Los inquilinos de Emvisesa reciben, hasta la fecha, un millón de euros en ayudas tramitadas por la empresa municipal en el marco del Plan Alquila 2018-2020

En el BOJA núm. 96, con fecha de 21 de mayo, se ha publicado Anuncio de 15 de mayo de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, de resolución favorable relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31.9) y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19.9).

Se publican los anexos que comprenden a las personas beneficiarias del Programa General y Vulnerabilidad con ingresos correspondientes al Grupo 1 (el más vulnerable), que presentaron su solicitud el primer día (10/12/2018):

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Emvisesa ha tramitado para sus inquilinos 900 solicitudes de ayuda en el marco del programa Alquila 2018-2020, de los cuales 74 se corresponden con familias vulnerables, 98 del grupo de menores de 35 años y 728 pertenecen al grupo general.

Alquila: importes concedidos

 

A fecha de hoy, tras dos resoluciones publicadas en el BOJA y las comunicadas de manera individual, 288 solicitudes ya han conseguido la condición de favorables, lo cual supone que estas familias han resultado beneficiarias de un total de 976.483,68 euros, correspondientes a los años 2018-2020. La media de la ayuda que recibirá cada familia para el abono de sus recibos de alquiler asciende a 3.390,57euros.

El cupo general recibe ayudas correspondientes al 40% de su renta de alquiler, mientras que el cupo de menores de 35 años lo hace por el 50% de su renta de alquiler y el cupo de personas vulnerables puede alcanzar el 75% del total de su renta. Las personas mayores de 65 años pertenecientes al grupo general también reciben ayudas equivalentes al 50% de su renta de alquiler.

Emvisesa, entidad colaboradora en los planes Alquila desde el año 2016, espera que las ayudas autonómicas tramitadas para sus inquilinos alcancen un valor de 3.700.000 euros (Plan Alquila 2016 y 2017 y estimación de 2018, 2019 y 2020).

En el año 2016 se recepcionaron un total de 520 solicitudes de ayuda al alquiler en el marco del Plan Alquila, de las cuales 509 fueron de inquilinos de Emvisesa.  Los 357 beneficiarios inquilinos de Emvisesa recibieron 364.789,93 euros. En el año 2017 se recepcionaron un total de 750 solicitudes de ayuda al alquiler en el marco del Plan Alquila, de las cuales 540 fueron de inquilinos de Emvisesa.  Los 323 beneficiarios inquilinos de Emvisesa recibieron 319.858,14 euros. En el año 2018, que se corresponde con la edición actual del Plan Alquila 2018-2020, se han recepcionado un total de 904 solicitudes, de las cuales 900 corresponden a inquilinos de Emvisesa. Hasta el momento han recibido una cantidad próxima al millón de euros en ayudas al alquiler y aún quedan listados por publicar por parte de la Consejería”, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Se emitieron 2.300 cartas a inquilinos de Emvisesa informando de requisitos y plazo de solicitud, así como teléfonos de información y cita previa para su entrega. Además, 1.491 personas no inquilinas de Emvisesa fueron atendidas para ayudarles a presentar sus solicitudes de ayuda en la Delegación de Vivienda de la Junta de Andalucía.

La previsión es que los inquilinos de Emvisesa reciban una media cercana al millón de euros anual durante los años 2018, 2019 y 2020. Se trata de más de 100 euros mensuales para cada uno de los solicitantes que cumplan los requisitos, alcanzando 175 euros para menores de 35 y mayores de 65 años. Estos inquilinos de Emvisesa abonan 250 euros mensuales de alquiler como media.

Emvisesa analizará los listados y contactará con sus inquilinos beneficiarios.

La Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla tan sólo ha publicado una parte de los listados de beneficiarios. Durante los próximos días continuará publicando nuevos listados que Emvisesa trasladará a este mismo sitio web.

Más información en el 955 476 112.

Plan Alquila: listado de expedientes con resolución favorable relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y jóvenes

En el BOJA núm. 87, con fecha de 8 de mayo, se ha publicado Anuncio de 30 de abril de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, de la resolución favorable, condicionada al cumplimiento de los requisitos, relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).

Se publican los anexos que comprenden a las 557 personas beneficiarias del Programa General Vulnerabilidad, así como las del Programa Joven, que presentaron su solicitud el primer día (10/12/2018):

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Emvisesa, entidad colaboradora en los planes Alquila desde el año 2016, espera que las ayudas autonómicas tramitadas para sus inquilinos alcancen un valor de 3.700.000 euros (Plan Alquila 2016 y 2017 y estimación de 2018, 2019 y 2020).

Presentación del Informe Semestral de la OMDV. Felipe Castro y Juan Manuel Flores.
Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, y Juan Manuel Flores, delegado de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social del Ayuntamiento de Sevilla. Archivo de Emvisesa.

“En el año 2016 se recepcionaron un total de 520 solicitudes de ayuda al alquiler en el marco del Plan Alquila, de las cuales 509 fueron de inquilinos de Emvisesa.  Los 357 beneficiarios inquilinos de Emvisesa recibieron 364.789,93 euros. En el año 2017 se recepcionaron un total de 750 solicitudes de ayuda al alquiler en el marco del Plan Alquila, de las cuales 540 fueron de inquilinos de Emvisesa.  Los 323 beneficiarios inquilinos de Emvisesa recibieron 319.858,14 euros. En el año 2018, que se corresponde con la edición actual del Plan Alquila, se han recepcionado un total de 904 solicitudes, de las cuales 900 corresponden a inquilinos de Emvisesa”, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Se emitieron 2.300 cartas a inquilinos de Emvisesa informando de requisitos y plazo de solicitud, así como teléfonos de información y cita previa para su entrega. Además, 1.491 personas no inquilinas de Emvisesa fueron atendidas para ayudarles a presentar sus solicitudes de ayuda en la Delegación de Vivienda de la Junta de Andalucía.

La previsión es que los inquilinos de Emvisesa reciban una media cercana al millón de euros anual durante los años 2018, 2019 y 2020. Se trata de más de 100 euros mensuales para cada uno de los solicitantes que cumplan los requisitos, alcanzando 175 euros para menores de 35 y mayores de 65 años. Estos inquilinos de Emvisesa abonan 250 euros mensuales de alquiler como media.

Próximamente, Emvisesa analizará los listados, contactará con sus inquilinos beneficiarios y publicará los datos de interés relacionados con los expedientes tramitados para inquilinos de su parque de viviendas en alquiler.

Emvisesa publica las listas definitivas de admitidos y excluidos en la convocatoria para adjudicar 18 viviendas en alquiler con opción a compra situadas en Pino Montano, Sevilla Este y Torrelaguna

Una vez finalizado el plazo de alegaciones establecido en la convocatoria pública para adjudicar 18 viviendas en alquiler con opción a compra, situadas en Pino Montano, Torrelaguna (Torreblanca) y Polígono Aeropuerto (Sevilla Este), y analizadas las solicitudes presentadas, Emvisesa procede a publicar las listas definitivas de admitidos en los cupos general y de personas menores de 35 años.

Las listas recogen las cuatro últimas cifras y la letra del DNI o documento de identificación personal de cada solicitante admitido, así como las iniciales de sus apellidos y nombre, y el cupo y zona de su elección. Junto a estos datos aparece un número adjudicado aleatoriamente mediante un programa informático con el que participará en el sorteo ante notario cuyo método y día de celebración serán anunciados en este mismo sitio web.

El listado se encuentra ordenado alfabéticamente según las iniciales del apellido aunque, para mayor comodidad, la mayoría de lectores de PDF permiten una búsqueda según las últimas cifras del DNI (abra el archivo y pulse CONTROL + F).

Si encuentra alguna dificultad o desea resolver alguna duda puede utilizar el formulario de contacto de Emvisesa o contactar con nuestros  teléfonos de ayuda: 955 476 000, 955 476 189, 955 476 054, 955 476 161, 955 746 135, 955 476 114 y 955 476 062. Si alguno comunica, marquen el siguiente número de la lista.


LISTADO DEFINITIVO DE SOLICITUDES ADMITIDAS:

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LISTADO DEFINITIVO DE SOLICITUDES EXCLUIDAS:

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Emvisesa anunciará en este mismo sitio web la fecha del sorteo ante notario entre los admitidos, que determinará el orden de prelación con el que posteriormente se les citará para la reserva de las viviendas, hasta que no quede ninguna vacante. A cada solicitante se le ha asignado un número aleatorio con el que participará en dichos sorteos. El resultado de los sorteos se publicará en este mismo sitio web (suscríbete y recibirás los avisos en tu correo electrónico de manera gratuita).

Una vez reservadas y contratadas todas las viviendas se publicará en esta web el último número que ha obtenido vivienda, quedando anulados todos los posteriores.

Mientras se mantenga en vigor el actual estado de alarma no será posible celebrar un sorteo con público asistente, por lo que Emvisesa buscará el medio más óptimo y equilibrado para cumplir la normativa, garantizar la seguridad y conferir transparecia al proceso de adjudicación.


Las viviendas tienen las siguientes características y ubicaciones:

– Dos viviendas de 2 dormitorios y una de 3 dormitorios en la manzana MA.3.1. Polígono Aeropuerto, Sevilla Este. Total: 3 viviendas.

Promoción de viviendas en alquiler en Sevilla Este.
Promoción de viviendas en alquiler en Sevilla Este.

– Una vivienda de 2 dormitorios y tres viviendas de 3 dormitorios en la Manzana P6 de Pino Montano. Total: 4 viviendas.

La mayoría de las solicitudes presentadas proceden de inquilinos de Pino Montano, Sevilla Este y Torreblanca.
Manzana P6 de Pino Montano.

– Diez viviendas de 3 dormitorios y una vivienda de 2 dormitorios en Torreblanca, manzanas S3 y S6 de Torrelaguna. Total: 11 viviendas.

Torrelaguna.
Torrelaguna.

La renta de arrendamiento de las viviendas ofertadas está en torno a los 340,58 euros mensuales (IVA y gastos excluidos). Todas tienen plaza de garaje y algunas trasteros vinculados.

Emvisesa prevé que queden vacantes viviendas de similares características  en las mismas promociones, las cuales incrementarán las 18 viviendas inicialmente previstas para esta Convocatoria.

Las viviendas se adjudicarán a través 2 cupos excluyentes entre sí, que serán los siguientes:

1-Cupo destinado a menores de 35 años. El requisito de la edad, a los efectos de ser destinatario de vivienda protegida y, en su caso, de financiación cualificada, deberá ser cumplido por el destinatario que aporte la totalidad o la mayor parte de los ingresos familiares. Para este cupo se reservarán un total de 9 viviendas, que son las siguientes:

  • Dos viviendas de 2 dormitorios en la manzana MA.3.1. Polígono Aeropuerto (Sevilla Este).
  • Una vivienda de 2 dormitorios en la manzana P6 de Pino Montano.
  • Una vivienda de 2 dormitorios, y cinco de 3 dormitorios en Torreblanca, manzanas S3 y S6 de Torrelaguna.

2-Cupo general. Para este cupo se reservarán un total de 9 viviendas:

  • Una vivienda de 3 dormitorios en la manzana MA.3.1. Polígono Aeropuerto (Sevilla Este).
  • Tres viviendas de 3 dormitorios en la manzana P6 de Pino Montano.
  • Cinco viviendas de 3 dormitorios en Torreblanca, manzanas S3 y S6 de Torrelaguna. 

Todos los adjudicatarios tendrán que encontrarse inscritos en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida en el momento de realizar la reserva de la vivienda.

Son requisitos imprescindibles para proceder a la contratación de una vivienda:

– Encontrarse inscrito en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla en el momento de reservar la vivienda.

En el momento de reservar la vivienda: acreditar ingresos de la unidad familiar o de convivencia que garanticen el pago de la renta, mediante fotocopia de la declaración de la renta del año 2018, seis últimas nóminas o certificado acreditativo de la pensión. Se entenderá que se cumple este requisito, cuando el importe de la renta no supere el 25% de los ingresos de la unidad familiar.

El incumplimiento de alguno de estos supondrá la pérdida del derecho a la adjudicación de las viviendas de esta convocatoria.

Emvisesa publica las listas definitivas de admitidos en las convocatorias para adjudicar 14 viviendas protegidas en régimen de alquiler con opción a compra en Sevilla Este. El sorteo será el martes 23.

Una vez concluido el plazo para presentar alegaciones a las listas provisionales de admitidos en las tres convocatorias para acceder a 14 viviendas en régimen de alquiler con opción a compra en Polígono Aeropuerto (Sevilla Este), Emvisesa procede a publicar las listas definitivas de admitidos con el número aleatorio con el que participarán en el sorteo.

Los destinatarios de estas viviendas son tres grupos especialmente protegidos, concretamente personas mayores de 65 años, jóvenes menores de 35 años y personas procedentes de ruptura familiar.

Se trata de tres convocatorias diferentes cuyas tres listas de admitidos definitivos se encuentran ordenadas alfabéticamente por apellido. Por motivos de protección de datos personales sólo aparecen las iniciales del nombre, del primer apellido y los últimos 5 dígitos del DNI. Los más sencillo es localizarse mediante la inicial del apellido y comprobar la coincidencia con los últimos dígitos del DNI. Se incluye una última columna con el número aleatorio asignado a cada solicitante para participar en los sorteos que establecerán el orden de prelación.

Emvisesa ha recibido 756 solicitudes de menores de 35 años, 121 de personas procedentes de ruptura familiar y 59 de mayores de 65 años.

El martes 23 de julio a las 9:30  se celebrarán  los tres sorteos ante notario para determinar el orden de prelación, con el que posteriormente se citará para la reserva de las viviendas, hasta que no quede ninguna vacante. A cada solicitante se le ha asignado un número aleatorio con el que participará en dicho sorteo. El sorteo se transmitirá en directo a través del Canal del Ayuntamiento de Sevilla y su resultado se publicará en este mismo sitio web.

Si desea asistir al sorteo puede hacerlo, hasta agotar aforo, en la sede de Emvisesa (le rogamos nos lo haga saber mediante un correo electrónico a correo@emvisesa.org). Si no desea desplazarse para asistir al sorteo en la sede de Emvisesa, puede seguirlo en directo desde internet en este enlace.

Las 14 viviendas que forman parte de estas tres convocatorias se encuentran en la manzana MC-1.2 de Polígono Aeropuerto, en Sevilla Este. La promoción se compone de un total de 225 viviendas, calificadas en régimen de alquiler con opción a compra. Existen 6 viviendas en régimen de alquiler con opción a compra destinadas a personas que no hayan cumplido 35 años, 3 viviendas para personas procedentes de ruptura de su unidad familiar y 5 viviendas para personas que hayan cumplido los 65 años.

Se trata de viviendas destinadas a inquilinos cuyos ingresos no superen 5,5 veces el IPREM y sus rentas de arrendamiento se encuentran en torno a 300 euros. Al tratarse de viviendas en régimen de alquiler con opción a compra, los adjudicatarios tendrán la posibilidad de adquirir en propiedad las viviendas.

Emvisesa ya se encuentra preparando nuevas convocatorias para adjudicar viviendas protegidas.

LISTADO DEFINITIVA DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 5 VIVIENDAS A MAYORES DE 65 AÑOS EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 3 VIVIENDAS A PERSONAS PROCEDENTES DE RUPTURA FAMILIAR EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 6 VIVIENDAS A MENORES DE 35 AÑOS EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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Emvisesa publica las listas provisionales de admitidos en las convocatorias para adjudicar 14 viviendas protegidas en régimen de alquiler con opción a compra en Sevilla Este

Una vez concluido el plazo para participar en las tres diferentes convocatorias para acceder a 14 viviendas en régimen de alquiler con opción a compra en Polígono Aeropuerto (Sevilla Este), Emvisesa procede a publicar las listas provisionales de admitidos.

Los destinatarios de estas viviendas son tres grupos especialmente protegidos, concretamente personas mayores de 65 años, jóvenes menores de 35 años y personas procedentes de ruptura familiar.

Se trata de tres convocatorias diferentes cuyas tres listas de admitidos provisionales se encuentran ordenadas alfabéticamente por apellido. Por motivos de protección de datos personales sólo aparecen las iniciales del nombre, del primer apellido y los últimos 5 dígitos del DNI. Los más sencillo es localizarse mediante la inicial del apellido y comprobar la coincidencia con el DNI.

Emvisesa ha recibido 756 solicitudes de menores de 35 años, 121 de personas procedentes de ruptura familiar y 58 de mayores de 65 años.

Desde hoy y hasta el jueves 18 de julio a las 14:30, ambos inclusive, se podrán presentar en la sede de Emvisesa (avenida de la Ingeniería, 9) las alegaciones oportunas para subsanar los posibles errores observados. El viernes 19 se publicarán los listados definitivos de admitidos y se anunciará la fecha de celebración de los tres sorteos ante notario para determinar el orden de prelación, con el que posteriormente se les citará para la reserva de las viviendas, hasta que no quede ninguna vacante. A cada solicitante se le asignará un número aleatorio con el que participará en dicho sorteo. El sorteo se transmitirá en directo a través de los canales del Ayuntamiento de Sevilla y/o Emvisesa en YouTube y su resultado se publicará en este mismo sitio web.

Las 14 viviendas que forman parte de estas tres convocatorias se encuentran en la manzana MC-1.2 de Polígono Aeropuerto, en Sevilla Este. La promoción se compone de un total de 225 viviendas, calificadas en régimen de alquiler con opción a compra. Existen 6 viviendas en régimen de alquiler con opción a compra destinadas a personas que no hayan cumplido 35 años, 3 viviendas para personas procedentes de ruptura de su unidad familiar y 5 viviendas para personas que hayan cumplido los 65 años.

Se trata de viviendas destinadas a inquilinos cuyos ingresos no superen 5,5 veces el IPREM y sus rentas de arrendamiento se encuentran en torno a 300 euros. Al tratarse de viviendas en régimen de alquiler con opción a compra, los adjudicatarios tendrán la posibilidad de adquirir en propiedad las viviendas.

Emvisesa ya se encuentra preparando nuevas convocatorias que se anunciarán en su web www.emvisesa.org

LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 5 VIVIENDAS A MAYORES DE 65 AÑOS EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 3 VIVIENDAS A PERSONAS PROCEDENTES DE RUPTURA FAMILIAR EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS EN LA CONVOCATORIA PARA ADJUDICAR 6 VIVIENDAS A MENORES DE 35 AÑOS EN POLÍGONO AEROPUERTO SEVILLA ESTE:

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Los inquilinos de Emvisesa que han resultado beneficiarios del plan de ayudas “Alquila 2017” recibirán 320.000 euros con los que abonar la mitad de sus rentas de alquiler

El 60% de las solicitudes tramitadas por Emvisesa ha resultado beneficiaria de la ayuda al alquiler. Durante los últimos cuatro años el Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha tramitado ayudas a familias con pocos recursos por valor de más de 6 millones de euros. La previsión es que los inquilinos de la empresa pública de la vivienda reciban una media superior al millón de euros anual durante los años 2018, 2019 y 2020. Las ayudas cubren entre el 40% y el 75% de unas rentas que, como media, se sitúan en 200 euros mensuales.

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha publicado la resolución definitiva relativa a la convocatoria de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la comunidad autónoma de Andalucía para el ejercicio 2017, conocidas como Alquila 2017.

El listado se encuentra publicado en el siguiente enlace de la web emvisesa.org

La resolución declara la existencia de crédito disponible en el ejercicio 2018 para la convocatoria 2017 y añade una cuantía adicional a su importe de 1.300.000 euros en la partida presupuestaria. En consecuencia, el importe de la convocatoria con la cuantía adicional queda establecido en 16.300.000 euros, de los que 4.568.319,40 euros corresponden a la provincia de Sevilla.

Debido al vencimiento de la anualidad 2017, el abono de la subvención se hará en un pago único. Dicho pago será en firme de las mensualidades justificadas.

Emvisesa, como entidad colaboradora de este “Plan Alquila 2017” tramitó un total de 750 solicitudes válidas durante el plazo de presentación de solicitudes, que fue del 7 de julio al 7 de agosto de 2017, de las que 540 correspondieron a inquilinos de la empresa municipal y 210 a particulares. Se trata de un considerable incremento de 230 expedientes respecto a los tramitados en la anterior convocatoria del Plan Alquila.

Evolución de las solicitudes de ayuda al alquiler tramitadas por Emvisesa.

La resolución definitiva del Plan Alquila 2017 considera que 323 expedientes tramitados por Emvisesa para sus inquilinos cumplen con todos los requisitos, por lo que recibirán ayudas por un importe total de 319.858,14 euros, en una media cercana a los 1.000 euros por solicitante para rentas de alquiler de 2.400 euros anuales. El 60% de las ayudas tramitadas por Emvisesa han resultado beneficiarias definitivas del Plan Alquila 2017. La mayor parte de los expedientes desistidos lo son por incompatibilidad con otras ayudas públicas, no encontrarse los solicitantes al corriente con los pagos a Hacienda o la Seguridad Social y no aportar la documentación justificativa correspondiente.

El abono de la subvención se hará en un pago en firme de las mensualidades que se hallen justificadas ante la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, conforme al artículo 21 de la Orden de 29 de junio de 2016 y Anexo IV de la Orden de Convocatoria.

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha realizado un gran esfuerzo para que las ayudas al alquiler lleguen al mayor número posible de familias sevillanas y, muy particularmente, a las inquilinas de viviendas pertenecientes al parque municipal de alquiler. Hemos pasado de 520 solicitudes tramitadas en 2016, a 750 en 2017 y 900 en la última convocatoria.  Se trata de un incremento de más del 73%. Durante los últimos cuatro años, y en coordinación con la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, Emvisesa ha tramitado ayudas a familias con pocos recursos por valor de más de 6 millones de euros”, ha expresado Juan Manuel Flores, delegado de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales del Ayuntamiento de Sevilla.

Emvisesa, tal y como ya hizo en las convocatoria 2016 y 2017, ha vuelto a participar este año como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas del Plan Alquila 2018.

Concretamente la empresa pública de la vivienda ha tramitado 900 solicitudes en el marco del Plan Alquila 2018, en su práctica totalidad correspondientes a inquilinos de Emvisesa.

Las ayudas del Plan Alquila cubren entre el 40% y el 75% de la renta de alquiler que abonan los inquilinos. En el caso de las solicitudes de inquilinos de Emvisesa, han supuesto una media del 50%, por lo que el inquilino abona 100 euros y la ayuda al alquiler cubre los 100 restantes.

La convocatoria Alquila 2018, que finalizó el 9 de enero de 2019, posee una serie de novedades y características que la hacen especialmente atractiva. A diferencia de ediciones anteriores esta convocatoria va a cubrir, con una sola solicitud, ayudas para los años 2018, 2019 y 2020. No será necesario, por tanto, volver a presentar solicitudes los próximos dos años, bastando con comunicar los cambios en las circunstancias declaradas en la solicitud de esta edición 2018. Los destinatarios son personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda habitual que no abonen más de 600 euros de renta mensual, no tengan vivienda en propiedad y posean unos límites de ingresos de entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM, según los casos. En esta edición 2018, existe un cupo especial dedicado a jóvenes menores de 35 años. Las ayudas suponen, con carácter general, el 40% del importe mensual de renta que abonan los solicitantes beneficiarios, incrementándose hasta el 50% en el caso de mayores de 65 años y menores de 35, y hasta el 75% en el caso de situaciones de especial vulnerabilidad. Finalmente, la financiación, sumando los importes estatal y autonómico, supera los 57 millones de euros para el trienio, correspondiéndole 14.336.040 euros a la provincia de Sevilla.

Emvisesa espera una notable subida de las ayudas recibidas por inquilinos de Emvisesa en la edición 2018 del Plan Alquila.

Nuestra previsión es que los inquilinos de Emvisesa reciban una media superior al millón de euros anual durante los años 2018, 2019 y 2020. Se trata de más de 100 euros mensuales para cada uno de los solicitantes que cumplan los requisitos, alcanzando 175 euros para menores de 35 y mayores de 65 años. Estos inquilinos de Emvisesa abonan 200 euros mensuales de alquiler como media”, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Emvisesa ha asesorado a sus más de 2.600 inquilinos a través de cartas, correos electrónicos y llamadas telefónicas, habiendo presentado el 35% de ellos la solicitud para recibir ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados “Alquila 2018”. Estos 900 inquilinos de Emvisesa podrían recibir más de 3.000 euros en el trienio 2018, 2019 y 2020.

El Ayuntamiento de Sevilla facilita a través de Emvisesa el acceso a ayudas al alquiler de la Junta a más de 400 inquilinos de viviendas municipales con rentas bajas

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha tramitado  752 solicitudes de ayuda al alquiler para inquilinos con pocos recursos por un importe estimado de 770.000 euros, a través de la convocatoria de la Consejería de Fomento y Vivienda de la que Emvisesa forma parte como entidad colaboradora.

En esta edición 2017 del programa de ayudas para inquilinos con ingresos limitados de la Junta de Andalucía, Emvisesa ha tramitado un 45% más de solicitudes que en la anterior, cuando se alcanzaron las 520.
En esta edición 2017 del programa de ayudas para inquilinos con ingresos limitados de la Junta de Andalucía, Emvisesa ha tramitado un 45% más de solicitudes que en la anterior, cuando se alcanzaron las 520.

De estas ayudas, correspondientes con la convocatoria 2017, 553 solicitudes se corresponden con inquilinos de viviendas municipales  que podrían acceder a 400.000 euros de ayudas, ya que 414 de las mismas cumplen todos los requisitos y se encuentran por tanto en los listados provisionales de beneficiarios y suplentes.

3 de cada 4 solicitudes de inquilinos de Emvisesa tramitadas por la Empresa de la Vivienda cumplen todos los requisitos para obtener las ayudas al alquiler. Un 10% extra cumple todos los requisitos salvo el del resos. Los 79 suplentes pueden recibir las ayudas si existen beneficiarios provisionales que no aporten la documentación requerida por la Consejería de Fomento y Vivienda, como por ejemplo la justificación de los pagos de la renta de alquiler. Emvisesa ha facilitado los justificantes de todos sus inquilinos.

La Consejería de Fomento ya ha publicado dichos listado de personas beneficiarias y suplentes, así como las solicitudes desfavorables, las desistidas y las renuncias. De acuerdo con estos listados, el 75% de las solicitudes tramitadas por Emvisesa para sus inquilinos cumplen con todos los requisitos para ser adjudicatarias.

Así, 335 inquilinos de viviendas de Emvisesa están incluidos en el listado de beneficiarios provisionales con ayudas por un importe de 310.810 euros, mientras que otros 79 cumplen con todos los requisitos y forman parte de la lista de suplentes por un importe de 88.741 euros.

La cantidad definitiva de las ayudas se conocerá cuando la Consejería de Fomento y Vivienda publique los listados definitivos de beneficiarios. Las estimaciones de Emvisesa, basadas en los listados provisionales, indican que el Ayuntamiento de Sevilla a través de su Empresa de la Vivienda ha tramitado ayudas por valor de 770.000 euros. Un mínimo de 335 inquilinos de viviendas de Emvisesa recibirán  310.810 euros en ayudas para abonar su renta, mientras que existen otros 133 inquilinos suplentes que podrían recibir 140.000 euros en caso de disponibilidad presupuestaria. 79 de ellos lo tienen más fácil para cobrar 88.471 euros, al cumplir el requisito del límite de ingresos máximo establecido para su unidad de convivencia (CLIUC).

Finalmente existen 54 inquilinos de viviendas de Emvisesa que cumplen los requisitos pero superan la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia (CLIUC), por lo que sólo recibirían ayudas valoradas en 55.000 euros si el crédito dispuesto por el Programa de Ayudas les alcanzase. En tal caso, las ayudas tramitadas por Emvisesa para inquilinos de viviendas municipales superarían los 450.000 euros.

La participación de Emvisesa en este programa de ayudas al alquiler para rentas bajas forma parte de la estrategia de función social de la Empresa Municipal de la Vivienda, desarrollada durante este mandato, y de los objetivos determinados para la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV).

El lunes 17 de septiembre finaliza el plazo para que beneficiarios y suplentes puedan presentar una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés de Sevilla (o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), aportando las alegaciones oportunas y/o la documentación requerida por la Consejería en los listados provisionales. Las solicitudes desfavorables, renuncias y desistidas pueden presentar recurso de reposición hasta el 3 de octubre.

Más información

Guía de ayuda para los solicitantes de las ayudas para el alquiler de viviendas “Alquila 2017”

La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda publicó el pasado 3 de septiembre los listados de personas beneficiarias provisionales y suplentes, así como el de solicitudes desestimadas, relativos a la convocatoria de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los listados, en PDF, pueden descargarse en la web de Emvisesa, así como en la de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.

¿Qué deben hacer los solicitantes de la ayuda al alquiler según el estado de su solicitud? PLAZO HASTA EL LUNES 17 DE SEPTIEMBRE

1. Los beneficiarios provisionales son aquellos que cumplen todos los requisitos y, además, existe crédito presupuestario para que reciban la ayuda al alquiler. Deberán aportar, salvo que ya lo hayan hecho, la documentación siguiente:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

Deben presentar, hasta el lunes 17 de septiembre, una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aclarando que son beneficiarios provisionales y adjuntan los documentos que les faltaban. Es importante que escriban en la instancia el número de su código de solicitud o expediente, por ejemplo 41-AI-PAIQ-00000/17.

2. Los beneficiarios suplentes son aquellos que cumplen los requisitos para recibir la ayuda pero según la previsión actual de la Consejería de Fomento y Vivienda no hay crédito suficiente. Quedan, por tanto, en reserva. Deberán aportar, salvo que ya lo hayan hecho, la documentación siguiente:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

Deben presentar, hasta el lunes 17 de septiembre, una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, aclarando que son beneficiarios provisionales y adjuntan los documentos que les faltaban. Es importante que escriban en la instancia el número de su código de solicitud o expediente, por ejemplo 41-AI-PAIQ-00000/17.

3. Las solicitudes desfavorables son aquellas que no cumplen alguno de los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda al alquiler. Tienen la posibilidad de alegar presentando dichas alegaciones en el Anexo III con los documentos que estimen oportunos. Además, podrán presentar hasta el lunes 17 de septiembre en el Registro de la Plaza de San Andrés o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la misma documentación que los beneficiarios provisionales y suplentes:

  • Ficha de mantenimiento de terceros, sellada por el banco.
  • Anexo II con los recibos justificativos de los pagos de la renta de alquiler en 2017 o bien el Anexo IV firmado por su arrendador .
  • Si declaró ser vulnerable, el certificado de vulnerabilidad.

4. Las solicitudes desistidas son aquellas que no han presentado la documentacion requerida, lo han hecho fuera de plazo o no aportaron la documentación especificamente requerida. Podrán interponer hasta el 3 de octubre, si no están de acuerdo con la resolución, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

5. Las solicitudes inadmitidas son aquellas presentadas fuera de plazo. Podrán interponer hasta el 3 de octubre, si no están de acuerdo con la resolución, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

6. Las renuncias también podrán interponer, si consideran que ha existido algún error, hasta el 3 de octubre, un RECURSO DE REPOSICIÓN (o directamente recurso en la via judicial).

 

Hasta el viernes 25 se puede subsanar la solicitud de ayuda al alquiler para rentas bajas “Alquila 2017”

Una vez examinadas las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva
de las Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de
vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017, se requiere a las personas interesadas que se relacionan en el Anexo I para que procedan a la subsanación de los extremos que no se hubieran cumplimentado en la solicitud y/o la aportación de los documentos acreditativos de los mismos.

La subsanación será presentada ante el mismo órgano en que se tramitó la solicitud hasta el viernes 25 de mayo. Todo ello sin perjuicio de la presentación en el Portal de Atención a la Ciudadanía (las personas interesadas deberán disponer de la correspondiente firma electrónica reconocida y  la documentación a aportar deberá estar firmada electrónicamente por el órgano emisor o ser presentada de manera presencial) o en cualquier otro registro de los previstos en la normativa básica sobre procedimiento administrativo común.

Es decir, aquellas personas que presentaron su solicitud en Emvisesa pueden subsanarla, en caso necesario y de manera sencilla, de la siguiente manera:

  • Presentando la documentación que le sea requerida por la Consejería en el Anexo I (publicado bajo estas líneas) en la sede de Emvisesa durante el horario de atención al ciudadano (Avenida de la Ingeniería, 9. Parque Empresarial Arte Sacro. Local 9. 41015. SEVILLA. Días laborables, excepto sábados, de 8:30 a 14:30 horas).

Anexo I. Listado de subsanaciones necesarias, en su caso. DESCARGUE EL PDF Y RÓTELO A LA DERECHA PARA MAYOR COMODIDAD. Si la columna “Documentación a subsanar” está en blanco significa que la Consejería no le requiere subsanación. En cualquier caso, recuerde que para ser beneficiarios de la ayuda deberán en todo momento hallarse al corriente en obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

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Acuerdo de la Delegación Terrotorial de Fomento y Vivienda:

Descargar (PDF, 91KB)

Al igual que en 2016, Emvisesa ha repetido como entidad colaboradora en la tramitación de Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017.

Para el Plan Alquila 2017 Emvisesa ha tramitado 756 solicitudes de ayuda al alquiler, un 45% más que en la edición Alquila 2016. El 73% corresponden a inquilinos de Emvisesa, destacando un aumento del 1.700% en la tramitación de solicitudes de personas que no son inquilinos de Emvisesa.

Listado de personas que necesitan subsanar algún aspecto de su solicitud de Ayuda al Alquiler para Rentas Bajas “Alquila 2017”. Plazo hasta el viernes 25 de mayo.

Una vez examinadas las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva
de las Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de
vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017, se requiere a las personas interesadas que se relacionan en el Anexo I para que procedan a la subsanación de los extremos que no se hubieran cumplimentado en la solicitud y/o la aportación de los documentos acreditativos de los mismos.

La subsanación será presentada ante el mismo órgano en que se tramitó la solicitud hasta el viernes 25 de mayo.

Es decir, aquellas personas que presentaron su solicitud en Emvisesa pueden subsanarla, en caso necesario, de la siguiente manera:

  • Presentando la documentación que le sea requerida por la Consejería en el Anexo I (publicado bajo estas líneas) en la sede de Emvisesa durante el horario de atención al ciudadano (Avenida de la Ingeniería, 9. Parque Empresarial Arte Sacro. Local 9. 41015. SEVILLA. Días laborables, excepto sábados, de 8:30 a 14:30 horas).

Anexo I. Listado de subsanaciones necesarias, en su caso. DESCARGUE EL PDF Y RÓTELO A LA DERECHA PARA MAYOR COMODIDAD. Si la columna “Documentación a subsanar” está en blanco significa que la Consejería no le requiere subsanación. En cualquier caso, recuerde que para ser beneficiarios de la ayuda deberán en todo momento hallarse al corriente en obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

PLAZO CONCLUIDO.

Acuerdo de la Delegación Terrotorial de Fomento y Vivienda:

Descargar (PDF, 91KB)

Al igual que en 2016, Emvisesa ha repetido como entidad colaboradora en la tramitación de Ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Alquila 2017.

Para el Plan Alquila 2017 Emvisesa ha tramitado 756 solicitudes de ayuda al alquiler, un 45% más que en la edición Alquila 2016. El 73% corresponden a inquilinos de Emvisesa, destacando un aumento del 1.700% en la tramitación de solicitudes de personas que no son inquilinos de Emvisesa.

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