EMVISESA se suma al programa de ayudas al alquiler para rentas bajas de la Consejería de Fomento y tramitará las ayudas desde la OMDV

La Empresa Municipal de Vivienda del Ayuntamiento de Sevilla, EMVISESA, ha suscrito el convenio para convertirse en entidad colaboradora y sumarse al programa de concesión de ayudas al alquiler para personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados de la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía en régimen de concurrencia competitiva.

De esta forma, desde hoy y hasta el próximo 5 de agosto, la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV), ubicada en San Jerónimo, tramitará (de lunes a viernes entre 8:30 y 14:30 horas) las solicitudes que allí se presenten para el acceso a este programa que cuenta con un presupuesto en esta convocatoria de 16,3 millones de euros para toda Andalucía.

El convenio para la incorporación de EMVISESA como entidad colaboradora, se ha firmado con la presencia del Gerente de EMVISESA, Felipe Castro, y la Secretaria General de Vivienda de la Junta de Andalucía, Catalina Madueño.
El convenio para la incorporación de EMVISESA como entidad colaboradora, se ha firmado con la presencia del Gerente de EMVISESA, Felipe Castro, y la Secretaria General de Vivienda de la Junta de Andalucía, Catalina Madueño.

Esta convocatoria de ayudas está dirigida a facilitar el pago del alquiler de la vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados. De esta forma se exige estar empadronado en la vivienda, contar con una renta de alquiler mensual no superior a los 500 euros y disponer de ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM. La cuantía de las ayudas, tras una evaluación de las solicitudes y hasta agotar el presupuesto, permitirá abonar el 40% de la renta mensual, con un máximo de 200 euros al mes, aunque está situación se puede ampliar hasta el 80% en aquellos caso que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social previa acreditación por parte de los servicios sociales comunitarios.

El plazo de presentación de esta convocatoria se abrió el pasado 5 de julio y desde entonces se han podido tramitar las solicitudes tanto en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda como en la sede de AVRA. Con este convenio de colaboración, hasta el próximo día 5 de agosto, EMVISESA refuerza estos servicios en la ciudad de Sevilla para agilizar la presentación de solicitudes de todos los potenciales beneficiarios de este programa. Así se le ha comunicado además desde la empresa municipal a todos los inquilinos de viviendas protegidas municipales que puedan reunir los requisitos recogidos en esta convocatoria.

Los inquilinos de viviendas propiedad de EMVISESA que cumplan los requisitos también pueden beneficiarse de estas ayudas para el alquiler de viviendas. Deberán entregar su solicitud en la oficina de la OMDV en la avenida de San Jerónimo,5.

Les recomendamos que se descarguen la solicitud y la cumplimenten antes de entregarlas. En la OMDV (avenida de San Jerónimo,5) hay personal que recogerá los impresos y le ayudará a completarlos. No obstante es muy importante que todos los miembros de la unidad de convivencia den su conformidad a la presentación de la solicitud firmando el correspondiente apartado de la misma (Anexo I, apartado 6). La OMDV no recogerá ningún impreso que no cuente con la conformidad y correspondiente firma de todos los miembros de la unidad de convivencia.

La solicitud se compone de 4 anexos. Para solicitar la ayuda debe presentarse el Anexo I de la Orden de convocatoria, junto con la documentación que en el mismo se relaciona.
Podrá optar, y así lo recomendamos, por presentar también el Anexo II (datos complementarios) y el Anexo IV (justificaciones), aunque también pueden presentarlo en un momento posterior de la tramitación.
El Anexo III es el de alegaciones que habría que presentar, en su caso, una vez publicada la propuesta provisional de resolución de la Convocatoria de Subvanciones de Ayudas al Alquiler.

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Así puede descargar los anexos.
Así puede descargar los anexos.

Descargar Anexo 1, Solicitud rellenable.

Descargar Anexo 2, Ficha de datos complementarios.

Descargar Anexo 3, Alegaciones y presentación de documentación.

Descargar Anexo 4, Justificación de pago.

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