Sorteos Registro de Demandantes

Relación de sorteos vigentes del Registro de Demandantes de Viviendas protegidas de Sevilla.

El Ayuntamiento de Sevilla ha actualizado el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida para facilitar la adjudicación de viviendas. Las promotoras, como Emvisesa, tienen la opción de solicitar al Registro la realización de convocatorias extraordinarias, especialmente dedicadas a cada una de las promociones a adjudicar, en lugar de solicitar listas genéricas. MÁS INFO…

En esta página aparecerán las convocatorias que cualquier promotora de Sevilla solicite al Registro Público Municipal de Demandantes de Sevilla. Cuando se abra el plazo de solicitudes se activarán los enlaces a la información de las viviendas a adjudicar y el formulario.

DENOMINACIÓN SITUACIÓN RÉG.
PROMOTOR CONVOCATORIA Más información
Torre Augusta y Torre Rosario Torreblanca ALQUILER Emvisesa CONVOCATORIA ABIERTA Ver apartado NOTICIAS
La Salle y La María La Salle/La María ALQUILER Emvisesa SORTEO CELEBRADO. Ver apartado NOTICIAS
Palmas Altas 415 Palmas Altas ALQUILER Emvisesa SORTEO CELEBRADO. Ver apartado NOTICIAS
Parque Sierra de Castril Pino Montano ALQUILER Emvisesa SORTEO CELEBRADO. Ver apartado NOTICIAS
Residencial Miralta 32 viviendas Su Eminencia COMPRA VPL Emvisesa SORTEO CELEBRADO. Ver apartado NOTICIAS
Residencial Cruz del Campo 92 viviendas Cruz del Campo (San Pablo-Santa Justa, Sevilla) COMPRA VPL Emvisesa SORTEO CELEBRADO. VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO.
Residencial Puerta de la Carne 137 viviendas Palmas Altas (Bellavista, Sevilla) COMPRA VPL Emvisesa SORTEO CELEBRADO. VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO.

Convocatoria para la adjudicación de 32 viviendas protegidas en alquiler situadas en las promociones de Emvisesa “Torre Rosario” y “Torre Augusta”

Se ha recibido en este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 2 promociones de viviendas, sitas en “Torre Augusta”, ubicada en una parcela denominada RP1 que consta de 16 viviendas, y en “Torre Rosario”, ubicada en una parcela denominada RP2, que consta igualmente de 16 viviendas, junto con documentación anexa (calificación provisional), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy 9 de abril se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 2 promociones de viviendas, sitas en “Torre Augusta”, ubicada en una parcela denominada RP1 que consta de 16 viviendas, y en “Torre Rosario”, ubicada en una parcela denominada RP2, que consta igualmente de 16 viviendas, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

“Torre Augusta”, ubicada en parcela denominada RP1 que consta de 16 viviendas:

  • 12 viviendas de 3 dormitorios (una de las viviendas es adaptada).
  • 4 viviendas de 2 dormitorios.

“Torre Rosario”, ubicada en parcela denominada RP2, que consta igualmente de 16 viviendas:

  • 16 viviendas todas de tres dormitorios (una de las viviendas es adaptada).

Asignación de grupos por cada vivienda:

De acuerdo a la demanda de inscritos en los diferentes cupos del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, las viviendas se adjudicarán a familias y unidades de convivencia, conforme a lo siguiente:

  • 2 viviendas adaptadas, a personas con necesidad de vivienda adaptada por movilidad reducida.
  • 1 vivienda correspondiente al 10% destinada al cupo de víctimas de violencia de género (con medidas en vigor).
  • 2 viviendas destinadas al grupo de especial protección de unidades familiares con menores a cargo
  • 18 viviendas correspondientes al cupo de jóvenes menores de 40 años.
  • 9 viviendas destinadas al cupo general.

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de tres sorteos de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada uno de los alojamientos.

El proceso de adjudicación de cada uno de los alojamientos en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada alojamiento a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada uno de los alojamientos, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación:

  • Sorteo para 1 vivienda destinada al cupo de Víctimas de Violencia de género (con medidas en vigor).
  • Sorteo para 2 viviendas adaptadas a personas con Movilidad Reducida.
  • Sorteo para resto de viviendas (29).    

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 9 de abril de 2026.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 16 de abril de 2026.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 20 de abril de 2026.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 23 de abril de 2026.
  5. Publicación de lista definitiva: 29 de abril.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 30 de abril de 2026. 

CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará a través del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento. 

Por último, en el momento en que finalice el desarrollo de la adjudicación, deberá procederse a la devolución de las listas cumplimentadas para su cierre, conservando la documentación que acredite los intentos de notificación, la efectiva notificación y, en su caso, el rechazo a las viviendas por los posibles adjudicatarios.

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se harán cumplimentando el siguiente formulario.

 


 

Convocatoria para la adjudicación de 21 viviendas protegidas en alquiler situadas en las promociones de Emvisesa “Residencial La María” y “Residencial La Salle”.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en la Convocatoria para la adjudicación de 21 viviendas protegidas en alquiler situadas en las promociones de Emvisesa “Residencial La María” y “Residencial La Salle” y analizadas las solicitudes presentadas, el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, a través de Emvisesa,  procede a publicar las listas provisionales de personas solicitantes admitidas, separadas por cupos de participación.

Las solicitudes se han distribuido en los siguientes cupos, de acuerdo con la opción u opciones marcadas por las personas solicitantes:

  • Viviendas destinadas a víctimas de violencia de género: 168 solicitudes válidas.
  • Viviendas adaptadas a personas con movilidad reducida: 241 solicitudes válidas.
  • Resto de cupos: 7.461 solicitudes válidas.

Tal y como se indicaba en las bases de la convocatoria, la participación en los distintos cupos no es excluyente, por lo que una misma persona puede figurar en varios listados provisionales si cumple los requisitos específicos.


Cómo consultar las listas provisionales

Se recomienda a las personas interesadas descargar el archivo PDF correspondiente al cupo o cupos de su interés y utilizar el buscador del visor de PDF para localizar:

  • las iniciales de su nombre y apellidos, y

  • la coincidencia con los últimos dígitos del DNI o NIE.

Para cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos, los listados se publican con los datos personales debidamente anonimizados

Las listas provisionales se encuentran publicadas bajo estas líneas, así como en la página web del Registro Municipal de Demandantes.


Presentación de solicitudes y tramitación electrónica

Todas las personas interesadas han presentado su solicitud de forma telemática, a través del formulario habilitado en la web de Emvisesa, sin necesidad de desplazamientos.
Del mismo modo, las alegaciones se presentarán exclusivamente por vía electrónica.

Los puntos de atención al ciudadano de los Distritos Municipales se encuentran disponibles para asistir a aquellas personas que tengan dificultades para realizar el trámite por sus propios medios.


Listados provisionales publicados

  • LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS – VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO:

Descargar (PDF, 172KB)


  • LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS – PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA:

Descargar (PDF, 182KB)


  • LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS –RESTO DE CUPOS:

Descargar (PDF, 1.22MB)


Alegaciones

Las personas que hayan presentado solicitud en tiempo y forma y no figuren en alguno de los listados provisionales, así como aquellas que detecten errores en los datos publicados, podrán presentar alegaciones hasta el jueves 5 de marzo de 2026 a las 14:30 horas, mediante el formulario específico habilitado al efecto.

⚠️ No se admitirá ninguna alegación que no se corresponda con una solicitud presentada correctamente dentro del plazo de la convocatoria.

Ir al formulario de alegaciones.

 


Se ha recibido en este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, notificación de comunicación, formulada por la entidad a la que representa, EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 2 promociones de viviendas, sitas 5 de ellas en la Avda. de San Juan de la Salle, nº 5, y 16 viviendas en la calle La María nº5, dentro del Programa de fomento del parque de viviendas en alquiler, de Régimen General, junto con documentación anexa (calificación provisional).

Se ha solicitado relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Asimismo, se indica que, si bien el citado artículo 19.4, dispone la celebración de tantos sorteos como cupos que se establezcan en la convocatoria, se pone de manifiesto que en reciente convocatoria desarrollada por este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla presentaron solicitud un total de 9.191 interesados.

Por este motivo (el elevado número de solicitudes) y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas, se considera que es necesario llevar a cabo los siguientes sorteos para todas las solicitudes presentadas y, de esta forma, el proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a los establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- El día 19 de febrero se va a proceder a publicar en la página web www.emvisesa.org, la convocatoria para la adjudicación de 2 promociones de viviendas, sitas 5 de ellas en la Avda. de San Juan de la Salle, nº 5, y 16 en la calle La María nº5, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

  • de San Juan de la Salle, nº5: 5 viviendas, 1 de 1 dormitorio y 4 de 2 dormitorios.
  • Calle La María nº5: 16 viviendas, 6 de 2 dormitorios, siendo 1 de ellas adaptada, y 10 viviendas de 3 dormitorios.

Asignación de grupos por cada vivienda:

De acuerdo a la demanda de inscritos en los diferentes cupos del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, las viviendas se adjudicarán a familias y unidades de convivencia, conforme a lo siguiente:

  • 1 vivienda adaptada (en “La María”), a personas con necesidad de vivienda adaptada por movilidad reducida.
  • 1 vivienda correspondiente al 10% destinada al cupo de víctimas de violencia de género (con medidas en vigor).
  • 1 vivienda destinada al grupo de especial protección de unidades familiares con menores a cargo
  • 1 vivienda destinada al cupo de personas mayores de 65 años.
  • 1 vivienda destinada al cupo de personas en situación de dependencia.
  • 10 viviendas correspondientes al cupo de jóvenes menores de 40 años.
  • 6 viviendas destinadas al cupo general.

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de tres sorteos de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.

El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación:

  • Sorteo para 1 vivienda destinada al cupo de Víctimas de Violencia de género (con medidas en vigor).
  • Sorteo para 1 vivienda adaptada a personas con Movilidad Reducida.
  • Sorteo para resto de viviendas (19).

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 19 de febrero de 2026.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 27 de febrero de 2026.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 3 de marzo de 2026.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 5 de marzo de 2026.
  5. Publicación de lista definitiva: 9 de marzo.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 11 de marzo de 2026.

CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará a través del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

  • Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
  • Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
  • Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento.

Por último, en el momento en que finalice el desarrollo de la adjudicación, deberá procederse a la devolución de las listas cumplimentadas para su cierre, conservando la documentación que acredite los intentos de notificación, la efectiva notificación y, en su caso, el rechazo a las viviendas por los posibles adjudicatarios.

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

INSCRIBIRSE EN LA CONVOCATORIA.

AMPLIAR INFORMACIÓN.


CONVOCATORIA PALMAS ALTAS 415 VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER

SORTEO CELEBRADO.


SORTEO 18/02/2026 + información…

BASES:

Se ha recibido en este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 415 viviendas protegidas ubicadas en varias parcelas correspondientes al Plan Parcial del SUSDBP-02 “Palmas Altas Sur” de Sevilla acogidas al Programa de Alquiler en Régimen General, recogido en el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive de Andalucía, estando prevista la puesta a disposición de los futuros arrendatarios para el mes de julio de 2026.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy 2 de febrero se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 415 viviendas protegidas ubicadas en varias parcelas correspondientes al Plan Parcial del SUSDBP-02 “Palmas Altas Sur” de Sevilla acogidas al Programa de Alquiler en Régimen General, con la siguiente distribución por cupos de especial protección:

– 189 viviendas para Jóvenes menores de 40 años.

– 124 viviendas para el Cupo General.

– 42 viviendas para el Cupo del 10% (grupos de especial protección).

– 23 viviendas para Mayores de 65 años.

– 8 viviendas para Víctimas de Violencia de Genero.

– 22 viviendas para personas con movilidad reducida.

– 7 viviendas para familias numerosas.

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de cuatro sorteos de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas:

– Sorteo para 8 viviendas destinadas al cupo “Víctimas de Violencia de género” (con medidas en vigor).

– Sorteo para 22 viviendas adaptadas a personas con Movilidad Reducida.

– Sorteo para 7 viviendas destinadas a familias numerosas.

– Sorteo para el resto de las viviendas (378).

 

La participación en cada uno de los sorteos no será excluyente.

La adjudicación de las cuatrocientas quince (415) viviendas, distribuidas en cuatro (4) edificios, se realizará respetando el orden establecido conforme a la fecha de finalización de las obras, según la información técnica proporcionada por la empresa constructora.

Asimismo, no se dará inicio al proceso de adjudicación de las viviendas correspondientes al edificio siguiente hasta tanto no se haya adjudicado, como mínimo, el ochenta por ciento (80 %) de las viviendas del edificio anterior.

El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.    

De conformidad con la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía,  las segundas o posteriores adjudicaciones de las viviendas objeto de la presente Convocatoria, se podrán realizar mediante la lista de suplentes no adjudicatarios de la misma.

   TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 2 de febrero de 2026.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 6 de febrero de 2026.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 10 de febrero de 2026.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 12 de febrero de 2026.
  5. Publicación de lista definitiva: 17 de febrero.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 18 de febrero de 2026.

 CUARTO.- La adjudicación de los alojamientos/viviendas de la promoción, por su condición de alojamientos/viviendas protegidas, se realizará a través del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento. 

Por último, en el momento en que finalice el desarrollo de la adjudicación, deberá procederse a la devolución de las listas cumplimentadas para su cierre, conservando la documentación que acredite los intentos de notificación, la efectiva notificación y, en su caso, el rechazo a las viviendas por los posibles adjudicatarios.

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se harán cumplimentando el siguiente formulario:

PLAZO DE SOLICITUD FINALIZADO.

 

 

CONVOCATORIA PARQUE SIERRA DE CASTRIL

LISTADOS DEFINITIVOS

Descargar (PDF, 315KB)


Descargar (PDF, 177KB)


Descargar (PDF, 94KB)


FORMULARIO DE ALEGACIONES

PLAZO FINALIZADO.


BASES

Se ha recibido en este Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 52 Alojamientos Protegidos Calle Parque Sierra Castril, nº 4, Parcela M2, junto con documentación anexa (calificación provisional), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy 17 de noviembre se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 52 Alojamientos Protegidos Calle Parque Sierra Castril, nº 4, Parcela M2, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

– 49 alojamientos de 2 dormitorios,

– 3 alojamientos de 2 dormitorios, adaptados a personas con movilidad reducida.

Asignación de grupos por cada alojamiento/vivienda:

Conforme a la Calificación Provisional de fecha 15 de julio de 2025, las viviendas están acogidas al Programa de Alquiler de Régimen Especial regulado en el Plan Vive de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, y se adjudicarán conforme a lo dispuesto en la concesión demanial, exclusivamente a familias y unidades de convivencia con menores a su cargo.

Además, se ha establecido que el 50% de los alojamientos/viviendas se deben destinar a unidades familiares o de convivencia que no superen 1,2 veces el IPREM, y el 50% restante, conforme al programa al que se encuentra acogidos, no podrán superar 3 veces el IPREM.

De acuerdo a la demanda de inscritos en los diferentes cupos del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, los alojamientos/viviendas se adjudicarán a familias y unidades de convivencia con menores, conforme a lo siguiente:

  • 26 alojamientos/viviendas para Jóvenes menores de 40 años con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • 16 alojamientos/viviendas para el Cupo General con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • 2 alojamientos/viviendas para el Cupo del 10% (inscritos en el Registro de Demandes como pertenecientes a alguno de los grupos de especial protección) con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • 3 alojamientos/viviendas para Mayores de 65 años con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • 2 alojamientos/viviendas para Víctimas de Violencia de Genero con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • 3 alojamientos/viviendas para personas con movilidad reducida con al menos 1 menor de 18 años a su cargo.
  • Como NOVEDAD, 5 alojamientos/viviendas se adjudicarán a través de la Convocatoria pública que se encuentra permanentemente abierta en Emvisesa para la selección de entidades del tercer sector que deseen acceder con la finalidad de impulsar proyectos de acción social y 1 alojamiento/vivienda se adjudicará directamente para necesidades del Área de Barrios y Colectivos de Atención Preferente, Derechos Sociales, Empleo, Familia, Igualdad y Asociaciones.

 

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de tres sorteos de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada uno de los alojamientos.

El proceso de adjudicación de cada uno de los alojamientos en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada alojamiento a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada uno de los alojamientos, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación:

  • Sorteo para 2 alojamientos/viviendas destinadas a Víctimas de Violencia de genero.
  • Sorteo para los 3 alojamientos/viviendas adaptadas a personas con Movilidad Reducida.
  • Sorteo para resto de alojamientos/viviendas (47).   

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 17 de noviembre de 2025.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 21 de noviembre de 2025.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 25 de noviembre de 2025.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 27 de noviembre de 2025.
  5. Publicación de lista definitiva: 28 de noviembre.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 3 de diciembre de 2025.

CUARTO.- La adjudicación de los alojamientos/viviendas de la promoción, por su condición de alojamientos/viviendas protegidas, se realizará a través del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento. 

Por último, en el momento en que finalice el desarrollo de la adjudicación, deberá procederse a la devolución de las listas cumplimentadas para su cierre, conservando la documentación que acredite los intentos de notificación, la efectiva notificación y, en su caso, el rechazo a las viviendas por los posibles adjudicatarios.

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

Importante

Si una persona comete un error al enviar su solicitud, puede volver a presentarla. NO ENVÍEN MÁS DE UNA SOLICITUD YA QUE SÓLO SE TENDRÁ EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD ENVIADA (atendiendo al DNI), anulándose automáticamente las anteriores.

FORMULARIOS DE SOLICITUD: Cumplimente y envíe el formulario que se ajuste a su situación (víctima de violencia de género con menor a cargo; persona con movilidad reducida con menor a cargo o resto de cupos con menor a cargo)

Formulario para los 2 alojamientos/viviendas destinadas a Víctimas de Violencia de genero:

PLAZO FINALIZADO


Formulario para los 3 alojamientos/viviendas adaptadas a personas con Movilidad Reducida:

PLAZO FINALIZADO


Formulario para los 53 alojamientos/viviendas restantes:

PLAZO FINALIZADO


CONVOCATORIA RESIDENCIAL MIRALTA-SU EMINENCIA

LISTA DEFINITIVA:

Descargar (PDF, 3.4MB)

FORMULARIO DE ALEGACIONES ABIERTO HASTA EL JUEVES 17 DE JULIO A LAS 14:00 HORAS:

CONCLUIDO PLAZO DE ALEGACIONES


Se ha recibido en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 32 viviendas en venta de precio limitado en la Parcela E2 de la UE-2. Sector API-DBP-01 “Cuartel de Su Eminencia” (Residencial Miralta), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy día 8 de julio se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 32 viviendas en venta de precio limitado en la Parcela E2 de la UE-2. Sector API-DBP-01 “Cuartel de Su Eminencia” (Residencial Miralta), con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

– 15 viviendas de 2 dormitorios.

– 1 vivienda de 2 dormitorios, adaptada a personas con movilidad reducida.

– 16 viviendas de 3 dormitorios.

Asignación de grupos por cada vivienda:

  • 1 Viviendas de 2 dormitorios, adaptada a personas con movilidad reducida.
  • 3 viviendas correspondientes al 10% destinadas a grupos de especial protección.
  • 3 viviendas correspondientes al 10% destinadas al cupo de víctimas de violencia de género.
  • 19 viviendas correspondientes al 60% destinadas al cupo de jóvenes menores de 40 años.
  • 5 viviendas destinadas al cupo general.
  • 1 vivienda destinada al cupo mayores de 65 años.

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de un solo sorteo de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.

El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.    

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 8 de julio de 2025.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 13 de julio de 2025 a las 12:00 horas del mediodía.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 15 de julio de 2025.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 17 de julio de 2025.
  5. Publicación de lista definitiva: 18 de julio.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 24 de julio de 2025.

CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará conforme a la normativa de aplicación del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

*NO ES NECESARIO ESTAR INSCRITO EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES EN EL MOMENTO DE PRESENTAR LA SOLICITUD, PUDIENDO INSCRIBIRSE POSTERIORMENTE Y SIEMPRE ANTES DEL MOMENTO DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento. 

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se harán cumplimentando el siguiente formulario:

PLAZO DE SOLICITUD FINALIZADO. ABIERTO EL PLAZO DE ALEGACIONES (FORMULARIO SOBRE ESTAS LÍNEAS).

Si comete algún error PUEDE ENVIAR UNA NUEVA SOLICITUD, ya que SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD PRESENTADA POR UNA MISMA PERSONA (DNI), ANULANDO TODAS LAS ANTERIORES.


CONVOCATORIA “RESIDENCIAL CRUZ DEL CAMPO”

Listado tras el sorteo ordenado alfabéticamente por apellidos con orden de prelación (convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo”):

Descargar (PDF, 1.89MB)


Lista definitiva de admitidos a la convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo” con número aleatorio para participar en el sorteo:

Descargar (PDF, 1.71MB)


Lista provisional de admitidos a la convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo:

Descargar (PDF, 1.55MB)


FORMULARIO DE ALEGACIONES AL LISTADO PROVISIONAL DE  ADMITIDOS A LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 92 VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE VENTA SITUADAS EN “RESIDENCIAL CRUZ DEL CAMPO” (PLAZO ABIERTO DESDE EL 18 DE MARZO HASTA EL 21 DE MARZO A LAS 14:00 HORAS):

PLAZO FINALIZADO.


Se ha recibido en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 92 viviendas en venta de precio limitado en la parcela ARI-DSP-03 PARCELA RBL-1.1 CRUZ DEL CAMPO, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy día 7 de marzo se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 92 viviendas en venta de precio limitado en la parcela ARI-DSP-03 PARCELA RBL-1.1 CRUZ DEL CAMPO, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

– 53 viviendas de 2 dormitorios,

– 32 viviendas de 3 dormitorios,

– 3 viviendas de 4 dormitorios

– 4 viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.

 

Asignación de grupos por cada vivienda:

  • 4 Viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
  • 9 viviendas correspondientes al 10% destinadas a grupos de especial protección.
  • 9 viviendas correspondientes al 10% destinadas al cupo de víctimas de violencia de género.
  • 55 viviendas correspondientes al 60% destinadas al cupo de jóvenes menores de 40 años.
  • 1 vivienda destinada al cupo de mayores de 65 años.
  • 14 viviendas destinadas al cupo general (de las cuales 3 corresponden a viviendas de 4 dormitorios destinadas a familias numerosas).

 

SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de un solo sorteo de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.

El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.    

 

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 7 de marzo de 2025.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 13 de marzo de 2025.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 18 de marzo de 2025.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 21 de marzo de 2025.
  5. Publicación de lista definitiva: entre los días 25 y 27 de marzo.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 28 de marzo de 2025.

 

CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará conforme a la normativa de aplicación del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.

Las solicitudes para participar en la convocatoria se harán cumplimentando el siguiente formulario:


PLAZO FINALIZADO

Si comete algún error PUEDE ENVIAR UNA NUEVA SOLICITUD, ya que SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD PRESENTADA POR UNA MISMA PERSONA (DNI), ANULANDO TODAS LAS ANTERIORES.


 

CONVOCATORIA RESIDENCIAL PUERTA DE LA CARNE (CONVOCATORIA CON PLAZO DE SOLICITUD CERRADO):

Se ha recibido en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 137 viviendas en venta de precio limitado en las parcelas R1p-2 y R3p-7 del SUS-DBP-02 de Palmas Altas Sur, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.

Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:

PRIMERO.- Con fecha de hoy día 22 de enero se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 137 viviendas en venta de precio limitado en las parcelas R1p-2 y R3p-7 del SUS-DBP-02 de Palmas Altas Sur, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:

– 89 viviendas de 3 dormitorios,

– 42 viviendas de 2 dormitorios,  

– 6 viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.

Asignación de grupos por cada vivienda:

  • 6 Viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
  • 14 viviendas correspondientes al 10% destinadas a grupos de especial protección.
  • 14 viviendas correspondientes al 10% destinadas al cupo de víctimas de violencia de género.
  • 82 viviendas correspondientes al 60% destinadas al cupo de jóvenes menores de 40 años.
  • 1 vivienda destinada al cupo de mayores de 65 años.
  • 20 viviendas destinadas al cupo general.

SEGUNDO.- Conforme a lo solicitado por el promotor, se establece la celebración de un solo sorteo de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.

El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.    

TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:

  1. Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 22 de enero de 2025.
  2. Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 29 de enero de 2025.
  3. Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 31 de enero de 2025.
  4. Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 5 de febrero de 2025.
  5. Publicación de lista definitiva: entre los días 5 y 7 de febrero.
  6. Celebración del Sorteo ante fedatario público: 12 de febrero de 2025.

CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará conforme a la normativa de aplicación del RPMDVP y por ello:

Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.

Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:

– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.

Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.

Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento. 

Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.


Lista definitiva de admitidos a la convocatoria para adjudicar 137 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en Palmas Altas una vez resueltas todas las alegaciones:

Descargar (PDF, 1.48MB)


Lista provisional de admitidos a la convocatoria para adjudicar 137 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en Palmas Altas:

Descargar (PDF, 1.4MB)


El plazo para participar en la convocatoria ha finalizado.


PLAZO DE ALEGACIONES FINALIZADO


Si comete algún error PUEDE ENVIAR UNA NUEVA ALEGACIÓN, ya que SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD PRESENTADA POR UNA MISMA PERSONA (DNI), ANULANDO TODAS LAS ANTERIORES.

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