Abierto el plazo para solicitar las ayudas PPR 2026 para inquilinos de Emvisesa en situación de vulnerabilidad

Ya está abierto el nuevo plazo para que los inquilinos de Emvisesa en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas del Protocolo de Protección a Familias con Pocos Recursos (PPR-PPC).

El plazo máximo para presentar las solicitudes permanecerá abierto hasta el 15 de septiembre de 2026.

Estas ayudas se financian con cargo al presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla y se tramitan en coordinación con Emvisesa.

Están dirigidas a familias o unidades de convivencia que sean inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por la empresa municipal.


Requisitos para solicitar las ayudas

Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo la normativa de viviendas protegidas.

  • No haber sido sancionadas por no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.

  • Tener los suministros de agua, electricidad o gas contratados legalmente.

  • Que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia estén empadronados en la vivienda.

  • Estar al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios.

Las personas que hayan solicitado las ayudas PPR en años anteriores deberán estar al corriente en el pago de la renta mínima exigible.

Además, los solicitantes deberán ser usuarios de los Servicios Sociales Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, encontrarse en situación de riesgo o exclusión social y cumplir los requisitos establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar Social y Empleo para la anualidad correspondiente.

La comprobación de estos requisitos será realizada por la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV).


Presentación de solicitudes

Las personas interesadas deberán presentar los impresos normalizados que se encuentran disponibles a continuación.

Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial en la oficina de la OMDV, situada en:

Avenida de San Jerónimo, 5 (41015. Sevilla).

Las solicitudes solo se considerarán válidamente presentadas cuando se aporte toda la documentación requerida y los impresos estén correctamente cumplimentados en los modelos vigentes.

Para acudir presencialmente será necesario solicitar cita previa a través de los teléfonos:

955 476 054 / 955 476 004 / 955 476 050


Documentación a aportar (PPR 2026)

Impresos y anexos

  • Impreso de solicitud de PPR de Emvisesa, cumplimentado por el titular de la vivienda. Se devolverá copia sellada con la fecha de presentación en la OMDV.

Descargar (PDF, 224KB)


  • Autorización a Emvisesa y a la OMDV para la tramitación de las ayudas municipales, firmada por los titulares del contrato.

Descargar (PDF, 85KB)


  • Anexo 0: Cláusula de no oposición o consentimiento a la consulta por parte del Ayuntamiento de datos de la unidad familiar (marcando la opción Programa de prestaciones complementarias), firmada por los titulares del contrato.

Descargar (PDF, 86KB)


  • Anexo I: Solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Sevilla, firmada por los titulares del contrato de alquiler.

Descargar (PDF, 74KB)


  • Anexo III: Declaración responsable de ingresos y de no ser propietario de inmuebles. Debe incluir el número de miembros y los ingresos mensuales de todos los miembros mayores de 16 años y coincidir con los ingresos documentados. Firmado por los titulares del contrato.

Descargar (PDF, 57KB)


  • Anexo V: Documento de cesión del derecho de cobro a Emvisesa. Debe cumplimentarse indicando el programa (Prestaciones complementarias 2026) y el concepto (Ayudas al alquiler de viviendas de Emvisesa). Firmado por los titulares del contrato.

Descargar (PDF, 51KB)


Documentación adicional

Junto a los impresos cumplimentados se deberá aportar:

  • Tres últimas facturas de suministros de luz y agua (o de los meses transcurridos desde la entrega de la vivienda).

  • Certificado de estar al corriente en el pago de la comunidad, emitido por la administración de fincas o por la presidencia de la comunidad. Debe constar el importe de la cuota.

  • Fotocopia del DNI en vigor de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.

En caso de personas extranjeras:

  • Ciudadanos de la Unión Europea: certificado de registro de la UE acompañado de pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor.

  • Ciudadanos extracomunitarios: fotocopia de la tarjeta de extranjero vigente.

También deberá aportarse:

  • Fotocopia del libro de familia.

  • Certificado de empadronamiento colectivo.

  • Justificantes de ingresos de todas las personas mayores de 16 años (nóminas, prestaciones por desempleo, pensiones, etc.). Si no es posible acreditarlo, se podrá presentar declaración responsable (Anexo III).

  • Certificado integrado de prestaciones de la Seguridad Social, donde conste si se percibe el Ingreso Mínimo Vital.

  • Convenio regulador o sentencia de divorcio, en su caso.

  • Justificante de solicitud de otras prestaciones públicas a las que se tenga derecho (SEPE o Seguridad Social).

  • Informe de vida laboral de todas las personas mayores de 16 años.

  • Resolución de dependencia o grado de discapacidad, en su caso.

  • En caso de existir pensión por alimentos que no se cobre, se ha de aportar denuncia o reclamación judicial de dicho pago.

Abierto el plazo para solicitar las ayudas del Protocolo de Protección (PPR/PPC 2025) a familias vulnerables inquilinas de Emvisesa

Ya está abierto el nuevo plazo para que inquilinos de Emvisesa en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas del Protocolo de protección a familias con pocos recursos, conocidas como PPR-PPC. El plazo máximo para entregar la solicitud es hasta el 15 de septiembre de 2025.

Se trata de ayudas a cuenta del presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, tramitadas en coordinación con Emvisesa. Los destinatarios son familias o unidades de convivencia inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por ésta.

Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

a)      Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo todos los requisitos establecidos en la normativa de viviendas protegidas.

b)      No encontrarse sancionado por la no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.

c)      Tener los suministros (agua, electricidad, gas) contratados legalmente.

d)      Encontrarse todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia empadronados en la vivienda arrendada.

e)     Estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad de vecinos.

Si usted solicitó PPR en años anteriores ha de estar al corriente en el pago de la renta mínima exigible.

Asimismo, los solicitantes han de ser usuarios de los Servicios Sociales  Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, hallarse en situación de riesgo o exclusión social y reunir los requisitos  establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla para la anualidad correspondiente. La comprobación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por la OMDV (Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda).

Las personas que quieran acogerse a este protocolo habrán de presentar los impresos normalizados disponibles bajo estas líneas.

Las solicitudes podrán ser presentadas de forma presencial PREVIA CITA (en la oficina de la OMDV sita en la avenida de San Jerónimo,5). Unicamente serán dadas por presentadas válidamente en el caso de que se aporte toda la documentación requerida y contar con los impresos correctamente cumplimentados y en solicitudes en modelos vigentes.

Para la cita presencial, será necesaria obtenerla a través de los teléfonos
955 476 054/955 476 004/050/955 476 171.

DOCUMENTACION A APORTAR PPR 2025

  • Impreso de solicitud de PPR de Emvisesa, cumplimentado por el titular de la vivienda. Se devolverá copia sellada con la fecha de presentación en la OMDV.
  • Autorización a Emvisesa y la OMDV para tramitación de las ayudas municipales, firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo 0: Clausula de no oposición/consentimiento a la consulta por parte del Ayuntamiento de datos de la unidad familiar, marcando la opción “programa prestaciones complementarias” y firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo I: Solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Sevilla, firmada por los titulares del contrato de alquiler.
  • Anexo III: Declaración responsable de ingresos y de no ser propietario de inmuebles. Ha de constar el número de miembros y los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. Ha de coincidir con los ingresos documentados, firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo V: Documento de cesión del derecho de cobro a Emvisesa. Debe cumplimentarse correctamente el programa (prestaciones complementarias 2025) y el concepto (ayudas al alquiler de viviendas de EMVISESA). Ha de estar firmado por los titulares del contrato.

Junto a los impresos debidamente cumplimentados, habrán de presentar la siguiente documentación:

  • Tres últimas facturas de suministros de luz y agua, o en su caso, de los meses que lleve entregada la vivienda.
  • Certificado de estar al corriente el pago de las cuotas de Comunidad por parte de la Administración de fincas a la que pertenezca la vivienda, o en su defecto, por el Presidente de la Comunidad. Ha de constar en dicho certificado el importe de la cuota de Comunidad de la vivienda.
  • Fotocopia del DNI en vigor de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años
  • En caso de extranjeros de la Unión Europea: fotocopia del certificado de registro de la unión acompañado del pasaporte en vigor o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante. En caso de extranjeros extracomunitarios: Fotocopia de la tarjeta de extranjero vigente
  • Fotocopia de libro de familia
  • Certificado de empadronamiento colectivo
  • Justificante de ingresos de todas las personas mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar (nóminas, justificantes de prestaciones por desempleo, pensiones, etc). De no ser posible, los ingresos se acreditarán mediante Declaración responsable (Anexo III)
  • Certificado integrado de prestaciones de la Seguridad Social que contempla si percibe el IMV en sus apartados
  • Convenio regulador o Sentencia de Divorcio
  • Justificante de solicitud de otras prestaciones públicas a las que tenga derecho: prestaciones del SEPE y de la Seguridad Social
  • Vida laboral de todos los mayores de 16 años.
  • En su caso, resolución del reconocimiento de la situación de dependencia o del grado de discapacidad
  • En caso de existir pensión por alimentos que no se cobre, se ha de aportar denuncia o reclamación judicial de dicho pago.

IMPRESOS:

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La participación de Emvisesa en el Plan Alquila 2016 facilita a 367 familias sevillanas la obtención de ayudas al alquiler por más de 370.000 euros.

Emvisesa publicó el pasado jueves la resolución definitiva relativa a la convocatoria del ejercicio 2016 del Plan de Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la comunidad autónoma de Andalucía, conocido como Plan Alquila.

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Durante el Plan Alquila 2016 Emvisesa tramitó un total de 520 solicitudes, de las que 367 han resultado beneficiarias de las ayudas por un importe total de 370.874 euros.

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El 97% de las solicitudes con ayudas concedidas corresponden a inquilinos de la propia Emvisesa que cumplieron con los requisitos para acceder a la convocatoria. Así, 357 inquilinos de Emvisesa han sido beneficiarios de este programa con una ayuda al alquiler media de 1.010 euros al año por solicitante.

Emvisesa, tal y como ya hizo en la convocatoria 2016, ha vuelto a participar este año como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas del Plan Alquila 2017.

Emvisesa ha realizado una importante campaña de difusión para informar de esta convocatoria de ayuda al alquiler a través de cartas individuales dirigidas a sus más de 2.500 inquilinos, así como anuncios en su sitio web, comunicados en los tablones de anuncios de las comunidades de sus promociones, publicidad en el Canal Busi presente en los autobuses de línea de TUSSAM, así como numerosas visitas informativas puerta a puerta.

Este esfuerzo de comunicación se ha visto reflejado en un incremento superior al 35% respecto al número de solicitudes presentadas la pasada convocatoria 2016 ya que, frente a las 520 recogidas en 2016, este año se han superado las 700.

El plazo se abrió el 7 de julio y concluyó el pasado 7 de agosto por lo que, al igual que en la pasada convocatoria, los interesados han dispuesto de un mes natural para presentar sus solicitudes.

El Plan Alquila 2017 también se ha caracterizado por el incremento de solicitudes que no pertenecen a inquilinos de Emvisesa, que atraidos por el servicio personalizado ofrecido por los técnicos radicados en las sedes de calle Bilbao y avenida de San Jerónimo, han alcanzado un 30% del total frente al 3% de la pasada edición.

El convenio para la incorporación de Emvisesa como entidad colaboradora, se ha firmado esta misma semana con la presencia del gerente de Emvisesa, Felipe Castro, y la secretaria general de vivienda de la Junta de Andalucía, Catalina Madueño.
Firma del convenio para la incorporación de Emvisesa como entidad colaboradora de los planes Alquila entre el gerente de Emvisesa, Felipe Castro, y la secretaria general de vivienda de la Junta de Andalucía, Catalina Madueño.

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, participa como entidad colaboradora en las convocatorias de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la comunidad autónoma de Andalucíarecogiendo y ayudando a tramitar las solicitudes que presentan las familias sevillanas. Esta participación se enmarca dentro de los compromisos adquiridos en el Plan Municipal por el Derecho a una Vivienda Digna.

Los interesados en participar en el Plan Alquila 2018 pueden suscribirse a nuestra web para recibir cómoda y gratuitamente la noticia del plazo de solicitud en sus buzones de correo electrónico, o estar atentos a la web de la Consejería de Fomento y Vivienda a partir de junio, fecha en la que suelen convocarse las ayudas.

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