AVRA. Con este convenio de colaboración, hasta el próximo día 5 de agosto, EMVISESA refuerza estos servicios en la ciudad de Sevilla para agilizar la presentación de solicitudes de todos los potenciales beneficiarios de este programa. Así se le ha comunicado además desde la empresa municipal a todos los inquilinos de viviendas protegidas municipales que puedan reunir los requisitos recogidos en esta convocatoria.
Los inquilinos de viviendas propiedad de EMVISESA que cumplan los requisitos también pueden beneficiarse de estas ayudas para el alquiler de viviendas. Deberán entregar su solicitud en la oficina de la OMDV en la avenida de San Jerónimo,5.
Les recomendamos que se descarguen la solicitud y la cumplimenten antes de entregarlas. En la OMDV (avenida de San Jerónimo,5) hay personal que recogerá los impresos y le ayudará a completarlos. No obstante es muy importante que todos los miembros de la unidad de convivencia den su conformidad a la presentación de la solicitud firmando el correspondiente apartado de la misma (Anexo I, apartado 6). La OMDV no recogerá ningún impreso que no cuente con la conformidad y correspondiente firma de todos los miembros de la unidad de convivencia.
La solicitud se compone de 4 anexos. Para solicitar la ayuda debe presentarse el Anexo I de la Orden de convocatoria, junto con la documentación que en el mismo se relaciona.
Podrá optar, y así lo recomendamos, por presentar también el Anexo II (datos complementarios) y el Anexo IV (justificaciones), aunque también pueden presentarlo en un momento posterior de la tramitación.
El Anexo III es el de alegaciones que habría que presentar, en su caso, una vez publicada la propuesta provisional de resolución de la Convocatoria de Subvanciones de Ayudas al Alquiler.
Es posible que al descargar los anexos obtengan un mensaje de error que comienza con “Please Wait…”. Se debe a que el visor de PDF de su navegador no es capaz de interpretar los formularios. Para solucionarlo no tienen más que pulsar en el icono “Descargar” (un papel con una flecha hacia abajo) y abrir el archivo con un visor de PDF externo, como por ejemplo Adobe Reader, Foxit, Sumatra PDF, Nitro PDF Reader, Cool PDF, etc.
Por tanto, son dos las viviendas taller objeto de dicha convocatoria. El procedimiento de acceso y plazos de la convocatoria continúan siendo los mismos y pueden consultarse en este enlace.
EMVISESA cuenta, desde finales del pasado mes de junio, con los servicios de mediación e intervención externa en comunidades vecinales de la Asociación Ponte.
Con la prestación de este servicio, EMVISESA pretende dotar a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de una herramienta eficaz para la resolución extrajudicial de conflictos que afectan a la pacífica convivencia de las comunidades vecinales conformadas por viviendas en alquiler de la Empresa Municipal de la Vivienda.
La OMDV aplica el “Protocolo de Convivencia para las viviendas de EMVISESA cedidas en alquiler“, cuyos objetivos son:
Garantizar la convivencia pacífica en las promociones de viviendas en régimen de alquiler de EMVISESA o gestionadas por ésta.
Garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los contratos de arrendamiento.
Garantizar el cumplimiento de la normativa de vivienda protegida.
Garantizar el procedimiento legalmente establecido para el acceso a las viviendas protegidas en régimen de alquiler.
Proteger a los vecinos perjudicados por las actuaciones incívicas de otros inquilinos.
La Asociación Ponte viene, de la mano de la OMDV, a aportar su experiencia en la resolución de conflictos, el refuerzo de las relaciones entre personas y el auspicio del bienestar social, mediante la aportación de estrategias y habilidades para afrontar futuros conflictos de la forma más positiva.
Todos aquellos inquilinos de viviendas de EMVISESA que deseen hacer uso de este servicio pueden contactar con la OMDV, donde le ofrecerán todas las facilidades para atenderles, orientarles y asesorarles de forma individual o grupal.
El día 6 de julio se ha abierto una convocatoria de la Junta de Andalucía por la que se conceden ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dichas ayudas tienen como objetivo facilitar el pago de alquiler de la vivienda habitual y permanente a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, y que cumplan los requisitos establecidos en dicha Orden, que son básicamente los siguientes:
– Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda vigente en el momento de la solicitud, destinado a residencia habitual y permanente, y ubicada en Andalucía.
– Estar empadronado en la vivienda.
– Renta mensual que no supere 500 euros (sin tener en cuenta las cantidades correspondientes a IBI, seguros, etc.).
– No estar incurso en alguna de las causas que imposibilitan el cobro de subvenciones o ayudas.
– No tener la titularidad o derecho de uso de otra vivienda.
– Los ingresos no superen los límites establecidos en la Orden, que se calculan a partir de una vez el IPREM, y se modulan dependiendo del número de miembros de la unidad familiar, sin que puedan superar 2,5 veces IPREM en ningún caso.
La cuantía de la ayuda es el 40% de la renta mensual que deban satisfacer durante el periodo subvencionable (año 2016), con un límite de 200 euros mensuales por vivienda, y no se tiene en cuenta si dicha renta ha sido o no efectivamente abonada.
En supuesto de personas en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social, dicha ayuda puede complementarse, previa acreditación de los servicios sociales comunitarios, sin que en ningún caso la ayuda supere el 80% de la renta de alquiler.
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 6 de julio al 5 de agosto, y ha de hacerse en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía (Plaza de San Andrés, s/n) o en AVRA (calle San Gregorio, 7).
EMVISESA solicitará ser Entidad Colaboradora, para que puedan presentarse también en nuestras oficinas.
Los inquilinos de viviendas propiedad de EMVISESA que cumplan los requisitos también pueden beneficiarse de estas ayudas para el alquiler de viviendas.
EMVISESA, según lo establecido en el artículo 11.10) del Reglamento regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida, habiéndose cumplimentado el trámite preceptivo de comunicación a dicho Registro, va a ofertar una vivienda en alquiler de renta básica vacante de la promoción sita en la calle San Luis, 70, con taller vinculado para artesanos.
La vivienda es de un dormitorio, con taller, plaza de aparcamiento y trastero vinculado.
El procedimiento de acceso a dicha vivienda taller será mediante adjudicación directa entre quienes cumplan los requisitos establecidos para el acceso a la misma de conformidad con lo establecido en la normativa de viviendas protegidas, y acrediten a la fecha de la presente convocatoria el desempeño de una o varias actividades artesanas incluidas en el repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulado por el Decreto 4/2008, de 8 de enero de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, mediante la inscripción en el Registro de Artesanos de Andalucía (Decreto 475/22008 de 21 de octubre) o estar dado de alta en el IAE en un epígrafe relativo a una actividad de artes plásticas.
Las personas interesadas en la adjudicación de esta vivienda taller habrán de inscribirse en nuestras oficinas de calle Bilbao, nº 4, durante los días 1 a 10 de agosto de 2016, en horario de 8:30 a 14:30 horas.
El orden de inscripción no genera ninguna preferencia ni prioridad en la adjudicación de la vivienda taller.
Para la inscripción habrá de aportarse la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI/NIE del solicitante o solicitantes.
Certificado de Inscripción en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla.
En su caso, original y fotocopia de la Carta de Artesano emitida por la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, o en su caso, fotocopia de la solicitud de Inscripción en el Registro de Artesanos acompañada de la acreditación de estar dado de alta en el IAE que corresponda al oficio u oficios de artesanos que desarrollen. No obstante, a la fecha de contratación se exigirá la presentación de la Carta de Artesanos.
En su caso, acreditación de estar dado de alta en el IAE en un epígrafe relativo a una actividad de artes plásticas.
Memoria explicativa de la actividad a desarrollar.
Una vez finalizado el plazo, se procederá a realizar un sorteo ante Notario entre los solicitantes, que determinará el orden de prelación con el que posteriormente se citará para la reserva de la vivienda taller, hasta que quede cubierta.
A cada solicitante se le asignará un número aleatorio con el que participará en dicho sorteo. El resultado del sorteo se publicará en esta misma web.
Los requisitos imprescindibles para proceder a la reserva de la vivienda taller son encontrarse inscrito en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, tener ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM y acreditar ingresos de la unidad familiar o de convivencia que garanticen el pago de la renta, mediante fotocopia de la declaración de la renta del año 2015, seis últimas nóminas o certificado acreditativo de la pensión, así como acreditar el desempeño de una actividad artesanal de las anteriormente indicadas. A estos efectos se considerará cumplido el requisito de ingresos en aquellas unidades familiares en las que el 30% de los ingresos sea igual o superior a la renta de la vivienda taller y sus anejos vinculados.
Sólo se procederá a citar para efectuar la reserva a aquellas personas que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Una vez reservada y contratada la vivienda taller, se publicará en esta página web el número del solicitante que ha obtenido la vivienda, quedando anulados todos los posteriores.
EMVISESA informa que en el día de hoy, viernes 2 de octubre, y ante la Notaria de Sevilla Dª. Margarita Cano López, se ha procedido a efectuar los sorteos para determinar el orden de prelación con el que se citará para la reserva de viviendas protegidas en alquiler en diferentes zonas de Sevilla, según lo establecido en las Convocatorias publicadas en esta misma web.