El Gobierno central aportará a Emvisesa cuatro millones de euros en 2021 para colaborar en la construcción de viviendas en alquiler y alojamientos colaborativos

El Ayuntamiento de Sevilla, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio han suscrito un protocolo de colaboración para fomentar la promoción de viviendas destinadas a alquiler asequible o social en la ciudad y que viene a reforzar la estrategia coordinada por Emvisesa a través del Plan Municipal de Vivienda. Este protocolo sirve de base para nuevas iniciativas conjuntas. La primera de ellas será la aportación de cuatro millones de euros por parte del Gobierno central para contribuir a la construcción de viviendas en alquiler y  alojamientos colaborativos. El objetivo es que esta colaboración se mantenga al menos tres anualidades hasta llegar a los 12 millones de euros.

Juan Espadas, alcalde de Sevilla; Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; y Marifran Carazo, consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Teriitorio.
Juan Espadas, alcalde de Sevilla; Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; y Marifran Carazo, consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Teriitorio.

Las políticas públicas de vivienda son una prioridad para generar oportunidades para jóvenes, para muchas unidades familiares y también para sectores económicos vinculados a la construcción. Este protocolo viene a reforzar la alianza entre todas las administraciones en la ciudad de Sevilla y a complementar los trabajos de una estrategia ambiciosa y potente que hemos desarrollado desde el Ayuntamiento de Sevilla a través del nuevo Plan Municipal de Vivienda que tenemos en ejecución”, explicó el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, quien firmó hoy el protocolo con Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; y  Marifran Carazo, consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Juan Espadas, alcalde de Sevilla; Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; y Marifran Carazo, consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Teriitorio.
Juan Espadas, alcalde de Sevilla; recibe en el Ayuntamiento a Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; y a Marifran Carazo, consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Teriitorio.

El Protocolo establece las bases generales de colaboración y cooperación entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, para fomentar la promoción de viviendas en régimen de alquiler asequible o social en los suelos de titularidad municipal o de sus organismos dependientes, calificados para uso residencial vivienda o dotacionales que admiten uso residencial vivienda, localizados en el municipio de Sevilla.

El protocolo firmado hoy entre Gobierno central, Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Sevilla es un marco de colaboración general en torno a políticas de vivienda que permite el desarrollo, entre otras iniciativas, de una aportación del Ministerio a Emvisesa por importe de 4 millones de euros al año para nuevas promociones de alquiler público y alojamientos colaborativos.

Con cargo a la primera de estas anualidades (4 millones de euros en 2021) el planteamiento es que el Ministerio contribuya a la financiación de varios proyectos de Emvisesa, con un total próximo a las 400 viviendas y plazas de alojamientos compartidos protegidos.

Emvisesa ya ha enviado una primera propuesta al Ministerio que incluye la promoción de 218 viviendas en Hacienda El Rosario, la rehabilitación de García Ramos (7 alojamientos colaborativos con 45 plazas), la rehabilitación edificio Calle Torneo (3 alojamientos con 12 plazas), la rehabilitación edificio Calle Jesús del Gran Poder (6 alojamientos con 24 plazas) y la rehabilitación edificio Calle Lumbreras (28 alojamientos con 112 plazas).

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana refuerza así su implicación en la ejecución de programas de vivienda pública en la ciudad de Sevilla después de que en 2020 aportara 5,6 millones de euros para nuevas promociones del Plan Municipal de Vivienda y del impulso durante este año 2021 del proyecto de viviendas en régimen de alquiler asequible en Regimiento de Artillería.

En los últimos años, el Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha adjudicado 1.273 viviendas, ha iniciado las primeras promociones nuevas de vivienda con obras en Cisneo Alto, ha incrementado el parque público de alquiler en 375 alojamientos (un 15% más), y está ejecutando con éxito el programa de compra y alquiler de viviendas vacías con un balance de 65 inmuebles adquiridos. Además, se ha logrado importantes acuerdos de financiación para el plan municipal a través del Banco Europeo de Inversiones, el ICO, entidades financieras privadas, el Ministerio o la Junta de Andalucía.

Emvisesa ha promovido más de 20.000 viviendas protegidas en las que viven alrededor de 65.000 personas y su parque de alquiler ya supera las 2.800 viviendas.

Emvisesa tramita 150 solicitudes de ayuda de inquilinos, propietarios y autónomos afectados por la crisis económica provocada por la COVID-19

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa y en coordinación con el área de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social ha aprobado y puesto en marcha diferentes programas de ayuda para aliviar los efectos económicos que la crisis de la COVID-19 está provocando en inquilinos, propietarios, autónomos, entidades sin ánimo de lucro y proveedores relacionados con la empresa municipal.

Emvisesa ha sido una de las primeras empresas promotoras de vivienda en poner en funcionamiento planes de ayuda integrales para personas afectadas por la COVID-19, dentro de la estrategia de apoyo social a familias que se coordina desde el comité de seguimiento municipal del coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y anticipándose a la normativa que se ha ido publicando en forma de Real Decreto-ley con posterioridad. Así, el 27 marzo, la empresa municipal de la vivienda de Sevilla ya publicó su Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas públicas afectados por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19. El 31 de marzo publicó el Protocolo para la aplicación de medidas excepcionales a los contratos de arrendamientos de locales comerciales, talleres y oficinas titularidad de Emvisesa para hacer frente al impacto económico del COVID-19, en el que también se dio cabida a entidades sin ánimo de lucro que desarrollan proyectos sociales en viviendas cedidas por Emvisesa en condiciones ventajosas. Finalmente, el 21 de abril, Emvisesa publicó el Protocolo excepcional para titulares de viviendas promovidas por EMVISESA con cantidades aplazadas, afectados por la crisis sanitaria derivada de la COVID19.

Se trata de un paquete de medidas que ofrece diferentes opciones a las que pueden acogerse quienes hayan visto empeorar su situación económica a causa de la crisis provocada por la pandemia de la COVID-19. El sitio web emvisesa.org detalla los diferentes programas disponibles, los requisitos de acceso y ofrece una página de ayuda y 16 líneas telefónicas de atención para los interesados.

En esencia, las ayudas consisten en una moratoria o una reducción de la renta según las posibilidades económicas del solicitante y el programa concreto al que se acoja.

Emvisesa ha previsto que las solicitudes de ayuda puedan tramitarse completamente de manera telemática, en consonancia con lo establecido por la normativa y para evitar desplazamientos y contribuir a reducir los contactos entre personas. El trámite se realiza mediante formularios alojados en el sitio web emvisesa.org y se ofrecen alternativas a la documentación a presentar. En caso de no poder aportar un certificado de Vida Laboral, de empadronamiento o la Declaración de la Renta, se ofrece la posibilidad de descargar y cumplimentar una declaración responsable.

Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Las ayudas se tramitan en base a los documentos y declaraciones responsables que los interesados aportan. Una vez se vaya relajando el estado de alarma y no existan riesgos para la salud de las personas, iremos requiriendo la documentación original necesaria”, afirma Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Hasta el momento, Emvisesa ha recibido 146 solicitudes válidas de personas que desean acogerse a alguno de los diferentes programas de ayuda para afectados por la COVID-19. Destacan las 108 solicitudes, un 74% del total, cursadas por inquilinos de Emvisesa. Le siguen las 38 solicitudes, un 26% del total, presentadas por arrendatarios de locales, talleres y oficinas propiedad de Emvisesa, en su mayoría emprendedores autónomos que han visto su negocio cerrado o su actividad muy mermada. Las solicitudes de propietarios de viviendas de Emvisesa han sido redirigidas a otros programas, por no cumplir los requisitos.

Ayudas a inquilinos

El 4 de abril la empresa municipal adaptó su protocolo de ayuda a inquilinos afectados por la COVID-19 al Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, lo cual implicó que los solicitantes pudieran acogerse al programa de ayudas propias de Emvisesa o a las reguladas por la citada norma.

Emvisesa cuenta con 2.798 inquilinos, de los que un 3,85% ha solicitado acogerse a alguno de los dos programas de ayuda (Emvisesa COVID-19 y Estatal COVID-19) disponibles. El programa propio de Emvisesa cuenta con mejores condiciones para la mayor parte de los potenciales solicitantes y ha acumulado el 93% de las solicitudes, mientras que el Estatal ha recibido el 7% restante.

 

Desde la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, entidad coordinadora de las ayudas a inquilinos, se está estudiando caso por caso y recomendando el programa más beneficioso para cada solicitante. Por ello, es posible que algunas de las ayudas no concedidas acaben siendo aprobadas en segunda opción y que algunas ayudas pre aprobadas en un programa, pasen a otro si éste es más beneficioso para los solicitantes”, afirma Felipe Castro.

El 70,37% de las ayudas solicitadas se han concedido o están pendientes de aportar algún documento para su aprobación, mientras que el 29,63% restante no han sido concedidas, pudiendo algunas acceder a otro programa. Los motivos fundamentales para no aprobar la concesión de la ayuda son el no demostrarse vulnerabilidad, tal y como exige el protocolo y el Real Decreto-ley que regula estas ayudas, o bien no hallarse correlación entre la situación económica y la crisis provocada por la COVID-19.

Cada solicitud supone, de media, una ayuda de 256 euros mensuales. En caso de llegar a las 420 ayudas concedidas (un 15% del parque de alquiler), Emvisesa dejaría de ingresar más de 107.000 euros mensuales.

El 55% de las personas que se han acogido al programa de ayuda propio de Emvisesa abonará una renta mensual equivalente al 10% de sus ingresos (con un mínimo de 75€ de renta mensual) hasta que se decrete el fin del estado de alarma o la empresa municipal lo anuncie en su sitio web. El 17% abonará una renta equivalente al 5% de sus ingresos mensuales disponibles (con un mínimo de 45 euros mensuales) y el 28% restante abonará 25 euros mensuales de renta de alquiler.

En el 59% de las ayudas aprobadas los solicitantes se han visto afectados por un expediente de regulación de empleo (ERTE); en el 23% se trataba de autónomos obligados a un cese de actividad; un 5% de las familias han sufrido ambas casuísticas, mientras que en el 13% restante se ha dado una situación de desempleo que afecta a la unidad de convivencia.

Ayuda a autónomos

Emvisesa ha recibido 38 solicitudes de arrendatarios de locales, oficinas y talleres propiedad de la empresa municipal. En su mayoría se trata de emprendedores y pequeños empresarios autónomos que han visto sus negocios cerrados o su actividad muy mermada a causa de la COVID-19.

El 89,5% de las solicitudes están completas o en trámites de completarse tras los requerimientos oportunos por parte de Emvisesa, mientras que el 10,5% restante aún tienen la oportunidad de ajustarse a los requisitos exigidos en el protocolo de ayuda.

Una vez aprobadas las ayudas y de manera general, los solicitantes gozarán de un aplazamiento por el que podrán dejar de abonar hasta el 50% de sus recibos de alquiler entre los meses de abril y diciembre de 2020 y abonar la diferencia en 24 meses a partir de enero de 2021, sin gastos ni intereses de ningún tipo.

Las 38 solicitudes tramitadas supondrían que Emvisesa aplazaría hasta 94.726 euros de rentas en 24 meses. La media es de hasta 2.500 euros de aplazamiento por solicitud de ayuda aprobada. En caso de llegar a las 94 ayudas concedidas (un 30% del parque de locales comerciales, talleres y oficinas), Emvisesa aplazaría aproximadamente 235.000 euros de renta a 24 meses.

Emvisesa ha reforzado la atención a las personas afectadas por la COVID-19 mediante media docena de programas de ayuda. Todos los empleados de la empresa municipal están trabajando sin descanso para aliviar la crisis de los más afectados y contribuir a la reactivación económica. Técnicos, personal jurídico, administrativos, economistas… El personal que atiende los teléfonos y responde los correos está realizando turnos que van más allá de su horario de forma voluntaria y estamos recibiendo cientos de mensajes de agradecimiento y felicitación. El apoyo por parte del Ayuntamiento nos está permitiendo responder con todos estos programas de ayuda y con licitaciones que alivian la crisis a numerosas familias”, ha expresado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Escucha las declaraciones de Felipe Castro sobre el balance provisional de los planes de ayuda de Emvisesa a afectados por la COVID-19:

Emvisesa actualiza el Protocolo de Permuta de Viviendas para ayudar a sus inquilinos afectados por la crisis económica provocada por la COVID-19

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa y en coordinación con la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV), ha aprobado y puesto en marcha una nueva medida de ayuda para aliviar los efectos económicos que la crisis de la COVID-19 está provocando en los inquilinos de viviendas propiedad de la empresa municipal.

Ayudas para el alquiler de viviendas a inquilinos en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.
Promoción de viviendas de Emvisesa en régimen de alquiler.

La medida pertenece a la estrategia de apoyo social a familias, que se coordina desde el comité de seguimiento municipal del coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y se suma al paquete de medidas que Emvisesa viene articulando desde finales de marzo para ayudar a inquilinos, propietarios, autónomos emprendedores, entidades sin ánimo de lucro o proveedores.

Concretamente, los 2.800 inquilinos de Emvisesa ya se podían beneficiar del Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas públicas afectados por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19 desde el pasado 27 de marzo. Desde ahora, aquellas unidades familiares cuya situación económica se haya visto afectada por la crisis de la COVID-19 tienen una nueva alternativa, que consiste en solicitar el cambio a una vivienda del parque de alquiler de Emvisesa cuya renta se adecue mejor a su situación económica.

Emvisesa es consciente de que tras el levantamiento del estado de alarma la situación económica desfavorable de muchas familias podría prolongarse, dificultando el abono de sus rentas de alquiler. En estos casos, el cambio a una vivienda con una renta más asequible resulta una solución más, que viene a sumarse al paquete integral de medidas que estamos habilitando y que ya está ofreciendo soluciones a cientos de inquilinos, propietarios, autónomos, empresas proveedoras y entidades sociales.  El Protocolo de Permuta de Emvisesa, en vigor desde enero de 2017, necesitaba una actualización para dar cabida a esta nueva situación y hemos procedido a optimizarlo. Adicionalmente, vamos a realizar una convocatoria extraordinaria de viviendas que alimente esta nueva modalidad de ayuda”, afirma Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Así, gracias a esta modificación, el Protocolo de Permuta ya permite que unidades familiares o de convivencia afectadas por una crisis de similares características a la provocada por la COVID-19 puedan solicitar una permuta excepcional, siempre que la   renta ordinaria   de   su actual   vivienda   supere el 30% del total de los ingresos de la unidad familiar o de convivencia.

Las bases y requisitos ya están publicados en el sitio web emvisesa.org, dentro del apartado dedicado a “Ayudas COVID-19”.

Tal y como ha expresado Felipe Castro, la empresa municipal ya está trabajando en la próxima publicación de una convocatoria de viviendas destinadas a personas afectadas por la COVID-19 que, desde hoy, irán presentando sus solicitudes para acogerse a esta nueva modalidad del Protocolo de Permuta de Emvisesa.

Escucha las declaraciones de Felipe Castro sobre la actualización del protocolo de permuta de viviendas:

Emvisesa refuerza las ayudas a afectados por la crisis de la COVID-19 publicando su “Protocolo excepcional para titulares de viviendas promovidas por Emvisesa con cantidades aplazadas”

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, continua avanzando en la creación y el fortalecimiento de ayudas destinadas a personas afectadas por la crisis provocada por la COVID-19.

Así, la empresa municipal de la vivienda de Sevilla ha publicado un nuevo protocolo excepcional para proteger a los propietarios de viviendas adquiridas a la empresa municipal que están teniendo dificultades para continuar haciendo frente al pago de las letras de cambio, o los recibos, en los que se instrumentaron las cantidades no cubiertas por el préstamo hipotecario, al hallarse económicamente afectados por la crisis sanitaria de la COVID-19. Estas cantidades que no financiaban los préstamos les fueron aplazadas por Emvisesa para permitirles el acceso a la vivienda y se giran en dos recibos semestrales que oscilan entre los 400 € y los 1000 € por recibo o letra, dependiendo del tipo de promoción y de las características de la vivienda.

Se trata de un protocolo que complementa a los dos ya publicados desde el pasado marzo:

El nuevo protocolo, denominado “Protocolo excepcional para titulares de viviendas promovidas por EMVISESA con cantidades aplazadas, afectados por la crisis sanitaria derivada de la COVID19” establece la posibilidad de acogerse, a quienes cumplan los requisitos establecidos, a dos programas de ayudas incompatibles entre sí:

  1. Por un lado está el programa propio de la empresa municipal, denominado LETRAS EMVISESA COVID-19.
  2. La segunda opción, en caso de no lograr un acuerdo para la aplicación del Programa LETRAS EMVISESA COVID-19, es el programa LETRAS ESTATAL COVID-19, que consiste en la aplicación directa de los artículos 21 a 26 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

OPCIÓN 1: PROGRAMA LETRAS EMVISESA COVID-19

LETRAS EMVISESA COVID-19 se configura como un programa propio de la empresa pública de la vivienda del Ayuntamiento de Sevilla, que cumple con la recomendación de impulsar acuerdos entre las partes y mejora las condiciones establecidas por el Real Decreto-ley 11/2020.

De este modo, se establece un procedimiento de aplazamiento del pago del total del recibo o letra semestral durante, al menos, el tiempo que dure el estado de alarma o sus posibles prórrogas y hasta que EMVISESA publique, con posterioridad a este estado, la finalización de la misma en la web oficial de la Empresa.

Las medida  tiene efecto a partir de su solicitud e implica el fraccionamiento de la letra o recibo no abonado, en el plazo que resulte de la aplicación de los criterios de baremación establecidos en el PROCEDIMIENTO DE CALCULO DE CANTIDADES A ABONAR POR LOS SOLICITANTES DEL PROTOCOLO recogido en el Anexo I, con un plazo máximo de 36 meses.

Recomendamos la lectura del “Protocolo excepcional para titulares de viviendas promovidas por EMVISESA con cantidades aplazadas, afectados por la crisis sanitaria derivada de la COVID19” bajo estas líneas y, en caso de optar por el Programa EMVISESA LETRAS COVID-19, pueden presentar la solicitud cumplimentando y enviando el siguiente formulario.

OPCIÓN 2: LETRAS ESTATAL COVID-19 APLICACIÓN DIRECTA DE LOS ARTÍCULOS 21 A 26 DEL REAL DECRETO-LEY

El Real Decreto-ley 11/2020 recomienda llegar a acuerdos entre las partes lo cual, aplicado a este caso, significa solicitar la ayudamediante el Programa “LETRAS EMVISESA COVID-19”.

No obstante, cuando ello no fuera posible, los artículos 21 a 26 del mencionado Real Decreto-ley  determinan que cualquier deudor, hipotecario o no, siempre y cuando sea vulnerable, puede solicitar la suspensión temporal de las obligaciones contractuales derivadas de su préstamo o crédito que estuviera vigente a la fecha de entrada en vigor de dicho Real Decreto-ley. 

La solicitud la pueden hacer hasta un mes después de la vigencia del estado de alarma y, al igual que en la moratoria de los préstamos hipotecarios regulada en el Real Decreto ley 8/2020, la aplicación de la suspensión no requerirá acuerdo entre las partes para que surta efectos, ni novación contractual alguna.

La suspensión de las obligaciones contractuales surtirá efectos desde la solicitud del deudor al acreedor, acompañada de la documentación requerida.

La suspensión tendrá una duración de tres meses ampliables mediante acuerdo de Consejo de Ministros y, durante la suspensión, EMVISESA no exigirá el pago de las letras o recibos ni intereses de ningún tipo, ni total ni parcialmente y el vencimiento se extenderá automáticamente por todo el periodo de suspensión, sin alteración de las otras condiciones pactadas.

Transcurridos los tres meses, se deberá proceder a abonar íntegramente el importe total del recibo o letra que corresponda.

Recomendamos la lectura del “Protocolo excepcional para titulares de viviendas promovidas por EMVISESA con cantidades aplazadas, afectados por la crisis sanitaria derivada de la COVID19” y, en caso de optar por la aplicación directa de los artículos 21 a 26 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, pueden presentar la solicitud cumplimentando y enviando el siguiente formulario.

Emvisesa potencia su protocolo de ayuda a inquilinos afectados por la crisis de la COVID-19, adaptándolo al Real Decreto-ley 11/2020

Emvisesa ha publicado un nuevo protocolo excepcional para proteger a los inquilinos de sus viviendas afectados por la crisis sanitaria de la COVID-19.

Se trata de un texto que adapta el Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas públicas afectados por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, publicado el pasado 27 de marzo, a lo dispuesto por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19.

El nuevo protocolo, que actualiza y sustituye al anterior, se conoce como “Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas de Emvisesa afectados por la crisis sanitaria COVID-19“.

El Protocolo establece la posibilidad de acogerse, a quienes cumplan los requisitos establecidos, a dos programas de ayudas incompatibles entre sí:

  1. Por un lado está el programa propio denominado EMVISESA COVID-19.
  2. La segunda opción es la aplicación directa del artículo 4.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

OPCIÓN 1: PROGRAMA EMVISESA COVID-19

EMVISESA COVID-19 se configura como un programa propio de la empresa pública de la vivienda del Ayuntamiento de Sevilla, que cumple con la recomendación de impulsar acuerdos entre arrendador y arrendatario y mejora las condiciones establecidas por el Real Decreto-ley 11/2020. En este sentido, el Programa EMVISESA COVID-19 se permite desbordar la vigencia de los contratos de alquiler y establece un procedimiento de aplazamiento del pago del total de la renta de alquiler mensual durante, al menos, el tiempo que dure el estado de alarma o sus posibles prórrogas. También, con respecto a la aplicación directa del Real Decreto-ley, regula el pago de la deuda contraída mediante ayudas municipales, no distingue entre renta y gastos repercutibles y amplía el plazo de solicitud mientras esté en vigor el estado de alarma o cualquiera de sus posibles prórrogas. Asimismo, el Programa EMVISESA COVID-19 simplifica la tramitación y ajusta las rentas a las posibilidades reales de los inquilinos mediante estudios individualizados de sus condiciones socioeconómicas, evitando una acumulación innecesaria de la deuda.

Los inquilinos a quienes se conceda esta ayuda no habrán de abonar la totalidad de la renta mensual (incluidos los gastos y cantidades asimiladas), sino una cantidad determinada adecuada a su capacidad económica actual, que se considerará como pago a cuenta de la renta del mes correspondiente, calculada siguiendo criterios sociales y económicos conforme a la situación de la unidad familiar o de convivencia, denominada Renta Mínima Exigible.

Podrán ser beneficiarios de este Programa las familias o unidades de convivencia que sean inquilinos o cesionarios legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de EMVISESA o gestionados por esta, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria COVID19, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el Protocolo (básicamente “haber pasado, dentro del plazo de vigencia del estado de alarma,  a situación de desempleo, expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por motivos de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una perdida sustancial de ingresos, no alcanzando por ello el conjunto de los ingresos de toda la unidad familiar o de convivencia el importe de ingresos que se indica en el Real Decreto-ley 11/2020” y que “la renta de alquiler, más los gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar o de convivencia“).

Recomendamos la lectura del “Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas de Emvisesa afectados por la crisis sanitaria COVID-19” y, en caso de optar por el Programa EMVISESA COVID-19, pueden presentar la solicitud cumplimentando y enviando el siguiente formulario.

OPCIÓN 2: APLICACIÓN DIRECTA DEL ARTÍCULO 4.2 DEL REAL DECRETO-LEY

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, expresa en su artículo 4.1 la posibilidad de llegar a acuerdos entre arrendadores y arrendatarios, como el que supone el PROGRAMA EMVISESA COVID-19 explicado en la Opción 1. No obstante, en caso de imposibilidad de lograr tal acuerdo, existe la opción de solicitar la aplicación directa de su artículo 4.2, en cuyo caso Emvisesa aplicaría una moratoria de aplazamiento en el pago de la renta arrendaticia de manera automática y que afectaría al periodo de tiempo que durase el estado de alarma decretado por el Gobierno sin que pudiera superarse, en ningún caso, los cuatro meses. Dicha renta se aplazaría, a partir de la siguiente mensualidad de renta arrendaticia, mediante el fraccionamiento de las cuotas durante al menos tres años o a partir de la finalización del plazo de los cuatro meses antes citado, y siempre dentro del plazo a lo largo del cual continúe la vigencia del contrato de arrendamiento o cualquiera de sus prórrogas.

Podrán ser beneficiarios de esta aplicación directa del artículo 4.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo,  las familias o unidades de convivencia que no lleguen a un acuerdo previo con Emvisesa a través del PROGRAMA EMVISESA-COVID-19, siempre que sean inquilinos o cesionarios legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de EMVISESA o gestionados por esta, y que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria COVID19, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el Protocolo (básicamente “haber pasado, dentro del plazo de vigencia del estado de alarma,  a situación de desempleo, expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por motivos de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una perdida sustancial de ingresos, no alcanzando por ello el conjunto de los ingresos de toda la unidad familiar o de convivencia el importe de ingresos que se indica en el Real Decreto-ley 11/2020” y que “la renta de alquiler, más los gastos y suministros básicos sea igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar o de convivencia“).

Recomendamos la lectura del “Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas de Emvisesa afectados por la crisis sanitaria COVID-19” y, en caso de optar por la aplicación directa del artículo 4.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, pueden presentar la solicitud cumplimentando y enviando el siguiente formulario.

ANTE CUALQUIER DUDA DISPONE DE LOS SIGUIENTES

TELÉFONOS DE ATENCIÓN (DE LUNES A VIERNES LABORABLES ENTRE 8:30 Y 14:30 HORAS). SI EL TELÉFONO AL QUE LLAMAN COMUNICA, MARQUEN EL SIGUIENTE NÚMERO:

955 476 000, 955 476 054, 955 476 114, 955 476 062, 955 476 161, 955 476 142, 955 476 154, 955 476 153, 955 476 186, 955 476 071, 955 476 052, 955 476 171, 955 476 138, 955 476 188

y LOS CORREOS ELECTRÓNICOS (24 HORAS AL DÍA, 7 DÍAS DE LA SEMANA):

OMDV@EMVISESA.ORG y CORREO@EMVISESA.ORG

 

El Ayuntamiento de Sevilla ofrece una moratoria del pago de las rentas a los locales, oficinas y talleres dependientes de Emvisesa afectados por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la empresa municipal de vivienda y suelo, ha aprobado un Protocolo extraordinario para ayudar a empresas, autónomos, artesanos y entidades sociales que ocupan locales, oficinas y talleres que son de titularidad de Emvisesa. De esta forma, se ofrece a los arrendatarios de los más de 300 inmuebles en alquiler, que hayan suspendido su actividad o estén sufriendo una merma sustancial de sus ingresos debida a la crisis provocada por el COVID-19, una moratoria en el pago de las rentas y un pago posterior fraccionado durante un periodo de hasta 15 meses ampliado a 24 meses.

Esta medida se enmarca dentro de la estrategia de apoyo a los sectores más afectados por la paralización de la actividad económica dentro de las competencias municipales que coordina el comité de seguimiento municipal sobre el coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y del que forman parte el delegado de Gobernación y Fiestas Mayores, Juan Carlos Cabrera; el delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y la delegada de Recursos Humanos y Modernización, Clara Macías.

El protocolo, que entra en vigor en el día de hoy, abre la posibilidad de solicitar esta moratoria en el pago del alquiler a aquellas empresas, autónomos, artesanos o entidades sociales que hayan tenido que cerrar por el primer decreto de alarma o por la ampliación aprobada el 29 de marzo, así como aquellos que hayan podido mantener su actividad pero que hayan experimentado una disminución de los ingresos en el último mes de un 75% respecto al promedio del semestre anterior. Aquellos que soliciten esta moratoria, tendrán la posibilidad de acceder a un pago fraccionado de la cantidad pendiente hasta en 15 meses, a partir del 1 de enero de 2021.

El parque de actividades terciarias de Emvisesa incluye establecimientos abiertos al público, oficinas, talleres artesanales y sedes de entidades sociales que han puesto en marcha proyectos a través de algunos de los programas de la empresa municipal. También se ofrece la posibilidad de acogerse a este protocolo extraordinario de ayuda a las viviendas cedidas a entidades sin ánimo de lucro donde se desarrollen proyectos sociales.

En todos estos casos, los inquilinos ya cuentan con condiciones por debajo de las cifras del mercado y, en aquellos que forman parte de las convocatorias de promoción de empleo, las obras han sido ejecutadas además por el Ayuntamiento a través de recursos de la empresa municipal o de la Delegación de Empleo, Bienestar Social y Coordinación de Planes Integrales.

Felipe Castro resume el Protocolo:

Entrega de llaves del último local perteneciente al Primer Plan de Empleo y Activación de Locales Comerciales de Emvisesa, a cargo del delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Entrega de llaves del último local perteneciente al Primer Plan de Empleo y Activación de Locales Comerciales de Emvisesa, a cargo del delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

La estrategia del gobierno de la ciudad es dar todas las facilidades y el apoyo posible, dentro de las competencias municipales, a las empresas, autónomos y entidades que más están sufriendo las consecuencias económicas de la paralización de la actividad por la crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVID 19, y al mismo tiempo, priorizar una intervención social sobre aquellos hogares que puedan entrar en situación de vulnerabilidad por la pérdida de recursos económicos”, explicó el delegado de Bienestar Social, Empleo y coordinación de planes integrales de transformación social, Juan Manuel Flores.

En este sentido, este programa de ayuda a los autónomos, empresarios y entidades se suma a la línea de reducciones en los alquileres a inquilinos de viviendas públicas de Emvisesa que hayan podido entrar en una situación de vulnerabilidad social debido a las consecuencias económicas de la pandemia dado que se hayan visto sin empleo o con sus negocios cerrados. La empresa está realizando estudios personalizados de aquellos casos que lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos con el objetivo de adecuar sus rentas a sus dificultades económicas mientras dure el estado de alarma y a la espera de que posteriormente puedan tramitar las correspondientes ayudas sociales del área de Bienestar Social.

El Ayuntamiento de Sevilla reducirá los alquileres a los inquilinos de Emvisesa con graves problemas económicos por despidos, cierres o bajas laborales debidos a la crisis sanitaria del coronavirus COVID 19

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa y en coordinación con el área de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social ha aprobado hoy el Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas públicas afectados por la crisis sanitaria del coronavirus COVID-19.

Se trata de una medida arbitrada de forma extraordinaria y durante la duración del estado de alarma con el objetivo de dar respuesta y reducir los alquileres a hogares que atraviesen graves problemas económicos y acrediten que tengan graves dificultades económicas sobrevenidas por los efectos de la pandemia del COVID 19. Es, por tanto, una medida más dentro de la estrategia de apoyo social a familias que se coordina desde el comité de seguimiento municipal del coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y con la presencia del delegado de Gobernación y Fiestas Mayores, Juan Carlos Cabrera, el delegado de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales, Juan Manuel Flores, y la delegada de Recursos Humanos y Modernización, Clara Macías.

Emvisesa tiene 2.798 familias inquilinas con distintos modelos de alquiler en función de su situación económica y social, y cuenta con un Protocolo de Protección a familias con pocos recursos al que están acogidas casi un millar de familias que reciben ayudas por parte del área de Bienestar Social. Este modelo de ayudas se mantiene durante esta crisis. Por tanto, el protocolo excepcional aprobado está dirigido al resto de hogares de la empresa pública que no tienen asignada ninguna ayuda hasta el momento pero que puedan haber entrado en una situación de vulnerabilidad o en graves dificultades económicas por la crisis sanitaria.

Concretamente, este protocolo excepcional está dirigido a inquilinos que con motivo de la crisis sanitaria hayan sufrido una reducción drástica de ingresos por la crisis sanitaria al haberse producido situaciones como un ERTE o ERE, un despido o no renovación del contrato, el cierre de un establecimiento, la suspensión de una actividad económica por el decreto de alarma o una baja laboral por enfermedad o aislamiento por contagio del coronavirus. En cualquier caso, con carácter general, cualquier situación sobrevenida por la crisis sanitaria que haya provocado que las rentas del alquiler supongan más del 30% de los recursos mensuales de la unidad familiar.

Para estos supuestos y previa solicitud y acreditación, Emvisesa realizará un estudio personalizado de las posibilidades de pago que pueda asumir la familia en función de una serie de indicadores, y esta será la cuantía que se le requerirá de forma excepcional mientras dure el estado de alarma a modo de pago a cuenta. Una vez que haya finalizado la alerta sanitaria, estos hogares deberán acreditar esta situación que han declarado en Emvisesa ante el área de Bienestar Social para la tramitación de la ayuda social correspondiente para poder incorporarse al sistema de prestaciones sociales.

Emvisesa facilita desde el día de hoy, el Protocolo completo, un modelo de solicitud, así como toda la información de la documentación y justificantes necesarios para acceder a este protocolo excepcional. Para ello, se ha habilitado un espacio en la web de la empresa municipal que permitirá que toda la tramitación sea telemática con apoyo telefónico en caso de ser necesario. En cualquier caso, la documentación no dsponible podrá ser requerida una vez finalizada la alerta sanitaria para comprobar todas las circunstancias alegadas, y en caso de que la reducción de alquiler finalmente no estuviera justificada de acuerdo con los criterios de Servicios Sociales se le requerirá el importe que no ha sido abonado durante los meses de duración del estado de alarma y de la crisis sanitaria.

El Ayuntamiento tiene entre sus prioridades ofrecer la respuesta social adecuada dentro de nuestras competencias a las familias que más están sufriendo las consecuencias de la crisis sanitaria por el coronavirus. Dentro de estas posibilidad, como gran arrendador de casi 3.000 familias, la empresa municipal de vivienda asume como viene haciendo durante los últimos años su responsabilidad social dando una respuesta personalizada a quienes peor lo estén pasando” , explicó el delegado de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social, Juan Manuel Flores.

Escucha las declaraciones de Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, sobre el nuevo “Protocolo excepcional para inquilinos de viviendas de Emvisesa afectados por la crisis sanitaria COVID-19”:

El 3 de abril Emvisesa ha adaptado su Protocolo a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo , dando lugar al PROTOCOLO EXCEPCIONAL PARA INQUILINOS DE VIVIENDAS DE EMVISESA AFECTADOS POR LA CRISIS SANITARIA COVID19 ADAPTADO AL RDL 11/2020, DE 31 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS EN EL ÁMBITO SOCIAL Y ECONÓMICO PARA HACER FRENTE AL COVID-19.

El Ayuntamiento de Sevilla fortalece su apuesta por la prevención, mediación y resolución de conflictos vecinales en las promociones de viviendas protegidas de Emvisesa

Emvisesa cuenta, desde finales del pasado mes de junio de 2016, con un servicio de mediación e intervención externa en comunidades vecinales de su parque de viviendas protegidas en alquiler. Dicho servicio sirve de apoyo al trabajo de las profesionales de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de la avenida de San Jerónimo.

Ahora, la empresa pública de la vivienda amplía los recursos humanos y materiales dedicados a la mediación y resolución de conflictos incrementando la plantilla de profesionales, que ya estaba compuesta por un psicólogo, un trabajador social, dos educadores y un experto en psicoterapias, con dos psicólogos más (dedicados al trabajo con menores y al comunitario, respectivamente). También se incrementa el número de horas dedicadas al programa de resolución de conflictos. Dicha ampliación hará posible que 7 especialistas con experiencia de la Asociación Ponte colaboren con las 8 técnicas de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, disponiendo un total de 15 personas para fortalecer el trabajo de la OMDV.

Vídeo de la Asociación Ponte sobre el trabajo desarrollado en la OMDV:

También se refuerza “Mi territorio, un espacio compartido“, un proyecto enfocado hacia los institutos de las zonas de Sevilla donde existen viviendas protegidas de Emvisesa. Se trata de una acción formativa promovida por el Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, para difundir las normas básicas de convivencia que deben respetarse en las comunidades de viviendas protegidas. Este año se ampliarán los centros de enseñanza secundaria donde se imparten los talleres a todos los barrios próximos a viviendas del parque público municipal.

"Mi territorio, un espacio compartido" es una acción formativa promovida por el Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, para difundir en centros de secundaria las normas básicas de convivencia que deben respetarse en las comunidades de viviendas protegidas municipales.
“Mi territorio, un espacio compartido” es una acción formativa promovida por el Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, e impartida por la Asociación Ponte para difundir en centros de secundaria las normas básicas de convivencia que deben respetarse en las comunidades de viviendas protegidas municipales.

Con la prestación de este servicio, Emvisesa dota a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de una herramienta eficaz para la resolución extrajudicial de conflictos que afectan a la pacífica convivencia de las comunidades vecinales, conformadas por viviendas en alquiler de la empresa pública de la vivienda de Sevilla.

En el marco del Plan Municipal para el Acceso a una Vivienda Digna, y reforzada por el Plan Municipal de Vivienda de Sevilla, el Ayuntamiento de Sevilla creó la OMDV el pasado 31 de mayo de 2016.

Durante tres años de existencia, la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda atendido a miles de familias con dudas y problemas relacionados con el alojamiento, llegando a tramitar 1.200 expedientes que implicaban riesgo de pérdida del hogar. Semestralmente la OMDV presenta un informe público que recoge su actividad.

La OMDV también ha trabajado intensamente con los problemas de convivencia existentes en las comunidades de inquilinos de viviendas protegidas propiedad de Emvisesa, abriendo más de 320 expedientes. En dicha tarea ha contado con el apoyo y la experiencia de este servicio externo de profesionales.

Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, habla sobre el Protocolo de Convivencia aplicado por la OMDV:

El Protocolo de Convivencia se aplica en las viviendas del parque de alquiler de Emvisesa, que no ha dejado de crecer estos cuatro últimos años y ya se aproxima a las 3.000 viviendas. El Protocolo de Convivencia ha ido creciendo y garantizando la cohabitación pacífica, el acatamiento de las obligaciones establecidas en los contratos de arrendamiento, el cumplimiento de la normativa de vivienda protegida y la protección a los vecinos perjudicados por actuaciones incívicas de otros inquilinos.

La OMDV es quien coordina y optimiza la experiencia de 7 profesionales externos especializados en la resolución de conflictos, el refuerzo de las relaciones entre personas y el auspicio del bienestar social, mediante la creación de estrategias y la explotación de habilidades para prevenir, mediar y remediar.

La OMDV pone a prueba el “Protocolo de protección a inquilinos de Emvisesa especialmente afectados por problemas de convivencia”

El Protocolo de Convivencia de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) incorpora una serie de actuaciones de protección a inquilinos especialmente afectados por problemas de convivencia.

Dichas actuaciones se activan si se producen conductas delictivas como comportamientos contra la libertad sexual, violencia de género o cualquiera que afecte gravemente a la integridad física o psicológica de un inquilino de Emvisesa. En estos casos, la empresa municipal tramita un cambio de vivienda y reubica a los inquilinos afectados para protegerlos de las potenciales amenazas, mientras ejerce las pertinentes actuaciones contra los causantes.

Emvisesa ofrece a los afectados una vivienda en régimen de alquiler ubicada en una zona alejada de la situación conflictiva. Esta vivienda posee similares características a la original, en cuanto a su tamaño, número de habitaciones y anejos vinculados. El cambio puede ser definitivo o temporal, dependiendo de la resolución del conflicto y la voluntad de las partes.

Cuando los afectados tienen impago de rentas, Emvisesa les ofrece un fraccionamiento o aplazamiento de la deuda, facilitando la resolución del problema principal que constituye el conflicto que afecta a su integridad física o psicológica.

Este Programa de la OMDV requiere para su aplicación que las actuaciones hayan provocado daños físicos o psíquicos o supongan un peligro directo para la integridad de alguno de los miembros de la unidad familiar. Los afectados deben ser una unidad de convivencia concreta que haya presentado una denuncia ante la Policía y no una comunidad de inquilinos de manera genérica. Finalmente, dicha unidad de convivencia afectada debe comprometerse a no retirar la denuncia, a colaborar con la OMDV en las medidas que se adopten contar el agresor, a abonar las deudas que tuvieren, así como a entregar la vivienda en las condiciones que establezca Emvisesa.

La Comisión Ejecutiva de la empresa pública de la vivienda del Ayuntamiento de Sevilla es quien debe aprobar el cambio de vivienda.

Hasta la fecha la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda ha abierto nueve expedientes.

Siete familias ya se encuentran en otras viviendas de zonas alejadas del conflicto y una más está pendiente de la puesta a punto de la vivienda donde va a ser reubicada. Una de las familias rechazó finalmente el cambio“, afirma la responsable de la Oficina.

En todos los casos se han iniciado también expedientes de Protocolo de convivencia contra los causantes de los comportamientos delictivos. En el 100% de los mismos, el Consejo de Administración de Emvisesa acordó la resolución de sus contratos de alquiler y, por tanto, deberán abandonar las viviendas una vez exista sentencia judicial firme. Mientras tanto, el cambio de vivienda posibilita que los comportamientos delictivos no sigan afectando a las familias a las que se protege, a la espera de que la familia infractora abandone la vivienda“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

La totalidad de los casos afectaba a colectivos especialmente vulnerables y llegaron a producirse agresiones físicas y/o amenazas.

Es el caso de un matrimonio del mismo sexo afectado de problemas severos de salud y discapacidad que sufría una situación de acoso por parte de una vecina  a la que la pareja denunció por un comportamiento “homofobia extrema”. Recientemente la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz ha calificado el problema como solucionado, tras una completa y compleja actuación de la OMDV ya que confluían numerosas circunstancias, incluyendo el impago de rentas, que han dilatado el proceso.

El plazo medio transcurrido entre la aprobación por parte de la Comisión Ejecutiva de Emvisesa y el cambio efectivo a otra vivienda, no supera los tres meses. Por ello, en estos casos es muy importante denunciar ante la Policía y aportar la denuncia a la OMDV para agilizar la tramitación”, ha declarado la responsable de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda.

Emvisesa y la Gerencia de Urbanismo han suscrito un convenio para permitir la permuta entre inquilinos de sus respectivos parques de viviendas. La Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda gestionará el protocolo.

Emvisesa, la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) y la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla han suscrito un convenio con el objeto de establecer un procedimiento específico para la realización de permutas entre los inquilinos de viviendas propiedad de Emvisesa y los inquilinos de viviendas del parque perteneciente a la Gerencia de Urbanismo.

Firma del convenio, presidida por Antonio Muñoz, delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Sevilla, entre Ignacio Pozuelo, gerente de Urbanismo, y Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Firma del convenio, presidida por Antonio Muñoz, delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Sevilla; entre Ignacio Pozuelo, gerente de Urbanismo, y Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

Los inquilinos de una vivienda propiedad o gestionada por Emvisesa que estén interesados, deberán inscribirse en la bolsa de permutas de Emvisesa y acreditar que están al corriente en los pagos tanto de cuotas de la Comunidad  como de rentas de alquiler, en el momento de la solicitud.

Los inquilinos de viviendas, o titulares de un derecho de uso, de alguna vivienda de la Gerencia de Urbanismo que quieran permutar con un inquilino de Emvisesa deberán solicitar su inclusión en la bolsa de permutas de Emvisesa, por el procedimiento establecido en el “Protocolo de actuación y gestión de permutas de Emvisesa”, debiendo cumplir todos los requisitos establecidos en el mismo.

Las dos unidades familiares solicitantes que deseen permutar sus viviendas habrán de encontrarse inscritas en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla en el momento de solicitar la permuta, y deberán cumplir los requisitos establecidos en la normativa de viviendas protegidas vigente en Andalucía para acceder a la vivienda objeto del cambio.

Las viviendas a permutar tendrán que encontrarse en buen estado de conservación y con los suministros perfectamente contratados. A este respecto se efectuará la pertinente visita por parte de técnicos, tanto de Emvisesa como de la Gerencia de Urbanismo, para acreditar dicha circunstancia.

El primer paso que deben seguir aquellas personas interesadas en la permuta de su vivienda consiste en descargar y cumplimentar el siguiente formulario de “Solicitud de Inclusión en la Bolsa de Permutas”, firmarlo y presentarlo junto a la documentación indicada en la oficina de Emvisesa sita en Avda. Ingeniería, 9. Parque Empresarial Arte Sacro. Edificio 9, o bien en la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda de la avenida de San Jerónimo, según su comodidad:

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Sólo se cumplimentará un formulario por unidad familiar, aportando obligatoriamente los datos del titular del contrato de alquiler.

Una vez comprobado el cumplimiento de requisitos, Emvisesa está publicando los datos de las viviendas en la Bolsa de Permutas de su sitio web. Los interesados pueden visualizar las características de las viviendas existentes en la Bolsa y, si alguna se adapta a sus necesidades, rellenar el formulario de “Solicitud de Permuta de Vivienda“:

Descargar (PDF, 507KB)

Una vez recibidas ambas solicitudes por parte de la OMDV, se procederá a dar traslado de las mismas a Emvisesa y a la Gerencia de Urbanismo, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos y emitan el informe correspondiente.

En el supuesto de que la permuta sea autorizada, la OMDV será la encargada de gestionarla.

La renta de arrendamiento será la que corresponda a la vivienda a la que se accede, sin que por ninguna razón pueda mantenerse la correspondiente a la vivienda de procedencia.

Tanto dicha renta como las condiciones contractuales serán las que estaban estipuladas para la vivienda a la que se accede.

Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, declaró que “son ya 32 las familias que han permutado sus viviendas en el marco de los diferentes protocolos puestos en marcha por Emvisesa. Estos cambios de vivienda han supuesto una nueva vida para personas de elevada edad que no podían salir de sus pisos sin ascensor, enfermos alojados en viviendas sin las condiciones de salubridad que necesitaban, familias con problemas de convivencia y otras cuyas viviendas ya no respondían a sus necesidades de espacio, renta o localización geográfica. Existen otras 40 familias interesadas en cambiar su vivienda a las que estamos ayudando, incluyendo 16 inscritas en la Bolsa de Permutas y 18 inquilinas de viviendas en mal estado de Los Pajaritos”.

Normativa del Protocolo:

Descargar (PDF, 287KB)

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