Emvisesa abre una convocatoria extraordinaria para adjudicar 12 viviendas en régimen de alquiler y alquiler con opción a compra a afectados por la COVID-19

Emvisesa abre la convocatoria para adjudicar 12 viviendas en alquiler y alquiler con opción a compra a personas que hayan visto agravada su situación económica como consecuencia directa de la crisis sanitaria derivada de la COVID19. Tres de las viviendas están reservadas para familias numerosas. 

Para poder reservar una vivienda se deberá firmar y presentar una declaración responsable en la que se indique que se cumplen los requisitos exigidos por la normativa vigente para poder inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, así como el resto de requisitos exigidos en la presente Convocatoria, es decir, la situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria derivada de la COVID19, y los del cupo correspondiente, en el caso de existir.

Tal y como ha ocurrido en convocatorias anteriores, el número de viviendas ofertadas podrá ser incrementado como consecuencia de nuevas adquisiciones realizadas por Emvisesa, así como renuncias o situaciones análogas.

El Ayuntamiento de Sevilla y Emvisesa ya fueron pioneros en la convocatoria de procesos de selección completamente telemáticos con anterioridad a la crisis provocada por la COVID y la consecuente declaración del estado de alarma. Concretamente, el 21 de febrero pasado abrimos la convocatoria para adjudicar las 21 viviendas sorteadas el pasado jueves con una respuesta histórica. Tres mil cuatrocientas solicitudes de personas que no tuvieron que desplazarse y no necesitaron más que un ordenador, tablet o un terminal móvil. Esa experiencia ha resultado tremendamente práctica para adaptarnos y ofrecer todo tipo de ayudas y servicios sin necesidad de que los ciudadanos se desplacen, evitando poner en riesgo su salud y la de otros. Durante el estado de alarma hemos completado 300 trámites a través de formularios digitales y han sido miles los realizados por vía telefónica“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Las 12 viviendas ofertadas se organizan en 8 cupos con las siguientes características:

  • Cupo 1 (RESERVADO A FAMILIAS NUMEROSAS). Una vivienda en alquiler que se encuentra en una promoción ubicada en Pino Montano: la vivienda es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familias Numerosas. Esta vivienda no cuenta con plaza de garaje y trastero y tiene una renta de vivienda de 443,47 €. Los destinatarios de esta vivienda deberán cumplir y acreditar su condición de familias numerosas de acuerdo con la Ley 40/2003, mediante el título expedido por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía.
  • Cupo 2. Una vivienda en alquiler que se encuentra en una promoción ubicada en Pino Montano. La vivienda es de 3 dormitorios. Cuenta con plaza de garaje y trastero y su renta asciende a 303,16 €.
  • Cupo 3. Se encuentra integrado por cuatro viviendas en alquiler ubicadas en una promoción de la avenida de Andalucía. Todas tienen 2 dormitorios, todas cuentan con plaza de aparcamiento y algunas disponen de trastero. Sus rentas oscilan en torno a los 273 €.
  • Cupo 4. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de la avenida de Andalucía. Dispone de 3 dormitorios, cuenta con plaza de aparcamiento y trastero y su renta asciende a la cuantía mensual de 355,24 €.
  • Cupo 5. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de Nuevo Amate. Dispone de 2 dormitorios, plaza de aparcamiento, no tiene trastero y su renta mensual asciende a los 275 €.
  • Cupo 6 (RESERVADO A FAMILIAS NUMEROSAS). Se encuentra integrado por dos viviendas ubicadas EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA en una promoción de Polígono Aeropuerto (Sevilla Este). Las dos viviendas disponen de 4 dormitorios, con las siguientes características: la primera de las viviendas es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familia Numerosa. Esta vivienda cuenta con plaza de garaje y trastero y tiene una renta de vivienda de 441,50 €. La segunda de las viviendas también es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familia Numerosa. Esta vivienda cuenta con plaza de garaje y no tiene trastero, teniendo una renta de vivienda de 477,75 €. Los destinatarios de esta vivienda deberán cumplir y acreditar su condición de familias numerosas de acuerdo con la Ley 40/2003, mediante el título expedido por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía
  • Cupo 7. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de San Jerónimo-Alamillo. Dispone de 3 dormitorios, plaza de aparcamiento y no tiene trastero. Su renta mensual asciende a los 168,32 €.
  • Cupo 8. Una vivienda en alquiler ubicada en la calle Samaniego (San José Obrero, Santa Justa). Dispone de 3 dormitorios, sin anexos vinculados. Su renta mensual asciende a los 254,75 €.

Las viviendas pertenecientes a los cupos 1 y 6 están reservadas para familias numerosas. Las familias numerosas pueden optar a las viviendas de dichos cupos y a cualquier otro cupo compuesto de viviendas de tres o cuatro dormitorios.  Por tanto, los cupos 3 y 5 están vetados para familias numerosas, al tratarse de viviendas de 2 dormitorios.  

Estos OCHO cupos son excluyentes, es decir, solamente se podrá optar a uno de ellos. En el caso de que algún solicitante presentara varias solicitudes, solamente será tenida en cuenta la última solicitud presentada en plazo.

MUY IMPORTANTE: Para poder participar en la presente convocatoria es un requisito hallarse en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria derivada de la COVID19, es decir:

  • Haber pasado, dentro del plazo de vigencia del estado de alarma, a situación de desempleo, expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por motivos de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una perdida sustancial de ingresos.
  • Se entenderá que la aminoración es sustancial, cuando se hayan reducido los ingresos de la unidad familiar o de convivencia como consecuencia directa de la crisis sanitaria en un mínimo de un 30%.

También se requiere demostrar la vinculación con el municipio de Sevilla, según se especifica en las bases.

La unidad familiar o de convivencia ha de contar con ingresos mínimos suficientes que garanticen el pago de la renta, así como que éstos sean, conforme a los parámetros legales especificados en las bases de la convocatoria.

La convocatoria también está destinada a inquilinos de Emvisesa que, debido a la crisis económica provocada por la COVID-19, desean permutar su vivienda por otra del parque de la empresa municipal con una renta más asequible. Previamente al sorteo, dichos inquilinos deberán haber presentado la solicitud (aunque esté pendiente de otros trámites, incluido la subsanación de documentación) en la modalidad de “cambio excepcional” del Protocolo de permutas de Emvisesa, Apartado 5.- Situación económica y social desfavorable provocada directamente por una alarma sanitaria, económica o social y calificada como de estado de alarma, o de emergencia nacional. Para ello, deberá acceder al Protocolo de Permuta de Viviendas de Emvisesa, leer las bases, cumplir con los requisitos específicos de dicho protocolo y presentar formalmente la solicitud, así como contar con el requisito de que la vivienda nueva a la que se opta tenga una renta inferior a la que actualmente se esté devengando.  

La documentación, por comodidad y seguridad, será requerida por Emvisesa a los potenciales adjudicatarios mediante medios telemáticos, una vez celebrado el sorteo. Si el estado de alarma perdurase o la evolución de la COVID-19 así lo hiciera recomendable, Emvisesa ofrecería la posibilidad de enviar declaraciones responsables (según modelos oficiales facilitados por la empresa municipal) en lugar de la documentación original que no hubiera podido conseguirse.

En cualquier caso, la documentación original no aportada por las dificultades que entrañase el estado de alarma que hubiera sido adjuntada mediante declaración responsable debería entregarse en el plazo máximo de una semana, entendida como 7 días naturales, desde la finalización del estado de alarma.  En caso de no aportar la documentación completa en tiempo y forma, o en el supuesto de que una vez presentada y revisada se acredite el incumplimiento de los requisitos exigidos, supondrá la anulación de todos los derechos que pudieran derivarse de la participación en la presente Convocatoria en relación con alguna de las viviendas ofertadas. 

Las personas interesadas en la adjudicación de estas viviendas deberán presentar una solicitud telemática utilizando el formulario bajo estas líneas, desde hoy 11 de mayo de 2020 hasta el 22 de mayo a las 14:30 horas, ambos inclusive. La marca de tiempo del registro de entrada de las solicitudes vendrá determinada por el momento en que el formulario de solicitud se almacenó en la base de datos de la web de Emvisesa, actualizando posibles desplazamientos de huso horario del sistema a UTC +02:00 CEST.

Debido a la actual situación de crisis sanitaria no se recogerán ni admitirán solicitudes de manera presencial en las oficinas de Emvisesa, ni por correo ordinario. Aquellas solicitudes que no hayan sido presentadas mediante el formulario web que aparece bajo estas líneas, serán excluidas automáticamente de esta convocatoria.

Se podrá presentar una única solicitud por unidad familiar o de convivencia, de conformidad con la inscripción realizada en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla, en el caso de encontrarse ya inscrito a la presentación de la solicitud. En el caso de que algún solicitante solicitara más de una, solamente será tenida en cuenta la última solicitud realizada en plazo. 

El orden de presentación de la solicitud no genera ninguna preferencia ni prioridad en la adjudicación de las viviendas.

Una vez finalizado el plazo, se procederá a analizar las solicitudes presentadas y se publicarán la listas provisionales de admitidos en la Convocatoria, dando un plazo de 7 días naturales para subsanar los posibles errores observados y realizar, en su caso, las reclamaciones oportunas.

Emvisesa publicará 8 listas definitivas de admitidos, clasificando a los solicitantes según el cupo seleccionado y otorgando a cada uno de ellos un número aleatorio con el que participarán en su sorteo correspondiente. Así, si en el cupo 1 existen 400 solicitantes, se les adjudicarán números del 1 al 400 para dicho cupo 1. Si en el cupo 2 hubiera 550 solicitantes admitidos, se les adjudicarán números aleatorios del 1 al 550. Y así, sucesivamente en los 8 cupos.

Una vez publicada la lista definitiva de participantes, se realizarán ocho sorteos ante notario entre los mismos, que determinarán el orden de prelación con el que posteriormente se les citará para la reserva de las viviendas, hasta que no quede ninguna vacante.  El resultado del sorteo se publicará en este mismo sitio web.

La notificación de las reservas se efectuará mediante medios digitales al número de teléfono o dirección de correo electrónico indicados en la solicitud, mediando un plazo mínimo de 48 horas entre la notificación y la cita.

Debido a la actual situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos y para garantizar el cumplimento de las medidas de seguridad impuestas por las autoridades como consecuencia de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, la reserva de vivienda se podrá realizar mediante medios telemáticos.

En este sentido, el personal de Emvisesa, facilitará toda la información disponible de las viviendas, planos, ubicación, memoria de calidades, condiciones económicas, modelo del contrato de arrendamiento, así como cualquier otra documentación que el solicitante pudiese requerir a tal efecto.

Una vez reservada la vivienda, y a petición del solicitante, se podrá visitar la vivienda, siempre y cuando, se puedan observar las medidas de protección y seguridad impuestas por las autoridades sanitarias en ese momento.

Posteriormente, se procederá a la contratación de la vivienda por medios telemáticos, pudiéndose posponer el cumplimiento de tramites de suscripción de documentos pendientes a la entrega de la posesión de la vivienda o entrega de llaves.

Una vez contratadas todas las viviendas, se publicará en la página web de EMVISESA el último número que ha obtenido vivienda, quedando anulados automáticamente todos los posteriores.

Declaraciones de Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, sobre la convocatoria extraordinaria:


Bases de la convocatoria:

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Emvisesa actualiza el Protocolo de Permuta de Viviendas para ayudar a sus inquilinos afectados por la crisis económica provocada por la COVID-19

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa y en coordinación con la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV), ha aprobado y puesto en marcha una nueva medida de ayuda para aliviar los efectos económicos que la crisis de la COVID-19 está provocando en los inquilinos de viviendas propiedad de la empresa municipal.

Ayudas para el alquiler de viviendas a inquilinos en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.
Promoción de viviendas de Emvisesa en régimen de alquiler.

La medida pertenece a la estrategia de apoyo social a familias, que se coordina desde el comité de seguimiento municipal del coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y se suma al paquete de medidas que Emvisesa viene articulando desde finales de marzo para ayudar a inquilinos, propietarios, autónomos emprendedores, entidades sin ánimo de lucro o proveedores.

Concretamente, los 2.800 inquilinos de Emvisesa ya se podían beneficiar del Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas públicas afectados por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19 desde el pasado 27 de marzo. Desde ahora, aquellas unidades familiares cuya situación económica se haya visto afectada por la crisis de la COVID-19 tienen una nueva alternativa, que consiste en solicitar el cambio a una vivienda del parque de alquiler de Emvisesa cuya renta se adecue mejor a su situación económica.

Emvisesa es consciente de que tras el levantamiento del estado de alarma la situación económica desfavorable de muchas familias podría prolongarse, dificultando el abono de sus rentas de alquiler. En estos casos, el cambio a una vivienda con una renta más asequible resulta una solución más, que viene a sumarse al paquete integral de medidas que estamos habilitando y que ya está ofreciendo soluciones a cientos de inquilinos, propietarios, autónomos, empresas proveedoras y entidades sociales.  El Protocolo de Permuta de Emvisesa, en vigor desde enero de 2017, necesitaba una actualización para dar cabida a esta nueva situación y hemos procedido a optimizarlo. Adicionalmente, vamos a realizar una convocatoria extraordinaria de viviendas que alimente esta nueva modalidad de ayuda”, afirma Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Así, gracias a esta modificación, el Protocolo de Permuta ya permite que unidades familiares o de convivencia afectadas por una crisis de similares características a la provocada por la COVID-19 puedan solicitar una permuta excepcional, siempre que la   renta ordinaria   de   su actual   vivienda   supere el 30% del total de los ingresos de la unidad familiar o de convivencia.

Las bases y requisitos ya están publicados en el sitio web emvisesa.org, dentro del apartado dedicado a “Ayudas COVID-19”.

Tal y como ha expresado Felipe Castro, la empresa municipal ya está trabajando en la próxima publicación de una convocatoria de viviendas destinadas a personas afectadas por la COVID-19 que, desde hoy, irán presentando sus solicitudes para acogerse a esta nueva modalidad del Protocolo de Permuta de Emvisesa.

Escucha las declaraciones de Felipe Castro sobre la actualización del protocolo de permuta de viviendas:

La OMDV pone a prueba el “Protocolo de protección a inquilinos de Emvisesa especialmente afectados por problemas de convivencia”

El Protocolo de Convivencia de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) incorpora una serie de actuaciones de protección a inquilinos especialmente afectados por problemas de convivencia.

Dichas actuaciones se activan si se producen conductas delictivas como comportamientos contra la libertad sexual, violencia de género o cualquiera que afecte gravemente a la integridad física o psicológica de un inquilino de Emvisesa. En estos casos, la empresa municipal tramita un cambio de vivienda y reubica a los inquilinos afectados para protegerlos de las potenciales amenazas, mientras ejerce las pertinentes actuaciones contra los causantes.

Emvisesa ofrece a los afectados una vivienda en régimen de alquiler ubicada en una zona alejada de la situación conflictiva. Esta vivienda posee similares características a la original, en cuanto a su tamaño, número de habitaciones y anejos vinculados. El cambio puede ser definitivo o temporal, dependiendo de la resolución del conflicto y la voluntad de las partes.

Cuando los afectados tienen impago de rentas, Emvisesa les ofrece un fraccionamiento o aplazamiento de la deuda, facilitando la resolución del problema principal que constituye el conflicto que afecta a su integridad física o psicológica.

Este Programa de la OMDV requiere para su aplicación que las actuaciones hayan provocado daños físicos o psíquicos o supongan un peligro directo para la integridad de alguno de los miembros de la unidad familiar. Los afectados deben ser una unidad de convivencia concreta que haya presentado una denuncia ante la Policía y no una comunidad de inquilinos de manera genérica. Finalmente, dicha unidad de convivencia afectada debe comprometerse a no retirar la denuncia, a colaborar con la OMDV en las medidas que se adopten contar el agresor, a abonar las deudas que tuvieren, así como a entregar la vivienda en las condiciones que establezca Emvisesa.

La Comisión Ejecutiva de la empresa pública de la vivienda del Ayuntamiento de Sevilla es quien debe aprobar el cambio de vivienda.

Hasta la fecha la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda ha abierto nueve expedientes.

Siete familias ya se encuentran en otras viviendas de zonas alejadas del conflicto y una más está pendiente de la puesta a punto de la vivienda donde va a ser reubicada. Una de las familias rechazó finalmente el cambio“, afirma la responsable de la Oficina.

En todos los casos se han iniciado también expedientes de Protocolo de convivencia contra los causantes de los comportamientos delictivos. En el 100% de los mismos, el Consejo de Administración de Emvisesa acordó la resolución de sus contratos de alquiler y, por tanto, deberán abandonar las viviendas una vez exista sentencia judicial firme. Mientras tanto, el cambio de vivienda posibilita que los comportamientos delictivos no sigan afectando a las familias a las que se protege, a la espera de que la familia infractora abandone la vivienda“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

La totalidad de los casos afectaba a colectivos especialmente vulnerables y llegaron a producirse agresiones físicas y/o amenazas.

Es el caso de un matrimonio del mismo sexo afectado de problemas severos de salud y discapacidad que sufría una situación de acoso por parte de una vecina  a la que la pareja denunció por un comportamiento “homofobia extrema”. Recientemente la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz ha calificado el problema como solucionado, tras una completa y compleja actuación de la OMDV ya que confluían numerosas circunstancias, incluyendo el impago de rentas, que han dilatado el proceso.

El plazo medio transcurrido entre la aprobación por parte de la Comisión Ejecutiva de Emvisesa y el cambio efectivo a otra vivienda, no supera los tres meses. Por ello, en estos casos es muy importante denunciar ante la Policía y aportar la denuncia a la OMDV para agilizar la tramitación”, ha declarado la responsable de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda.

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