Relación de sorteos vigentes del Registro de Demandantes de Viviendas protegidas de Sevilla.
El Ayuntamiento de Sevilla ha actualizado el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida para facilitar la adjudicación de viviendas. Las promotoras, como Emvisesa, tienen la opción de solicitar al Registro la realización de convocatorias extraordinarias, especialmente dedicadas a cada una de las promociones a adjudicar, en lugar de solicitar listas genéricas. MÁS INFO…
En esta página aparecerán las convocatorias que cualquier promotora de Sevilla solicite al Registro Público Municipal de Demandantes de Sevilla. Cuando se abra el plazo de solicitudes se activarán los enlaces a la información de las viviendas a adjudicar y el formulario.
DENOMINACIÓN | SITUACIÓN | RÉG. |
PROMOTOR | CONVOCATORIA | Más información |
Residencial Cruz del Campo 92 viviendas | Cruz del Campo (San Pablo-Santa Justa, Sevilla) | COMPRA VPL | Emvisesa | Desde el 7 de marzo hasta el 13 de marzo de 2025 a las 14:00 horas. Plazo de alegaciones abierto hasta el 21 de marzo de 2025 a las 14:00 horas. | VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO. |
Residencial Puerta de la Carne 137 viviendas | Palmas Altas (Bellavista, Sevilla) | COMPRA VPL | Emvisesa | Desde el 22 de enero hasta el 29 de enero de 2025 a las 14:00 horas. Plazo de alegaciones abierto hasta el 5 de febrero de 2025 a las 14:00 horas. | VIVIENDAS EN PROCESO DE ADJUDICACIÓN SEGÚN ORDEN DE PRELACIÓN DERIVADO DEL SORTEO CELEBRADO. |
Listado tras el sorteo ordenado alfabéticamente por apellidos con orden de prelación (convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo”):
Lista definitiva de admitidos a la convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo” con número aleatorio para participar en el sorteo:
Lista provisional de admitidos a la convocatoria para adjudicar 92 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en “Residencial Cruz del Campo:
FORMULARIO DE ALEGACIONES AL LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS A LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 92 VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE VENTA SITUADAS EN “RESIDENCIAL CRUZ DEL CAMPO” (PLAZO ABIERTO DESDE EL 18 DE MARZO HASTA EL 21 DE MARZO A LAS 14:00 HORAS):
PLAZO FINALIZADO.
Se ha recibido en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 92 viviendas en venta de precio limitado en la parcela ARI-DSP-03 PARCELA RBL-1.1 CRUZ DEL CAMPO, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.
Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:
PRIMERO.- Con fecha de hoy día 7 de marzo se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 92 viviendas en venta de precio limitado en la parcela ARI-DSP-03 PARCELA RBL-1.1 CRUZ DEL CAMPO, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:
– 53 viviendas de 2 dormitorios,
– 32 viviendas de 3 dormitorios,
– 3 viviendas de 4 dormitorios
– 4 viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
Asignación de grupos por cada vivienda:
- 4 Viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
- 9 viviendas correspondientes al 10% destinadas a grupos de especial protección.
- 9 viviendas correspondientes al 10% destinadas al cupo de víctimas de violencia de género.
- 55 viviendas correspondientes al 60% destinadas al cupo de jóvenes menores de 40 años.
- 1 vivienda destinada al cupo de mayores de 65 años.
- 14 viviendas destinadas al cupo general (de las cuales 3 corresponden a viviendas de 4 dormitorios destinadas a familias numerosas).
SEGUNDO.- Conforme a lo indicado, se establece la celebración de un solo sorteo de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.
El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.
TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:
- Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 7 de marzo de 2025.
- Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 13 de marzo de 2025.
- Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 18 de marzo de 2025.
- Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 21 de marzo de 2025.
- Publicación de lista definitiva: entre los días 25 y 27 de marzo.
- Celebración del Sorteo ante fedatario público: 28 de marzo de 2025.
CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará conforme a la normativa de aplicación del RPMDVP y por ello:
Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.
Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:
– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.
Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento.
Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.
Las solicitudes para participar en la convocatoria se harán cumplimentando el siguiente formulario:
PLAZO FINALIZADO
Si comete algún error PUEDE ENVIAR UNA NUEVA SOLICITUD, ya que SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD PRESENTADA POR UNA MISMA PERSONA (DNI), ANULANDO TODAS LAS ANTERIORES.
CONVOCATORIA CON PLAZO DE SOLICITUD CERRADO:
Se ha recibido en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, comunicación de EMVISESA, de solicitud de relación ordenada de demandantes, a través de convocatoria pública, para la adjudicación de 137 viviendas en venta de precio limitado en las parcelas R1p-2 y R3p-7 del SUS-DBP-02 de Palmas Altas Sur, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Regulador del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla del 28 de octubre de 2024.
Por lo anterior, una vez verificada la documentación aportada y los datos recogidos en la solicitud, queda aceptada la misma, conforme a lo establecido en el art. 19.1 del citado Reglamento, estableciéndose lo siguiente:
PRIMERO.- Con fecha de hoy día 22 de enero se procede a la publicación en esta página web, la presente convocatoria para la adjudicación de 137 viviendas en venta de precio limitado en las parcelas R1p-2 y R3p-7 del SUS-DBP-02 de Palmas Altas Sur, con la siguiente distribución por número de dormitorios y cupos de especial protección:
– 89 viviendas de 3 dormitorios,
– 42 viviendas de 2 dormitorios,
– 6 viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
Asignación de grupos por cada vivienda:
- 6 Viviendas de 3 dormitorios, adaptadas a personas con movilidad reducida.
- 14 viviendas correspondientes al 10% destinadas a grupos de especial protección.
- 14 viviendas correspondientes al 10% destinadas al cupo de víctimas de violencia de género.
- 82 viviendas correspondientes al 60% destinadas al cupo de jóvenes menores de 40 años.
- 1 vivienda destinada al cupo de mayores de 65 años.
- 20 viviendas destinadas al cupo general.
SEGUNDO.- Conforme a lo solicitado por el promotor, se establece la celebración de un solo sorteo de ordenación de las personas que se inscriban a la convocatoria, motivado por el elevado número de solicitudes que se estiman se van a presentar y para evitar posibles duplicidades de presentación de solicitud en varios de los cupos que llevaría un elevado retraso en la adjudicación de cada una de las viviendas.
El proceso de adjudicación de cada una de las viviendas en cada uno de los cupos que se establezcan se irá desarrollando conforme al orden de prelación que resulte del sorteo y de la pertenencia a cada uno de los cupos hasta completar el ofrecimiento de cada vivienda a los participantes y se finalice una vez se adjudique cada una de las viviendas, respetando los cupos asignados en virtud de la normativa de aplicación.
TERCERO.- El calendario de actuaciones previsto es el siguiente:
- Publicación de la convocatoria y apertura del plazo de presentación de solicitudes: 22 de enero de 2025.
- Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 29 de enero de 2025.
- Publicación de lista provisional y apertura de plazo de presentación de alegaciones: 31 de enero de 2025.
- Finalización del plazo de presentación de alegaciones: 5 de febrero de 2025.
- Publicación de lista definitiva: entre los días 5 y 7 de febrero.
- Celebración del Sorteo ante fedatario público: 12 de febrero de 2025.
CUARTO.- La adjudicación de las viviendas de la promoción, por su condición de viviendas protegidas, se realizará conforme a la normativa de aplicación del RPMDVP y por ello:
Los demandantes deben cumplir efectivamente con los requisitos establecidos para el acceso al programa de vivienda protegida de que se trate y, en su caso, con los de los cupos en los que se integre.
Tendrán preferencia en la adjudicación de viviendas, con la excepción de las personas víctimas de violencia de género o del terrorismo y las personas emigrantes retornadas, los demandantes inscritos en el RPMDVP que estén incluidos en alguna de las siguientes situaciones:
– Estar empadronado en la ciudad de Sevilla con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
– Haber estado empadronado en el municipio de Sevilla al menos durante cinco años, en cualquier momento anterior y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
– Tener puesto de trabajo en un centro ubicado en el término municipal de Sevilla, o realizar actividad profesional o empresarial radicada en el mismo, durante los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción y no haber sido condenado por sentencia firme en un procedimiento penal, por usurpación o daños en viviendas protegidas.
Una vez ofrecidas las viviendas a los demandantes inscritos en el RPMDVP que se encuentren en las situaciones anteriores y ordenados conforme al sorteo celebrado, las viviendas resultantes se ofrecerán al resto de demandantes inscritos en el RPMDVP y ordenados conforme al sorteo celebrado. Por último, las viviendas resultantes, se ofrecerán al resto de participantes que no se encuentren en las anteriores situaciones.
Al ser un proceso de adjudicación realizado por el RPMDVP, la renuncia voluntaria por el demandante inscrito a la vivienda ofrecida se hará constar en su inscripción a los efectos que procedan para iniciar la cancelación de la misma conforme al art. 10.1d) del Reglamento.
Como norma supletoria se aplicarán las disposiciones contenidas en el citado Reglamento del RPMDVP de Sevilla, publicado en BOP de Sevilla de 28 de octubre de 2024 y en el resto de normativa autonómica y estatal en materia de vivienda protegida.
Lista definitiva de admitidos a la convocatoria para adjudicar 137 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en Palmas Altas una vez resueltas todas las alegaciones:
Lista provisional de admitidos a la convocatoria para adjudicar 137 viviendas de Emvisesa en régimen en venta situadas en Palmas Altas:
El plazo para participar en la convocatoria ha finalizado.
PLAZO DE ALEGACIONES FINALIZADO
Si comete algún error PUEDE ENVIAR UNA NUEVA ALEGACIÓN, ya que SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA LA ÚLTIMA SOLICITUD PRESENTADA POR UNA MISMA PERSONA (DNI), ANULANDO TODAS LAS ANTERIORES.