Emvisesa no desahucia a ninguna familia por motivos económicos

Respecto a la publicación relativa a un procedimiento de desahucio en una vivienda de Emvisesa aparecida hoy en Diario de Sevilla, la empresa municipal puntualiza los siguientes hechos:

En enero de 2018 Emvisesa recibe una denuncia por la posible ocupación ilegal de una vivienda perteneciente a su parque de alquiler. De manera inmediata ordena una inspección que confirma que en la vivienda no vive su inquilino, adjudicatario legal, sino otra persona que afirma ser su cuñada y haber abonado unos 4.000 euros a aquel, además de comprometerse a abonar la renta de alquiler, que asciende 276 euros mensuales. La inquilina irregular vive con su pareja y un hijo menor.

Emvisesa realiza sucesivas inspecciones para comprobar si se ha revertido la situación y el adjudicatario legal ha vuelto a la vivienda. No es así. La inquilina de la vivienda afirma que el adjudicatario legal no vive allí y trabaja fuera de Sevilla. En diciembre de 2018 la inquilina que ocupa irregularmente la vivienda recibe la notificación del proceso de lanzamiento de la vivienda, aprobado por unanimidad por el Consejo de Administración de Emvisesa. Firma la recepción y acepta acudir a las oficinas de la empresa municipal para solucionar de manera amistosa la situación en el plazo de 15 días. Sin embargo, jamás se pone en contacto con Emvisesa, que procede a interponer una demanda judicial el 30 de septiembre de 2019, un año después del inicio de este caso.

La demanda se interpone contra el adjudicatario legal, no contra la ocupante. El interesado no responde a la demanda, la ocupante de la vivienda no contacta con Emvisesa ni la OMDV y se señala el lanzamiento para julio de 2020, suspendiéndose por imposibilidad de notificarlo. Vuelve a señalarse lanzamiento el 15 de febrero de 2021.

En la demanda se alega el impago de más de 13.000 euros por parte de los inquilinos, que desde junio de 2016 no pagan las cuotas de alquiler. Emvisesa no desahucia a nadie por motivos económicos desde hace años. Sólo actúa cuando se incumplen los protocolos. El expediente se inicia porque el titular del alquiler no vivía en el piso y lo tenía cedido, de manera ilegal, a otra persona.

El expediente se inició en 2018. Desde entonces, el demandado no ha acreditado que resida en la vivienda, ni ha pedido ayudas sociales ni ha solicitado ningún tipo de prestación a Emvisesa.

Emvisesa está legalmente obligada a garantizar una adecuada gestión del parque público de viviendas que administra. Si la persona que tiene alquilada la vivienda no reside en ella, debe entregarse a otra familia de las que están en espera.

Recientemente, el demandado ha presentado en el juzgado un escrito alegando circunstancias que no se habían comunicado a Emvisesa. Por ello, Emvisesa solicitará al juzgado mañana mismo la paralización cualquier actuación durante tres meses, con el fin de ofrecer la oportunidad de acreditar posibles cambios de circunstancias.

Ninguna familia que acredite que carece de recursos económicos y que se encuentra en situación de vulnerabilidad será desahuciada en Sevilla sin tener una alternativa habitacional. La Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda ha abierto casi 2.000 expedientes a otras tantas familias en riesgo de perder su hogar y ninguna ha sufrido un desahucio sin que medie una alternativa habitacional. Las familias afectadas por un proceso judicial o un riesgo de quedar sin hogar pueden dirigirse a la OMDV, demostrar el cumplimiento de requisitos y obtener una alternativa habitacional, en su caso.

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