Emvisesa, como entidad colaboradora, pone en conocimiento de todos los interesados que la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento y Vivienda en Sevilla ha publicado hoy, martes 4 de julio, los listados relacionados con el Plan Alquila 2016 de ayudas al alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.
Los listados se publican una vez analizadas las subsanaciones presentadas hasta el pasado 13 de marzo y sometidas a las verificaciones y comprobaciones que determinan el cumplimiento de los requisitos exigibles.
Las solicitudes se han clasificado en 3 diferentes grupos:
- Listado de personas beneficiarias provisionales y suplentes, por orden de mayor a menor puntuación.
- Listado de solicitudes propuestas provisionalmente como desfavorables, por no cumplir con los requisitos establecidos.
- Listados de solicitudes definitivamente desistidas (por no haberse acreditado los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria), inadmitidas (por haber sido presentadas fuera de plazo) y las que han sido objeto de renuncia.
El Anexo I se compone del listado de personas beneficiarias provisionales y suplentes, por orden de mayor a menor puntuación. Se entiende por suplentes aquellas para las que, cumpliendo con los requisitos exigidos, no alcanza el presupuesto disponible.
El documento PDF Anexo I permite que usted pueda localizarse tecleando, por ejemplo, su DNI (CONTROL+F) y en la columna “ESTADO” podrá comprobar si tiene la condición de “Beneficiario provisional” o de “Beneficiario Suplente”.
PLAZO CONCLUIDO.
Las personas beneficiarias provisionales y suplentes relacionadas en el Anexo I y las que hayan alegado con la pretensión de serlo presentarán en nuestra sede de calle Bilbao, en horario de atención al ciudadano, la siguiente documentación, SÓLO EN EL CASO de que así lo indique en las OBSERVACIONES del listado:
- En aquellos casos en los que el listado recoja “MESES SIN JUSTIFICAR”: Si Emvisesa es la arrendadora de su vivienda, no es necesario que acuda a nuestra oficina, a no ser que lo citemos expresamente, ya que Emvisesa presentará a la Consejería un certificado de los importes ya abonados correspondientes a mensualidades del periodo subvencionable, acreditadas conforme al modo de pago establecido en el contrato de arrendamiento (Anexo IV de la Orden de 30 de junio de 2016, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF).
b) En aquellos casos en los que el listado recoja “ANEXO II: NO”: Ficha de datos complementarios ajustada al modelo publicada con la orden de convocatoria (Anexo II de la Orden de 30 de junio de 2016, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF) .
c) En aquellos casos en los que el listado recoja “CC EN HACIENDA: NO”: Número de cuenta bancaria en la que se abonará la subvención (Ficha de Mantenimientos de Tercero sellada por la entidad financiera, si no puede visualizar el PDF en su navegador, pruebe a descargarlo y abrirlo en su lector habitual de PDF).
d) En aquellos casos en los que el listado recoja “VULNERABILIDAD ACREDITADA: NO”, deberá presentarse Informe de los servicios sociales comunitarios acreditativos de la condición de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social. Se trata de los expedientes en que se ha alegado la solicitud de tal circunstancia pero aún no le había sido acreditada.
Le recomendamos la consulta de la Guía de Ayuda publicada por Emvisesa.
- Acuerdo de apertura del plazo de alegaciones, de 05/07/2017 a 15/07/2017 ambos inclusive (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO).
- Resolución de solicitudes desistidas, inadmitidas y renuncias.
Una vez analizadas las alegaciones presentadas en este trámite, tras la finalización del plazo de alegaciones el 15 de julio (AMPLIADO HASTA EL 17 DE JULIO), será dictada Propuesta Definitiva de Resolución una vez analizada toda la documentación entregada.