Listado de personas que necesitan subsanar algún aspecto de su solicitud de Ayuda al Alquiler para Rentas Bajas “Alquila 2017”. Plazo hasta el viernes 25 de mayo.

Una vez examinadas las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva
de las Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de
vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017, se requiere a las personas interesadas que se relacionan en el Anexo I para que procedan a la subsanación de los extremos que no se hubieran cumplimentado en la solicitud y/o la aportación de los documentos acreditativos de los mismos.

La subsanación será presentada ante el mismo órgano en que se tramitó la solicitud hasta el viernes 25 de mayo.

Es decir, aquellas personas que presentaron su solicitud en Emvisesa pueden subsanarla, en caso necesario, de la siguiente manera:

  • Presentando la documentación que le sea requerida por la Consejería en el Anexo I (publicado bajo estas líneas) en la sede de Emvisesa durante el horario de atención al ciudadano (Avenida de la Ingeniería, 9. Parque Empresarial Arte Sacro. Local 9. 41015. SEVILLA. Días laborables, excepto sábados, de 8:30 a 14:30 horas).

Anexo I. Listado de subsanaciones necesarias, en su caso. DESCARGUE EL PDF Y RÓTELO A LA DERECHA PARA MAYOR COMODIDAD. Si la columna “Documentación a subsanar” está en blanco significa que la Consejería no le requiere subsanación. En cualquier caso, recuerde que para ser beneficiarios de la ayuda deberán en todo momento hallarse al corriente en obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

PLAZO CONCLUIDO.

Acuerdo de la Delegación Terrotorial de Fomento y Vivienda:

Descargar (PDF, 91KB)

Al igual que en 2016, Emvisesa ha repetido como entidad colaboradora en la tramitación de Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017.

Para el Plan Alquila 2017 Emvisesa ha tramitado 756 solicitudes de ayuda al alquiler, un 45% más que en la edición Alquila 2016. El 73% corresponden a inquilinos de Emvisesa, destacando un aumento del 1.700% en la tramitación de solicitudes de personas que no son inquilinos de Emvisesa.

El plazo de audiencia, alegaciones y presentación de documentación para la convocatoria de ayudas para el alquiler “Alquila 2016” se amplía hasta el lunes 17 de julio.

La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha ampliado el plazo de audiencia, alegaciones y presentación de documentación para  la convocatoria del ejercicio 2016 de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía,  hasta el lunes 17 de julio, inclusive.

Las personas solicitantes pueden presentar sus alegaciones en los términos expresados en nuestra “Guía para los solicitantes de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, Alquila 2016“.

Recordamos que Emvisesa presentará ante la Consejería la justificación de los importes ya abonados correspondientes a las mensualidades del periodo subvencionable (enero a diciembre de 2016) de todos sus inquilinos incluidos en la lista provisional de beneficiarios y suplentes, no siendo necesaria ninguna actuación por su parte.

Aquellos solicitantes con recibos de 2016 pendientes de pago pueden acudir a nuestra sede de calle Bilbao, donde recibirán asesoramiento al respecto.

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