El Ayuntamiento de Sevilla habilita los puntos de atención al ciudadano en los distritos municipales para recoger nuevas solicitudes de inscripción en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla

Desde el viernes 18 de septiembre, todos los ciudadanos interesados en inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla podrán hacerlo en los puntos de atención que el Ayuntamiento tiene habilitados en cada uno de los distritos municipales.

La solicitud de cita previa será un requisito indispensable para ser atendido. Puede solicitarse mediante una llamada al 010 o directamente en la plataforma web del Ayuntamiento de Sevilla. Si llama al 010 debe seleccionar la opción “Ayuntamiento de Sevilla”, no Emvisesa. Mientras que la opción adecuada en la plataforma web es Emvisesa y Registro de Demandantes.

Hasta ahora, la inscripción sólo podía realizarse en las oficinas del Registro en la avenida de San Jerónimo. Desde hoy, los ciudadanos y ciudadanas podrán evitar desplazamientos y reducir los tiempos de espera con el simple gesto de solicitar una cita previa para acudir a la oficina más cercana a su domicilio. Emvisesa ha redoblado los esfuerzos para facilitar la atención ciudadana en unos momentos de gran demanda y numerosas restricciones provocadas por la covid 19”, afirma Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Requisitos de inscripción

Para inscribirse como demandante de vivienda protegida en Sevilla es necesario, además de solicitar cita previa, presentar el modelo de solicitud (disponible en la web de Emvisesa y en los propios puntos de atención) relleno y firmado por todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Se requiere la presentación de fotocopias del último ejercicio de la declaración de la renta o del certificado de Vida Laboral (con los certificados de retenciones y pensiones, en su caso), de los DNI y el certificado de empadronamiento histórico de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.

Si los solicitantes están casados o son pareja de hecho se les requerirá el libro de familia o la inscripción en el registro de parejas de hecho.

Los divorciados o separados deberán presentar la sentencia y el convenio regulador, en su caso.

Las personas que se inscriban en el cupo dedicado a discapacidad o dependencia presentarán la documentación acreditativa correspondiente, al igual que las víctimas de violencia de género.

Si presenta la solicitud en nombre de otra persona es necesaria una autorización firmada y las fotocopias de los DNI de ambas.

Puede ampliar la información llamando al 010 o al 955 476 180.

 

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