El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha aprobado de forma inicial una ampliación del Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación, vigente hasta el año 2023, para adecuarse a diversos cambios en las normativas europea, estatal y andaluza e incluir nuevas fuentes de financiación (como las ayudas del Gobierno central, la Junta de Andalucía y los fondos europeos de recuperación económica tras la pandemia Next Generation), parcelas municipales adicionales donde desarrollar nuevas promociones o rehabilitarlas y el nuevo concepto de los alojamientos colaborativos, que no estaban contemplados en el documento original de 2018.
“Las políticas de viviendas son una prioridad para este gobierno municipal y, de hecho, Emvisesa ha recuperado en los últimos años su protagonismo como gran motor de la vivienda pública en Sevilla y referente en la función social de la vivienda. Al modificar el plan de la vivienda aún vigente, pretendemos ampliarlo, captar toda la financiación que sea posible del resto de las administraciones, sean vía ayudas directas o recursos destinados a la inversión en nueva vivienda o rehabilitación y, por último, adaptar el documento a la innovación en materia de vivienda desplegada por Emvisesa a través de los alojamientos colaborativos”, ha explicado el alcalde de Sevilla, Antonio Muñoz.
Así, la modificación del plan, que ha sido sometido a fase de exposición pública antes de su aprobación definitiva, incorpora parcelas cedidas a Emvisesa por parte de otras áreas municipales (Urbanismo y Patrimonio) para la construcción de obra nueva o rehabilitación, destinadas a viviendas en régimen de alquiler y venta y alojamientos colaborativos de protección municipal, y suelos de equipamiento para programas de alojamientos colaborativos en régimen de alquiler.
Con respecto a la promoción de nueva obra o rehabilitación de viviendas, el nuevo documento modifica dos parcelas cedidas con 30 viviendas previstas inicialmente para venta para catalogarlas en régimen de alquiler. Por otro lado, se incorporan 345 viviendas protegidas en los desarrollos de Palmas Altas, de ellas 137 para su venta y 208 en régimen de alquiler. Se incluyen otras 14 viviendas en alquiler en dos nuevas promociones. Y, por último, en distintos enclaves de la ciudad se adscriben al plan nuevos suelos de equipamientos para 193 alojamientos colaborativos a los que habría que añadir otros 106 alojamientos procedentes de actuaciones de alquiler que se desarrollarán también bajo esta modalidad.
Bases del ‘coliving’
La modificación del Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación incluye además las bases reguladoras del programa de alojamientos colaborativos de tipo coliving. Se caracterizan por fomentar un régimen colaborativo en el que grupos heterogéneos comparten espacios de trabajo, estudio y ocio en un equipamiento construido y son gestionados por la propia Emvisesa. Las y los usuarios provendrán de un proceso público de selección que les permitirá dar cobertura a su necesidad de vivienda de forma asequible. Tras ser adjudicatarios disfrutarán, a título individual, de su propio alojamiento y adicionalmente pueden compartir espacios y zonas comunes en los que desarrollar y potenciar sus relaciones personales, con especial atención a las relaciones de tipo intergeneracional.
Entre los servicios o actividades asociados a estos alojamientos colaborativos se recogen espacios libres exteriores, instalaciones deportivas, salas de estar, comedores colectivos, bibliotecas, servicio de limpieza y otros servicios profesionales, etcétera. El objetivo es potenciar las relaciones interpersonales y experiencias y, por tanto, la convivencia. Se trata de un modelo híbrido entre el alquiler convencional y el piso compartido con el valor añadido del uso y disfrute colectivo de una serie de servicios adicionales que son asumibles por sus usuarios por el hecho de estar compartidos.
Este tipo de alojamientos resulta de especial interés para jóvenes con recursos limitados que demandan su primera emancipación, para trabajadores egresados o que requieren un alojamiento temporal en tanto toman una decisión más a medio o largo plazo; para hogares unipersonales, con o sin hijos a cargo, que puedan proceder de escisiones familiares anteriores (divorcios, separaciones); para personas mayores que prefieren estar acompañados y compartir actividades cotidianas con personas jóvenes u otras personas mayores; o para cualquier persona u hogar que requiera cobertura, temporal pero estable, para su necesidad de alojamiento de forma económicamente asequible y sin otras ataduras o cargas adicionales.
Adicionalmente, pueden ser beneficiarias de los alojamientos colaborativos personas pertenecientes a la comunidad investigadora, educativa o deportiva o que desean permutar su vivienda en la modalidad de realojo simultáneo, según el protocolo de permutas del Ayuntamiento de Sevilla. La promoción de los alojamientos colaborativos será pública a través de Emvisesa, por sí sola o con colaboraciones público-privadas previos procedimientos de licitación.
Las rentas mensuales de los alojamientos serán determinadas por Emvisesa en cada convocatoria y, en todo caso, deberán ser inferiores al 0,70 del valor del Índice de Precio de Referencia del Alquiler de Sevilla (IPRA) establecido para el barrio en el que se ubique cada promoción. A estos precios, deberá sumarse el importe por la limpieza de repaso diario de los alojamientos, conforme al contrato que se establezca, así como lo de los servicios de aparcamiento de coche y moto, en su caso. Este arrendamiento podrá renovarse anualmente en tanto se sigan cumpliendo todos los requisitos que dan origen a la situación de transitoriedad.
Con la modificación del Plan Municipal de Vivienda, Suelo y Rehabilitación, este se adapta además a los cambios normativos y las planificaciones realizadas en materia de vivienda a nivel de comunidad autónoma (Plan Vive 2020-2030 y nueva Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía), Estado (Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 y Real Decreto-ley 26/2020 de reactivación económica para hacer frente a las consecuencias de la pandemia) y europeo (fondos Next Generation). En la práctica, supone amparar en el documento modificado nuevas fuentes de financiación vía ayudas directas o inversiones.