Relación de sorteos vigentes del Registro de Demandantes de Viviendas protegidas de Sevilla.
El Ayuntamiento de Sevilla ha actualizado el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida para facilitar la adjudicación de viviendas. Las promotoras, como Emvisesa, tienen la opción de solicitar al Registro la realización de convocatorias extraordinarias, especialmente dedicadas a cada una de las promociones a adjudicar, en lugar de solicitar listas genéricas. MÁS INFO…
En esta página aparecerán las convocatorias que cualquier promotora de Sevilla solicite al Registro Público Municipal de Demandantes de Sevilla. Cuando se abra el plazo de solicitudes se activarán los enlaces a la información de las viviendas a adjudicar y el formulario.
| DENOMINACIÓN | SITUACIÓN | RÉG. |
PROMOTOR | CONVOCATORIA | Más información |
| Vereda de Poco Aceite | Valdezorras | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Tejares-Triana | Triana | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Torre Augusta y Torre Rosario | Torreblanca | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| La Salle y La María | La Salle/La María | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Palmas Altas 415 | Palmas Altas | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Parque Sierra de Castril | Pino Montano | ALQUILER | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Residencial Miralta 32 viviendas | Su Eminencia | COMPRA VPL | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | Ver apartado NOTICIAS |
| Residencial Cruz del Campo 92 viviendas | Cruz del Campo (San Pablo-Santa Justa, Sevilla) | COMPRA VPL | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO. |
| Residencial Puerta de la Carne 137 viviendas | Palmas Altas (Bellavista, Sevilla) | COMPRA VPL | Emvisesa | SORTEO CELEBRADO. | VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO. |
CONVOCATORIAS ACTIVAS: VEREDA DE POCO ACEITE-VALDEZORRAS
Se ha recibido en este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, notificación de comunicación, formulada por la entidad a la que representa, EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de una promoción de alojamientos, denominada “Valdezorras”, ubicada en la calle Vereda del Poco Aceite, número 17, en Valdezorras, Sevilla, que consta de 92 alojamientos protegidos acogidos al Programa de Alquiler de Régimen General, y se adjudicarán a unidades familiares o de convivencia que no superen 4 veces el IPREM, junto con documentación anexa (calificación provisional), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.
Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:
PRIMERO.- Con fecha de hoy 26 de mayo se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de una promoción de alojamientos, denominada “Valdezorras”, ubicada en la calle Vereda del Poco Aceite, número 17, en Valdezorras, Sevilla, que consta de 92 alojamientos protegidos acogidos al Programa de Alquiler de Régimen General, y se adjudicarán a unidades familiares o de convivencia que no superen 4 veces el IPREM, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:
- 14 alojamientos de 1 dormitorio.
- 50 alojamientos 2 dormitorios, siendo 5 de ellos adaptados.
- 28 alojamientos 3 dormitorios.
Asignación de grupos por cada alojamiento:
De acuerdo a la demanda de inscritos en los diferentes cupos del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, los alojamientos se adjudicarán a familias y unidades de convivencia, conforme a lo siguiente:
- 5 alojamientos adaptados, a personas con necesidad de vivienda adaptada por movilidad reducida.
- 2 alojamientos correspondiente al 10% destinada al cupo de víctimas de violencia de género (con medidas en vigor).
- 7 alojamientos destinados al 10% de grupos de especial protección, para unidades familiares con menores a cargo.
- 5 alojamientos destinados al grupo de mayores de 65 años.
- 50 viviendas correspondientes al cupo de jóvenes menores de 40 años.
- 23 alojamientos destinados al cupo general.
SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de tres sorteos de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada uno de los alojamientos.
El proceso de adjudicación de cada uno de los alojamientos en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada alojamiento a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada uno de los alojamientos, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación:
- Sorteo para 2 alojamientos destinados al cupo de Víctimas de Violencia de género (con medidas en vigor).
- Sorteo para 5 alojamientos adaptados a personas con Movilidad Reducida.
- Sorteo para resto de alojamientos (85).
TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:
- Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 27 de mayo de 2026.
- Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 1 de junio de 2026.
- Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 5 de junio de 2026.
- Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 9 de junio de 2026.
- Publicación de lista definitiva: 12 de junio.
- Celebración del Sorteo ante fedatario público: 17 de junio de 2026.
CUARTO.- La adjudicación de los alojamientos de la promoción, por su condición de alojamientos protegidos, se realizará a través del RPMDVP y por ello:
Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de alojamiento protegido de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.
Tendrán preferencia en la adjudicación de los alojamientos, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
- Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
- Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
Una vez ofrecidos los alojamientos a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, los alojamientos resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, los alojamientos resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.
Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito al alojamiento ofrecido se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento.
Por último, en el momento en que finalice el desarrollo de la adjudicación, deberá procederse a la devolución de las listas cumplimentadas para su cierre, conservando la documentación que acredite los intentos de notificación, la efectiva notificación y, en su caso, el rechazo a los alojamientos por los posibles adjudicatarios.
Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.
SORTEO CELEBRADO (17/6/2026).