“Constituida la Mesa de Valoración con fecha 18 de junio de 2024, se ha procedido al recuento de los sobres, habiéndose presentado UNA (1) propuesta dentro del plazo de presentación conferido al efecto.
Se ha constatado que la propuesta se componía de DOS sobres cerrados e identificados (Sobre 1, Sobre 2), cumpliendo así con los requisitos exigidos por las Bases. Una vez abierto el sobre nº 1 se ha comprobado que contiene toda la documentación exigida para dicho sobre conforme a la Base 2.6.
A la vista de que sólo existe un participante en la presente convocatoria que ha cumplido con la documentación exigida en el sobre nº 1, se ha admitido su propuesta, procediéndose por parte de la Mesa de Valoración a señalar fecha para la siguiente reunión de la referida mesa que se realizará en acto público en las oficinas de EMVISESA (Avd. de la Ingeniería, nº 9, Parque Empresarial Arte Sacro, Edif. 9, C.P. 41015, Sevilla) el 20 de junio de 2024 a las 09:30 horas a fin de proceder la apertura del Sobre nº 2 (“Oferta Económica”)
EMVISESA presenta una oportunidad de inversión en Sevilla. La Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de EMVISESA ha dado luz verde al inicio del procedimiento para la enajenación mediante compraventa de la parcela Q4 (2), de uso terciario, del SUP-PM-6 en Pino Montano, Sevilla“.
El plazo de presentación de ofertas comienza el 30 de abril de 2024 a las 8:30 y concluye a las 14:30 horas del 31 de mayo de 2024, en el lugar y horario especificado en el anuncio de licitación.
La Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de Emvisesa ha aprobado iniciar el procedimiento y las bases por las que se rigen la convocatoria para la enajenación, mediante permuta o compraventa, de la parcela Q4 (2), de uso terciario, del SUP-PM-6 (correspondiente al API-DMN-04) en Pino Montano, Sevilla, cuyos datos esenciales son los siguientes:
– Expediente: Expte.: 20/2022 AJ.
– Objeto: enajenación, mediante permuta o compraventa, de la parcela Q4 (2), de uso terciario, del SUP-PM-6 (correspondiente al API-DMN-04) en Pino Montano, de propiedad de Emvisesa, por la plena propiedad de inmuebles edificados, suelos y solares en distintos sectores del término municipal de Sevilla o por el precio.
– Precio mínimo: Un millón novecientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y tres euros con setenta y cinco céntimos (1.987.363,75 euros), más el IVA que resulte de aplicación.
Si la aportación en metálico no supera el valor de los bienes inmuebles que se entregan, esto es, el dinero entregado por el licitador es igual o inferior al 50% del valor de su oferta la enajenación se realizará mediante el negocio jurídico de la permuta. Si por el contrario la aportación en metálico supera el valor de los bienes inmuebles que se entregan o si se abona íntegramente el precio, será una compraventa.
– Procedimiento: con concurrencia y publicidad, regulado en las Bases que se aprueben.
– Plazo de presentación de ofertas: CONVOCATORIA DEJADA SIN EFECTO.
– Condiciones de la adjudicación: que a los efectos de los dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y el artículo 34 de la Ley Hipotecaria, el licitador manifiesta expresamente conocer la existencia, alcance, vigencia, plazo y demás circunstancia del contrato de arrendamiento de 8 de febrero de 2017, del contrato de cesión del contrato de arrendamiento de 17 de marzo de 2017, así como del subarrendamiento autorizado con fecha 16 de mayo de 2017, en caso de resultar adjudicatario, se subrogará en los derechos y obligaciones del arrendador (Emvisesa), es decir, los contratos van a seguir en vigor durante el plazo pactado, comprometiéndose a suscribir tal declaración en la escritura pública que se otorgue.
Las ofertas deberán presentarse en el Registro General de Emvisesa sito en avenida de la Ingeniería nº 9, Edificio 9, Parque Empresarial Arte Sacro de Sevilla, 41015, o por correo postal; atendiendo a los requisitos expresados en las bases.
La empresa municipal de vivienda de Sevilla, Emvisesa, y Contursa han sellado esta semana la alianza por la que se inicia el proceso para la licitación de dos parcelas ubicadas junto a Fibes que se destinarán a servicios asociados a los congresos, al sector MICE y a la innovación.
MICE es el acrónimo en inglés utilizado para definir el turismo de reuniones (Meetings, Incentives, Conventions and Exhibitions/Events). Descubre más en este artículo
Concretamente, se trata de dos suelos que suman 27.000 metros cuadrados que son de titularidad de Emvisesa y que están sin uso desde que se construyó el Palacio de Congresos de Sevilla. El acuerdo lo han firmado el gerente de Emvisesa, Felipe Castro, y el gerente de Contursa, Antonio Jiménez, en presencia del delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
La formalización de esta alianza es el punto de partida para el inicio en los próximos meses de las primeras licitaciones para proyectos concretos complementarios a la actividad de congresos con el objetivo de generar un espacio integrado que sea una referencia a nivel nacional e internacional en el sector, en palabras de Felipe Castro.
La primera de las parcelas tiene una superficie de 17.543 metros cuadrados y tiene una calificación de equipamiento y sistemas general con usos terciarios complementarios, mientras que la segunda parcela cuenta con un terreno de 10.303 metros cuadrados con una calificación urbanística similar. En ambos casos Emvisesa ultima unos pliegos para la captación de proyectos privados de inversión con unas características que permitan conformar un gran centro de servicios complementarios al Palacio de Congresos.
“La apuesta por Sevilla como ciudad de grandes congresos y eventos tiene un enorme potencial por su impacto económico y porque, al mismo tiempo, es una actividad tractora de otras inversiones y proyectos de otros sectores económicos que pueden generar empleo y oportunidades en la ciudad. Tenemos un Palacio de Congresos con un enorme potencial que queremos mejorar a través del desarrollo de este gran centro de servicios complementarios que será un referente nacional e internacional”, explicó el delegado de Hábitat Urbano, Turismo y Cultura, Antonio Muñoz.
Emvisesa trabaja ya en los primeros pliegos con el objetivo de que la licitación de la primera de las parcelas se pueda realizar en este mismo año. En cualquier caso, los terrenos no se venderán sino que permanecerán como de titularidad pública con fórmulas de colaboración público privada que permitan el desarrollo de actividades económicas.
El presupuesto inicial de esta convocatoria es de un millón de euros ampliable y, tras su publicación en el día de hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, el plazo de presentación de solicitudes por vía telemática será de diez días naturales a contar desde las 9.00 horas del día 28 de mayo.
El objetivo, tal y como se acordó con los principales sectores afectados, es la agilidad en la tramitación de esta convocatoria. Por este motivo, se ha programado su publicación en este mes de mayo con un tiempo máximo de entrega de solicitudes de diez días y con un sistema de resolución que permita que estén concedidas provisionalmente antes del verano.
Para agilizar la tramitación, una vez finalizado el plazo, se recogerán todas las solicitudes presentadas y tras su validación se entregarán las subvenciones en caso de que la cifra de solicitudes se corresponda con el importe finalmente asignado a este programa. Si por el contrario las solicitudes validadas superan el importe asignado se resolverá a través de un sorteo público. El objetivo de este sistema es cumplir con el compromiso con los sectores afectados de no dilatar la entrega de las ayudas y que pueda ser antes del verano de forma provisional.
Esta convocatoria de ayudas se divide en dos líneas. Por un lado, 800.000 euros están destinados a subvencionar gastos en los que hayan incurrido las micropymes durante el periodo de cierre como las cuotas de alquiler, gastos de arrendamiento de equipos, servicios externos, seguros o suministros básicos con un máximo de 1.000 euros por negocio beneficiario. En segundo lugar, una línea 200.000 euros para inversiones en modernización, innovación y transformación digital con los que se podrán financiar gastos en nuevos equipos, hardware, software, APP u otras herramientas con un máximo de 2.500 euros por negocio.
Se han establecido condiciones básicas para el acceso a estas ayudas. Podrán presentarse micropymes ubicadas en Sevilla con un número de trabajadores inferior a las 6 personas y con un volumen de negocio máximo de 250.000 euros al año. Están incluidos todos los sectores que han tenido que cerrar durante el estado de alarma decretado con motivo de la crisis sanitaria por la COVID 19.
El trámite es completamente telemático desde la web de Emvisesa y ya se han recibido más de 60 solicitudes de arreandatarios de locales, oficinas y talleres propiedad de la empresa municipal.
El Ayuntamiento de Sevilla anunciará la apertura de una convocatoria para conceder subvenciones destinadas a paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 sobre las microempresas sevillanas que hayan tenido que cerrar sus establecimientos, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020.
Las subvenciones están destinadas a microempresas con domicilio fiscal y local de actividad en el término municipal de Sevilla que se hayan visto obligadas a cerrar sus establecimientos, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Se considera microempresa a toda aquella empresa que no cuente en su plantilla con más de 6 trabajadores por cuenta ajena.
Se exije como requisito haberse mantenido en alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en Hacienda hasta el momento de la presentación de la solicitud.
El volumen de negocio no debe superar los 250.000 euros en cómputo anual. En caso de que el volumen de negocio declarado no correspondiese al año completo, el límite se establecerá proporcionalmente al tiempo durante el cual se hayan generado dichos ingresos.
También es requisito obligatorio el no estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tipos de ayudas
Línea 1
Gastos de arrendamiento de local de negocio con un máximo de 3 mensualidades.
Gastos de arrendamientos, leasing y/o renting correspondientes a equipamientos necesarios para el desempeño de la normal actividad de la empresa, con un máximo de 3 mensualidades. No serán subvencionables las cuotas correspondientes al ejercicio de opción de compra en los contratos de leasing y/o renting.
Gastos derivados de la contratación de servicios externos, tales como gestoría, mantenimiento, seguridad, vigilancia, etc., que respondan a contratos anuales, con un máximo de 3 mensualidades.
Gastos derivados de la contratación de seguros de responsabilidad civil, incendio, robo o accidentes asociados al local de negocio y necesarios para el desarrollo de la actividad, por un importe máximo igual a la cuarta parte de la cuota anual.
Gastos de suministros, tales como, electricidad, agua, telefonía fija, cuota de internet, etc., con un máximo de tres mensualidades siempre que correspondan al local de negocio de la empresa.
Línea 2
Equipos informáticos o infraestructura de TIC. Hardware en general.
Herramientas de gestión y comercialización con desarrollo a medida: Software y aplicaciones informáticas (apps) a medida.
Bienes de equipo de procesos y auxiliares (maquinaria).
Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados anteriores que sean necesarias para el mantenimiento y mejora de la actividad desarrollada, así como para adaptarse a las nuevas exigencias de seguridad, como pantallas o mamparas separadoras u otros equipos o medidas de protección.
Excluídos
La adquisición de bienes usados.
La adquisición de materiales u otros elementos para la realización de las obras por el propio solicitante.
Los de seguros, fianzas, las tasas, los tributos, los gastos de financiación y los recogidos en el artículo 31.7 LGS. A excepción de los gastos de seguro expresamente indicados como conceptos subvencionables para la línea 1.
Impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación, como el IVA ni impuestos personales sobre la renta o cualquier otro impuesto.
No se podrán subvencionar gastos o inversiones cuando el prestador de la actividad o vendedor de los activos fuera el adquirente, o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse auto facturación.
El trámite es completamente telemático desde la web de Emvisesa y ya se han recibido más de 60 solicitudes de arreandatarios de locales, oficinas y talleres propiedad de la empresa municipal.
El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa y en coordinación con el área de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social ha aprobado y puesto en marcha diferentes programas de ayuda para aliviar los efectos económicos que la crisis de la COVID-19 está provocando en inquilinos, propietarios, autónomos, entidades sin ánimo de lucro y proveedores relacionados con la empresa municipal.
Se trata de un paquete de medidas que ofrece diferentes opciones a las que pueden acogerse quienes hayan visto empeorar su situación económica a causa de la crisis provocada por la pandemia de la COVID-19. El sitio web emvisesa.org detalla los diferentes programas disponibles, los requisitos de acceso y ofrece una página de ayuda y 16 líneas telefónicas de atención para los interesados.
En esencia, las ayudas consisten en una moratoria o una reducción de la renta según las posibilidades económicas del solicitante y el programa concreto al que se acoja.
Emvisesa ha previsto que las solicitudes de ayuda puedan tramitarse completamente de manera telemática, en consonancia con lo establecido por la normativa y para evitar desplazamientos y contribuir a reducir los contactos entre personas. El trámite se realiza mediante formularios alojados en el sitio web emvisesa.org y se ofrecen alternativas a la documentación a presentar. En caso de no poder aportar un certificado de Vida Laboral, de empadronamiento o la Declaración de la Renta, se ofrece la posibilidad de descargar y cumplimentar una declaración responsable.
“Las ayudas se tramitan en base a los documentos y declaraciones responsables que los interesados aportan. Una vez se vaya relajando el estado de alarma y no existan riesgos para la salud de las personas, iremos requiriendo la documentación original necesaria”, afirma Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Hasta el momento, Emvisesa ha recibido 146 solicitudes válidas de personas que desean acogerse a alguno de los diferentes programas de ayuda para afectados por la COVID-19. Destacan las 108 solicitudes, un 74% del total, cursadas por inquilinos de Emvisesa. Le siguen las 38 solicitudes, un 26% del total, presentadas por arrendatarios de locales, talleres y oficinas propiedad de Emvisesa, en su mayoría emprendedores autónomos que han visto su negocio cerrado o su actividad muy mermada. Las solicitudes de propietarios de viviendas de Emvisesa han sido redirigidas a otros programas, por no cumplir los requisitos.
Ayudas a inquilinos
El 4 de abril la empresa municipal adaptó su protocolo de ayuda a inquilinos afectados por la COVID-19 al Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, lo cual implicó que los solicitantes pudieran acogerse al programa de ayudas propias de Emvisesa o a las reguladas por la citada norma.
Emvisesa cuenta con 2.798 inquilinos, de los que un 3,85% ha solicitado acogerse a alguno de los dos programas de ayuda (Emvisesa COVID-19 y Estatal COVID-19) disponibles. El programa propio de Emvisesa cuenta con mejores condiciones para la mayor parte de los potenciales solicitantes y ha acumulado el 93% de las solicitudes, mientras que el Estatal ha recibido el 7% restante.
“Desde la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, entidad coordinadora de las ayudas a inquilinos, se está estudiando caso por caso y recomendando el programa más beneficioso para cada solicitante. Por ello, es posible que algunas de las ayudas no concedidas acaben siendo aprobadas en segunda opción y que algunas ayudas pre aprobadas en un programa, pasen a otro si éste es más beneficioso para los solicitantes”, afirma Felipe Castro.
El 70,37% de las ayudas solicitadas se han concedido o están pendientes de aportar algún documento para su aprobación, mientras que el 29,63% restante no han sido concedidas, pudiendo algunas acceder a otro programa. Los motivos fundamentales para no aprobar la concesión de la ayuda son el no demostrarse vulnerabilidad, tal y como exige el protocolo y el Real Decreto-ley que regula estas ayudas, o bien no hallarse correlación entre la situación económica y la crisis provocada por la COVID-19.
Cada solicitud supone, de media, una ayuda de 256 euros mensuales. En caso de llegar a las 420 ayudas concedidas (un 15% del parque de alquiler), Emvisesa dejaría de ingresar más de 107.000 euros mensuales.
El 55% de las personas que se han acogido al programa de ayuda propio de Emvisesa abonará una renta mensual equivalente al 10% de sus ingresos (con un mínimo de 75€ de renta mensual) hasta que se decrete el fin del estado de alarma o la empresa municipal lo anuncie en su sitio web. El 17% abonará una renta equivalente al 5% de sus ingresos mensuales disponibles (con un mínimo de 45 euros mensuales) y el 28% restante abonará 25 euros mensuales de renta de alquiler.
En el 59% de las ayudas aprobadas los solicitantes se han visto afectados por un expediente de regulación de empleo (ERTE); en el 23% se trataba de autónomos obligados a un cese de actividad; un 5% de las familias han sufrido ambas casuísticas, mientras que en el 13% restante se ha dado una situación de desempleo que afecta a la unidad de convivencia.
Ayuda a autónomos
Emvisesa ha recibido 38 solicitudes de arrendatarios de locales, oficinas y talleres propiedad de la empresa municipal. En su mayoría se trata de emprendedores y pequeños empresarios autónomos que han visto sus negocios cerrados o su actividad muy mermada a causa de la COVID-19.
El 89,5% de las solicitudes están completas o en trámites de completarse tras los requerimientos oportunos por parte de Emvisesa, mientras que el 10,5% restante aún tienen la oportunidad de ajustarse a los requisitos exigidos en el protocolo de ayuda.
Una vez aprobadas las ayudas y de manera general, los solicitantes gozarán de un aplazamiento por el que podrán dejar de abonar hasta el 50% de sus recibos de alquiler entre los meses de abril y diciembre de 2020 y abonar la diferencia en 24 meses a partir de enero de 2021, sin gastos ni intereses de ningún tipo.
Las 38 solicitudes tramitadas supondrían que Emvisesa aplazaría hasta 94.726 euros de rentas en 24 meses. La media es de hasta 2.500 euros de aplazamiento por solicitud de ayuda aprobada. En caso de llegar a las 94 ayudas concedidas (un 30% del parque de locales comerciales, talleres y oficinas), Emvisesa aplazaría aproximadamente 235.000 euros de renta a 24 meses.
“Emvisesa ha reforzado la atención a las personas afectadas por la COVID-19 mediante media docena de programas de ayuda. Todos los empleados de la empresa municipal están trabajando sin descanso para aliviar la crisis de los más afectados y contribuir a la reactivación económica. Técnicos, personal jurídico, administrativos, economistas… El personal que atiende los teléfonos y responde los correos está realizando turnos que van más allá de su horario de forma voluntaria y estamos recibiendo cientos de mensajes de agradecimiento y felicitación. El apoyo por parte del Ayuntamiento nos está permitiendo responder con todos estos programas de ayuda y con licitaciones que alivian la crisis a numerosas familias”, ha expresado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Escucha las declaraciones de Felipe Castro sobre el balance provisional de los planes de ayuda de Emvisesa a afectados por la COVID-19:
Esta medida se enmarca dentro de la estrategia de apoyo a los sectores más afectados por la paralización de la actividad económica dentro de las competencias municipales que coordina el comité de seguimiento municipal sobre el coronavirus presidido por el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y del que forman parte el delegado de Gobernación y Fiestas Mayores, Juan Carlos Cabrera; el delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y la delegada de Recursos Humanos y Modernización, Clara Macías.
El protocolo, que entra en vigor en el día de hoy, abre la posibilidad de solicitar esta moratoria en el pago del alquiler a aquellas empresas, autónomos, artesanos o entidades sociales que hayan tenido que cerrar por el primer decreto de alarma o por la ampliación aprobada el 29 de marzo, así como aquellos que hayan podido mantener su actividad pero que hayan experimentado una disminución de los ingresos en el último mes de un 75% respecto al promedio del semestre anterior. Aquellos que soliciten esta moratoria, tendrán la posibilidad de acceder a un pago fraccionado de la cantidad pendiente hasta en 15 meses, a partir del 1 de enero de 2021.
El parque de actividades terciarias de Emvisesa incluye establecimientos abiertos al público, oficinas, talleres artesanales y sedes de entidades sociales que han puesto en marcha proyectos a través de algunos de los programas de la empresa municipal. También se ofrece la posibilidad de acogerse a este protocolo extraordinario de ayuda a las viviendas cedidas a entidades sin ánimo de lucro donde se desarrollen proyectos sociales.
En todos estos casos, los inquilinos ya cuentan con condiciones por debajo de las cifras del mercado y, en aquellos que forman parte de las convocatorias de promoción de empleo, las obras han sido ejecutadas además por el Ayuntamiento a través de recursos de la empresa municipal o de la Delegación de Empleo, Bienestar Social y Coordinación de Planes Integrales.
Felipe Castro resume el Protocolo:
“La estrategia del gobierno de la ciudad es dar todas las facilidades y el apoyo posible, dentro de las competencias municipales, a las empresas, autónomos y entidades que más están sufriendo las consecuencias económicas de la paralización de la actividad por la crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVID 19, y al mismo tiempo, priorizar una intervención social sobre aquellos hogares que puedan entrar en situación de vulnerabilidad por la pérdida de recursos económicos”, explicó el delegado de Bienestar Social, Empleo y coordinación de planes integrales de transformación social, Juan Manuel Flores.
EMVISESA convoca un procedimiento para la adjudicación de un contrato de arrendamiento o de un derecho de superficie sobre la parcela, de uso terciario, denominada Q4(2) del Plan Parcial del SUP-PM-6, correspondiente con el API-DMN-04 (Pino Montano).
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OBJETO: constitución de un derecho de superficie o un derecho de arrendamiento sobre la parcela, denominada Q4(2) del Plan Parcial del SUP-PM-6, correspondiente con el API-DMN-04 (Pino Montano), con destino a la construcción y explotación de un edificio de uso terciario.
PLAZO: Cincuenta años (50), prorrogable por períodos de cinco (5) años hasta un máximo de setenta y cinco (75) años.
TIPO DE LICITACION: Ciento cinco mil setecientos veintiocho euros (105.728,00 €) anuales, IVA excluido.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Las establecidas en el cláusula II.4 del Pliego de Condiciones por el que se rige el procedimiento de contratación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Desde el 1 de septiembre hasta el día 30 de septiembre de 2016, ambos inclusive, de lunes a viernes (laborables), en horario de 8:30 a 14:30 horas, excepto el último día del plazo en que la hora límite de presentación serán las 14:00 horas.
LUGAR DE PRESENTACION: Se presentará en el Registro General de Entrada de EMVISESA, sito en la calle Bilbao, número 4, C.P. 41001, en Sevilla, en la forma prevista en la cláusula II.2 del Pliego de Condiciones.
OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN: La fecha límite para la obtención de documentos e información será al término de presentación de proposiciones. No obstante, cualquier solicitud de compulsa o bastanteo de documentación deberá presentarse con al menos 5 días naturales de antelación a la fecha límite de presentación de ofertas.
El Pliego de Condiciones y documentación anexa, se encuentra a disposición de los licitadores en los sitios web de EMVISESA y el Ayuntamiento de Sevilla para su descarga, así como en el domicilio de EMVISESA en C/ Bilbao, número 4, C.P. 41001, en Sevilla.
Treinta y cinco diseñadores de la Escuela Sevilla de Moda han sido responsables de un desfile con propuestas inspiradas en Cervantes y su obra, en el IV centenario de la muerte del autor de Alcalá de Henares (1547-1616).
Unas 600 personas recibieron con entusiasmo las propuestas de los 35 alumnos de Sevilla de Moda, en un perfecto maridaje con la representación teatral organizada por La Madeja Teatro y la música, mezcla de instrumentos clásicos y electrónica.
EMVISESA es la propietaria de los talleres y plazas de aparcamiento del Parque Empresarial Arte Sacro y Afines de Sevilla, donde tiene su sede Sevilla de Moda, así como un buen número de empresas de moda, diseño gráfico, tecnología, audiovisual, ingeniería o arquitectura.
Si deseas descubrir las ventajosas condiciones que EMVISESA ofrece a los emprendedores con interés en instalarse en el Parque Arte Sacro, no dudes en contactar con nosotros.