Abierto el plazo para solicitar las ayudas del Protocolo de Protección (PPR/PPC 2025) a familias vulnerables inquilinas de Emvisesa

Ya está abierto el nuevo plazo para que inquilinos de Emvisesa en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas del Protocolo de protección a familias con pocos recursos, conocidas como PPR-PPC. El plazo máximo para entregar la solicitud es hasta el 15 de septiembre de 2025.

Se trata de ayudas a cuenta del presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, tramitadas en coordinación con Emvisesa. Los destinatarios son familias o unidades de convivencia inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por ésta.

Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

a)      Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo todos los requisitos establecidos en la normativa de viviendas protegidas.

b)      No encontrarse sancionado por la no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.

c)      Tener los suministros (agua, electricidad, gas) contratados legalmente.

d)      Encontrarse todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia empadronados en la vivienda arrendada.

e)     Estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad de vecinos.

Si usted solicitó PPR en años anteriores ha de estar al corriente en el pago de la renta mínima exigible.

Asimismo, los solicitantes han de ser usuarios de los Servicios Sociales  Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, hallarse en situación de riesgo o exclusión social y reunir los requisitos  establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla para la anualidad correspondiente. La comprobación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por la OMDV (Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda).

Las personas que quieran acogerse a este protocolo habrán de presentar los impresos normalizados disponibles bajo estas líneas.

Las solicitudes podrán ser presentadas de forma presencial PREVIA CITA (en la oficina de la OMDV sita en la avenida de San Jerónimo,5). Unicamente serán dadas por presentadas válidamente en el caso de que se aporte toda la documentación requerida y contar con los impresos correctamente cumplimentados y en solicitudes en modelos vigentes.

Para la cita presencial, será necesaria obtenerla a través de los teléfonos
955 476 054/955 476 004/050/955 476 171.

DOCUMENTACION A APORTAR PPR 2025

  • Impreso de solicitud de PPR de Emvisesa, cumplimentado por el titular de la vivienda. Se devolverá copia sellada con la fecha de presentación en la OMDV.
  • Autorización a Emvisesa y la OMDV para tramitación de las ayudas municipales, firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo 0: Clausula de no oposición/consentimiento a la consulta por parte del Ayuntamiento de datos de la unidad familiar, marcando la opción “programa prestaciones complementarias” y firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo I: Solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Sevilla, firmada por los titulares del contrato de alquiler.
  • Anexo III: Declaración responsable de ingresos y de no ser propietario de inmuebles. Ha de constar el número de miembros y los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años. Ha de coincidir con los ingresos documentados, firmado por los titulares del contrato.
  • Anexo V: Documento de cesión del derecho de cobro a Emvisesa. Debe cumplimentarse correctamente el programa (prestaciones complementarias 2025) y el concepto (ayudas al alquiler de viviendas de EMVISESA). Ha de estar firmado por los titulares del contrato.

Junto a los impresos debidamente cumplimentados, habrán de presentar la siguiente documentación:

  • Tres últimas facturas de suministros de luz y agua, o en su caso, de los meses que lleve entregada la vivienda.
  • Certificado de estar al corriente el pago de las cuotas de Comunidad por parte de la Administración de fincas a la que pertenezca la vivienda, o en su defecto, por el Presidente de la Comunidad. Ha de constar en dicho certificado el importe de la cuota de Comunidad de la vivienda.
  • Fotocopia del DNI en vigor de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años
  • En caso de extranjeros de la Unión Europea: fotocopia del certificado de registro de la unión acompañado del pasaporte en vigor o documento nacional de identidad válido y en vigor del solicitante. En caso de extranjeros extracomunitarios: Fotocopia de la tarjeta de extranjero vigente
  • Fotocopia de libro de familia
  • Certificado de empadronamiento colectivo
  • Justificante de ingresos de todas las personas mayores de 16 años que formen parte de la unidad familiar (nóminas, justificantes de prestaciones por desempleo, pensiones, etc). De no ser posible, los ingresos se acreditarán mediante Declaración responsable (Anexo III)
  • Certificado integrado de prestaciones de la Seguridad Social que contempla si percibe el IMV en sus apartados
  • Convenio regulador o Sentencia de Divorcio
  • Justificante de solicitud de otras prestaciones públicas a las que tenga derecho: prestaciones del SEPE y de la Seguridad Social
  • Vida laboral de todos los mayores de 16 años.
  • En su caso, resolución del reconocimiento de la situación de dependencia o del grado de discapacidad
  • En caso de existir pensión por alimentos que no se cobre, se ha de aportar denuncia o reclamación judicial de dicho pago.

IMPRESOS:

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Recuerda los ingresos máximos permitidos para acceder a una vivienda protegida en régimen de venta de precio limitado y descubre las últimas oportunidades en Entreolivos

Emvisesa quiere recordarte los límites de ingresos establecidos para poder acceder a una vivienda protegida en régimen de venta de precio limitado, así como informarte de que aún disponemos de viviendas en la promoción Entreolivos.

Requisitos de ingresos para acceder a una vivienda protegida

Para optar a una vivienda protegida, los ingresos familiares deben situarse dentro de los límites establecidos por la normativa vigente. En concreto y para el régimen en venta de precio limitado (VPL), los ingresos de la unidad familiar inicialmente no deben superar 5,5 veces el IPREM, sin perjuicio de que, tras el proceso de adjudicación resultaran viviendas sin adjudicar y puedan acceder unidades familiares con ingresos hasta 7 veces IPREM.

Además, se tendrán en cuenta las características específicas de cada solicitante, su situación económica y familiar, así como su posible pertenencia a grupos de especial protección. Estos factores ajustan los ingresos mediante una ponderación que refleja la realidad de cada unidad familiar, en virtud de la normativa de aplicación.

Este cuadro te puede ayudar a conocer si los ingresos de tu unidad familiar encajan en los requisitos para acceder a una vivienda VPL:

Promoción Entreolivos: ¡Aún disponible!

Entreolivos es una de nuestras promociones estrella, situada en la zona de Pítamo Sur, que destaca por su diseño moderno, ubicación estratégica y precios competitivos. Las viviendas incluyen calidades excepcionales, eficiencia energética y zonas comunes pensadas para el disfrute de sus residentes.

A día de hoy, Emvisesa cuenta con viviendas disponibles en Entreolivos, una oportunidad única para quienes cumplan con los requisitos establecidos y sueñen con tener su hogar en esta prometedora zona de Sevilla.

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  • Teléfono: 955 476 000
  • Correo electrónico: comercial@emvisesa.org
  • Atención presencial: solicita cita previa en los teléfonos o correos electrónicos sobre estas líneas y uno de nuestros comerciales te atenderá de manera presencial.

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Emvisesa presenta el programa de Alquiler Asequible que permitirá la construcción de 1.000 nuevas viviendas a precios por debajo de mercado

Esta mañana se ha presentado el programa de Alquiler Asequible, enmarcado en el nuevo Plan Municipal de Vivienda Suelo y Rehabilitación de Sevilla para los años 2018 a 2023 y aprobado ayer por el Consejo de Administración de la Empresa Municipal de la Vivienda.

El acto ha tenido lugar en el Ayuntamiento de Sevilla y ha estado protagonizado por Juan Manuel Flores, delegado de Bienestar Social y Empleo; Myriam Díaz, delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria; y Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Juan Manuel Flores, Myriam Díaz y Felipe Castro, durante la presentación del programa de Alquiler Asequible.
Juan Manuel Flores, Myriam Díaz y Felipe Castro, durante la presentación del programa de Alquiler Asequible.

Alquiler Asequible es uno de los 20 programas que forman parte del Plan Municipal de Vivienda. Se trata de un programa cuyo régimen es de protección municipal y permitirá construir promociones de vivienda en alquiler en suelos provenientes de la reserva del 30% de la edificabilidad residencial para vivienda protegida.

En Sevilla ya hay suelo en manos privadas calificado para construir 20.000 viviendas protegidas. El programa de Alquiler Asequible va a crear las condiciones necesarias, desde lo público, para que la iniciativa privada promueva 1.000 viviendas a precio por debajo de mercado”.


Estas 1.000 viviendas en alquiler serán destinadas a unidades familiares que cumplan unos determinados objetivos de renta, no pudiendo destinar más del 25% de sus ingresos al pago del alquiler ni superar 5,5 veces el IPREM.

Los adjudicatarios serán seleccionados a través del Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegida, debiendo cumplir todas las condiciones de acceso a una vivienda protegida.

Las 1.000 viviendas se ofertarán a un precio limitado, teniendo unas condiciones propias de protección que deriva de lo establecido en el Plan Municipal y en laas Bases Reguladoras del programa de Alquiler Asequible.

Existe un precio de referencia que se calcula como el resultado de multiplicar el módulo básico para vivienda protegida establecido en el Plan de Vivienda autonómico (758,00 €) por la superficie útil de la vivienda y por unos coeficientes que se fijan en 1,8 y  1,15, por las características del municipio de Sevilla. La renta máxima anual se determina como un rango donde el 50% de los inquilinos de una promoción abonarán rentas  inferiores al 5% del precio de referencia, pudiendo llegar el restante 50% a rentas de alquiler de hasta un máximo del 7% del precio de referencia. Dicha distribución de viviendas se realizará según los límites de ingresos, de modo que quienes tengan menos ingresos abonarán menos renta de alquiler“, afirmó Felipe Castro.

Para que sea más gráfico, estamos hablando de rentas mensuales de entre 326 y 640 euros para viviendas de 65 a 91 metros cuadrados construidos. Una persona con ingresos de 2,5 veces el IPREM, unos 18.800 euros al año, abonaría 326 euros mensuales por una vivienda de 65 metros cuadrados útiles. En el caso de una persona con unos ingresos anuales de 41.000 euros, la renta mensual sería de 457 euros. Hay que tener en cuenta que dichos ingresos se ponderarán según aspectos como el número de hijos“, concretó el director gerente de Emvisesa.

Con la finalidad de garantizar una estabilidad en los contratos de arrendamiento de viviendas del programa de Alquiler Asequible, estos tendrán una duración mínima de 10 años, prorrogable  por periodos de 5 años de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Vivienda Protegidas en Andalucía.

Se trata de un programa especialmente atractivo para los jóvenes, aunque no excluyente con otros grupos de población“-declaró Myriam Díaz. “Pretendemos ofrecerles una estabilidad, mediante la certeza de que la renta mensual que abonan no se verá incrementada de manera repentina”.

Durante los próximos días, la web de Emvisesa publicará las bases y los formularios para los promotores interesados en el programa de Alquiler Asequible.
Durante los próximos días, la web de Emvisesa publicará las bases y los formularios para los promotores interesados en el programa de Alquiler Asequible.

El régimen de protección del alquiler, al estar los suelos calificados como vivienda protegida, tendrá una duración mínima de al menos 30 años, y no podrá ser objeto de descalificación, ni siquiera por el paso del mencionado plazo de tiempo, mientras se mantenga el régimen legal de calificación del suelo. Por tanto, mientras los suelos estén calificados urbanísticamente como vivienda protegida se mantendrá dicho régimen legal.

El Plan Municipal de Vivienda y Suelo prevé un total de 1.000 viviendas de Alquiler Asequible a desarrollar durante el periodo 2018-2023. Por tanto, lo que abrimos ahora es una convocatoria en la que los promotores interesados podrán dirigirse a Emvisesa, manifestando su interés en construir un determinado número de viviendas en régimen de alquiler asequible, hasta agotar el cupo total de 1.000 unidades. Hemos hecho los estudios pertinentes y sabemos que existe interés por parte del capital privado. Hemos calculado una rentabilidad del 5% que hará muy atractiva la inversión, manteniendo unas rentas de alquiler muy por debajo del actual mercado libre“, expresó Felipe Castro.

Las viviendas de Alquiler Asequible están sometidas al régimen de calificación provisional y definitiva como cualquier vivienda protegida, aunque los promotores deberán realizar, con carácter previo, una reserva de cupo del número de viviendas que pretenden construir y que tendrá un plazo de validez de seis meses. Dicha reserva de cupo será otorgada por Emvisesa.

Esperamos que dichas viviendas cuenten con bonificaciones fiscales importantes, tanto  del ICIO como del IBI, y puedan acogerse a cualquier otra medida que sea objeto de convocatoria por parte del Ayuntamiento de Sevilla, la administración estatal o la autonómica“.

“En ese sentido, deseo poner de manifiesto la compatibilidad del programa de Alquiler Asequible con el programa de Protección a Familias con Pocos Recursos de Bienestar Social. De este modo, una unidad familiar con una mala situación económica sobrevenida podría continuar de inquilina en su vivienda de alquiler asequible. Exactamente igual para otras ayudas, como puedan ser las comprendidas en el Plan Alquila“-finalizó Juan Manuel Flores.

Durante los próximos días, la web de Emvisesa publicará las bases y los formularios para los promotores interesados. En principio se atenderá al orden de llegada de las solicitudes presentadas por los promotores aunque, una vez desarrollado el Índice de Referencia de Precios de Alquiler, se tendrán en cuenta otras variables para aliviar la tensión en las zonas con mayor inflación.

Está previsto que las personas interesadas en acceder a viviendas en alquiler asequible no tengan más que inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida.

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