PPR 2023: PLAZO FINALIZADO.
Ha finalizado el plazo para que inquilinos de Emvisesa en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas propias del Protocolo de Protección a familias con pocos Recursos, conocidas como PPR-PPC.
Se trata de ayudas a cuenta del presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, tramitadas en coordinación con Emvisesa. Los destinatarios son familias o unidades de convivencia inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por ésta.
Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
a) Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo todos los requisitos establecidos en la normativa de viviendas protegidas.
b) No encontrarse sancionado por la no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.
c) Tener los suministros (agua, electricidad, gas) contratados legalmente.
d) Encontrarse todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia empadronados en la vivienda arrendada.
e) Estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad de vecinos.
Si usted solicitó PPR en años anteriores ha de estar al corriente en el pago de la renta mínima exigible.
Asimismo, los solicitantes han de ser usuarios de los Servicios Sociales Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, hallarse en situación de riesgo o exclusión social y reunir los requisitos establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla para la anualidad correspondiente. La comprobación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por la OMDV (Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda).
Las personas que quieran acogerse a este protocolo habrán de presentar los impresos normalizados disponibles bajo estas líneas.
Las solicitudes podrán ser presentadas de forma presencial (en la oficina de la OMDV sita en la avenida de San Jerónimo,5), únicamente serán dadas por presentadas válidamente en el caso de que se aporte toda la documentación requerida y contar con los impresos correctamente cumplimentados y en solicitudes en modelos vigentes.
Para la cita presencial, será necesaria obtenerla a través de los teléfonos 955 476 171 / 955 476 050 / 955 476 054 en horario de 8:30 a 14:30 horas.
DOCUMENTACION A APORTAR PPR 2023
- Impreso de solicitud de PPR de Emvisesa, cumplimentado por el titular de la vivienda. Se devolverá copia sellada con la fecha de presentación en la OMDV.
- Anexo I: Solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Sevilla, firmada por los titulares del contrato de alquiler.
- Anexo III: Declaración de no ser propietario de inmuebles, y declaración de los ingresos de la unidad familiar. Ha de constar el número de miembros y los ingresos mensuales. Ha de coincidir con los ingresos documentados, firmado por los titulares del contrato.
- Anexo V: Documento de cesión del derecho de cobro a Emvisesa. Debe cumplimentarse correctamente el programa (prestaciones complementarias 2022) y el concepto (ayudas al alquiler de viviendas de EMVISESA). Ha de estar firmado por los titulares del contrato.
- Anexo VI: Autorización para el tratamiento de datos de carácter personal a la Dirección General de Acción Social del Ayuntamiento de Sevilla, cumplimentada y firmada por todos los mayores de 14 años.
- Autorización a Emvisesa y la OMDV para tramitación de las ayudas municipales, firmado por los titulares del contrato.
Junto a los impresos debidamente cumplimentados, habrán de presentar la siguiente documentación:
- Tres últimas facturas de suministros de luz y agua, o en su caso, de los meses que lleve entregada la vivienda.
- Certificado de estar al corriente el pago de las cuotas de Comunidad por parte de la Administración de fincas a la que pertenezca la vivienda, o en su defecto, por el Presidente de la Comunidad
- Fotocopia del DNI en vigor de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años
- En caso de extranjeros de la Unión Europea: fotocopia del certificado de registro de la unión acompañado del pasaporte en vigor o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante. En caso de extranjeros extra comunitarios: Fotocopia de la tarjeta de extranjero vigente
- Fotocopia de libro de familia
- Certificado de empadronamiento colectivo
- Justificante de ingresos de todas las personas mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar (nóminas, justificantes de prestaciones por desempleo, pensiones, etc). De no ser posible, los ingresos se acreditarán mediante Declaración responsable (Anexo III)
- Certificado integrado de prestaciones de la Seguridad Social que contempla si percibe el IMV en sus apartados
- Justificante de solicitud de otras prestaciones públicas a las que tenga derecho: prestaciones del SEPE y de la Seguridad Social
- Vida laboral de todos los mayores de 16 años.
- En su caso, resolución del reconocimiento de la situación de dependencia o del grado de discapacidad.