Ampliación del plazo para solicitar ayudas en materia de rehabilitación energética: oportunidad hasta el 26 de diciembre

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ha anunciado una prórroga crucial para aquellos interesados en mejorar la eficiencia energética de sus viviendas individuales o edificios en Sevilla. Se amplía el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas destinadas a la rehabilitación energética de viviendas individuales y comunidades hasta el 26 de diciembre de 2024.

Esta medida, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), responde a la creciente demanda e interés de vecinos y comunidades de propietarios por beneficiarse del Plan Ecovivienda. Este plan, diseñado para gestionar y ejecutar los fondos europeos Next Generation en materia de vivienda, representa una oportunidad única para modernizar hogares, haciéndolos más eficientes y sostenibles.

Las líneas de ayuda abarcadas son:

Línea 3: subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificios.

Línea 4: subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas.

El Plan Ecovivienda, respaldado por el Real Decreto 853/21 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, no solo busca mejorar la calidad de vida de los andaluces, sino también contribuir al ahorro energético y a la reducción de la factura eléctrica.

Para solicitar estas subvenciones, los interesados pueden hacerlo de forma telemática a través del sitio web de la Consejería. La Oficina municipal de asesoramiento en materia de accesibilidad, ascensores y eficiencia energética, inaugurada el pasado mes de diciembre por el Ayuntamiento de Sevilla y gestionada por Emvisesa, prestará apoyo a todos los interesados a través del correo electrónico asesora@emvisesa.org o en el teléfono 955 476 004.

Las ayudas tienen como objetivo principal la reducción del consumo energético en los hogares, incluyendo intervenciones como mejoras en el aislamiento, instalación de sistemas de energías renovables como placas fotovoltaicas y aerotermia, o el cambio de ventanas y sistemas de iluminación.

Es importante destacar que estas ayudas son compatibles entre sí, siempre y cuando no se subvencione el mismo objeto. Con la línea de rehabilitación de edificios, se puede obtener un porcentaje significativo de la inversión, mientras que las subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas también ofrecen un apoyo considerable.

La Oficina de asesoramiento recomienda aprovechar esta oportunidad adicional para impulsar la eficiencia energética en nuestros hogares y comunidades. No pierdas la ocasión de beneficiarte de estas ayudas que no sólo mejoran tu calidad de vida, sino que también contribuyen al cuidado del medio ambiente. ¡Solicita ahora y haz tu parte en la transformación hacia un futuro más sostenible!

Para más información y para realizar la solicitud, visita:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/plan-eco-vivienda.html

https://www.emvisesa.org/oficina-municipal-de-asesoramiento-en-materia-de-accesibilidad-ascensores-y-eficiencia-energetica/

 

El Ayuntamiento de Sevilla abre una nueva convocatoria para apoyar a entidades sin ánimo de lucro con proyectos sociales implantados en locales, talleres y oficinas de Emvisesa

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha abierto una convocatoria dotada con un presupuesto de 28.556,24 euros para apoyar a entidades del tercer sector implantadas en locales comerciales, talleres y oficinas propiedad de la empresa pública de vivienda que hayan visto afectados sus ingresos por la crisis originada por la Covid_19.

El Ayuntamiento de Sevilla y Emvisesa continúan impulsando la creación, promoción y consolidación de empleo y transformación social de la ciudad, facilitando el desarrollo de actividades con impacto social especialmente transformador. Esta convocatoria es una continuación de la que abrimos el año pasado, dotada con 200.000 euros, para apoyar a las distintas empresas, autónomos y entidades del tercer sector que mantienen alquilados locales, oficinas o talleres propiedad de la empresa municipal y que vieron afectados sus ingresos por la crisis sanitaria y económica originada por la COVID_19”.

Los solicitantes podrán acogerse a una rebaja temporal de la renta que abonan (con el 31 de diciembre de 2025 como límite) o bien, a un aplazamiento de cantidades impagadas (moratoria) hasta un máximo de meses equivalentes a los que queden de duración del contrato.

La convocatoria estará abierta para la presentación de solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2022 a las 15:00 horas. Las bases y el formulario de solicitud se encuentran publicados bajo estas líneas.

El procedimiento de resolución de la convocatoria será mediante el establecimiento de una puntuación entre los participantes. El número de arrendatarios que se verán beneficiados dependerá de las cantidades asignadas a cada uno de ellos, en función del orden de puntuación obtenido y hasta agotarse el presupuesto establecido, que asciende a 28.556,24 euros.

Se podrán presentar aquellas entidades que ya se hubieran presentado a la anterior convocatoria de medidas aprobadas en marzo de 2021, en el caso en el que no hubieran agotado el límite máximo que podían haber solicitado en la citada convocatoria. El mantenimiento de los puestos de trabajo es uno de los criterios de puntuación”.

Cada uno de los participantes podrá solicitar la medida que mejor se adapte a sus necesidades siempre teniendo como límite el importe equivalente a 12 mensualidades de su renta, con un máximo importe de 10.000 euros por beneficiario o actividad.

Descargar (PDF, 176KB)


    "Medidas de apoyo al Parque de Terciarios de EMVISESA: Línea 2. Entidades del Tercer Sector: julio 2022"

    Esta ayuda extraordinaria está habilitada ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA ENTIDADES DEL TERCER SECTOR QUE ABONAN UNA RENTA DE ALQUILER POR UN LOCAL COMERCIAL, OFICINA O TALLER PROPIEDAD DE EMVISESA.


    Datos personales del SOLICITANTE (los campos con asterisco son obligatorios)

    DATOS DEL LOCAL COMERCIAL, OFICINA O TALLER PARA EL QUE SOLICITA LA MEDIDA DE APOYO(los campos con asterisco son obligatorios)



    REQUISITOS NECESARIOS PARA ACOGERSE A LA MEDIDA DE APOYO A EMPRESARIOS, EMPRENDEDORES Y AUTÓNOMOS(los campos con asterisco son obligatorios)
    En relación a la renta abonada deberá cumplir, al menos, uno de estos dos requisitos:



  • DATOS DE LA SOLICITUD(los campos con asterisco son obligatorios)
  • DOCUMENTACIÓN (VER BASES): SÓLO SE ADMITEN ARCHIVOS EN FORMATO DOCX, JPG Ó PDF CON MENOS DE 3 MB DE TAMAÑO
  • Adjunte la documentación que ACREDITA LOS COSTES DE ADECUACIÓN DEL INMUEBLE PARA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD, SEGÚN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA
  • Adjunte la documentación que ACREDITA EL MANTENIMIENTO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO, SEGÚN LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

    DECLARACIÓN RESPONSABLE Y AUTORIZACIÓN
  • (REQUISITO OBLIGATORIO) Declaro que mi situación económica se ha visto seriamente perjudicada por la crisis del coronavirus COVID-19, dificultando el pago de la renta del local comercial/oficina/taller/ que mantengo alquilado a Emvisesa. Asimismo, declaro que todos los datos referidos en mi solicitud son ciertos y autorizo a Emvisesa a efectuar la recogida de documentación y las diligencias necesarias para tramitar esta medida de apoyo que solicito al presentar este formulario.
  • Al presentar esta solicitud, acepto todas las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria.

  • Al enviar este formulario solicito la aplicación de LAS MEDIDAS DE APOYO A INQUILINOS DE LOCALES COMERCIALES, OFICINAS Y TALLERES DE EMVISESA AFECTADOS POR EL CORONAVIRUS COVID-19
  • He sido informado, declaro ser mayor de 14 años y presto mi consentimiento para el tratamiento de mis datos personales con la finalidad descrita en esta página.

    * Campos obligatorios

    Emvisesa comprobará la veracidad de lo expresado en esta solicitud, así como el cumplimiento de todos los requisitos por parte de los solicitantes.


    Emvisesa envía un correo de confirmación con el acuse de recibo de todas las solicitudes cursadas.

    La Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda de Sevilla alcanza los 1.843 expedientes abiertos para asesorar y ayudar a personas en riesgo de desahucio desde su apertura en 2016

    La Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda de Sevilla, dependiente de Emvisesa y en coordinación con el área de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales, ha atendido desde enero de 2020 hasta junio de 2021 (periodo afectado por las consecuencias económicas y sociales provocadas por la pandemia) a 451 personas en riesgo de perder sus viviendas. La cifra refleja que se ha mantenido la misma tendencia, sin que la crisis sanitaria haya tenido de momento un efecto directo en el aumento del número de familias que han requerido la intervención municipal. Con este balance, el organismo creado por el gobierno de la ciudad en 2016 con sede en San Jerónimo alcanza los 1.843 expedientes abiertos. Además, en estos cinco años, más de 11.000 personas han realizado algún tipo de trámite en esta oficina.

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    En mayo de 2016, el gobierno de la ciudad cumplió uno de sus compromisos con la ciudadanía y dotó a Sevilla por primera vez de una oficina que coordinara y centralizara la atención a personas en riesgo de perder sus hogares. Partimos de una situación compleja, con muy escasos recursos, sin un procedimiento, con una grave crisis económica y sin instrumentos al servicio de un problema tan importante para la ciudadanía como es la vivienda. Cinco años después, los sevillanos y sevillanas cuentan con un dispositivo contrastado, que demuestra su efectividad día a día y pone a su servicio herramientas y recursos para afrontar situaciones difíciles relacionadas con el riesgo de perder su vivienda”, explica el delegado de Bienestar Social, Empleo y planes integrales, Juan Manuel Flores, quien ha presentado los datos del balance semestral de la OMDV junto al gerente de Emvisesa, Felipe Castro.

    Concretamente, en el primer semestre de 2021 se han atendido a 183 familias, en el segundo semestre de 2020 se abrieron 136 expedientes y en el primer semestre la cifra fue de 132. Estos datos, en cualquier caso,  no suponen incremento alguno respecto a la tendencia que se venía registrando en la OMDV. Las limitaciones de movilidad redujeron la asistencia en 2020 y en el año 2021 se ha vuelto a un balance similar a  2019.  No obstante, los 451 expedientes atendidos durante la pandemia reflejan la importancia que ha tenido este dispositivo durante estos 18 meses en los que ha permanecido abierto (salvo en las primeras semanas del estado de alarma) adaptando su funcionamiento a la normativa sanitaria. De hecho se han reforzado cuestiones como la cita previa y a la gestión telefónica y telemática de los expedientes para evitar desplazamientos.

    Con estos 451 expedientes, la cifra total de casos tramitados por la OMDV asciende a 1.843 desde su puesta en funcionamiento. Entre las causas más habituales figuran los desahucios inminentes, las ocupaciones ilegales, los contratos de alquiler con procedimientos de desahucio a medio plazo o las ejecuciones hipotecarias.  En todos estos casos, la OMDV y los Servicios Sociales han intervenido de alguna forma y, como mínimo, si finalmente se ha producido el desalojo o desahucio han contado con una alternativa habitacional.

    Del balance de la OMDV se desprende además que en 409 expedientes, lo que supone un 22% del total, se ha acreditado por parte de los Servicios Sociales la vulnerabilidad de la familia y la situación de excepcionalidad. Con esta base se ha tramitado el acceso a una vivienda de carácter social por urgencia, garantizando así una alternativa habitacional. En el resto de casos, se ofrecen ayudas o apoyo acordes con la situación económica y social de la familia.

    De los 1.843 expedientes, están completamente cerrados 1384. De ellos, destaca que 161 se han resuelto con una negociación; 69 con asesoramiento y en 341 casos ha habido una falta de colaboración o de seguimiento del expediente por parte de la persona afectada. En otros casos se han concedido informes de excepcionalidad o alternativas habitacionales.  Sólo en un 1% de los casos el propietario se ha negado a colaborar. Este porcentaje ha descendido durante los últimos años puesto que llegó a estar en el 7%.  En cuanto a las características de los expedientes, el 78% han acabado en los juzgados por impago de rentas (331), ejecución hipotecaria (230), ocupación irregular de la vivienda (184) u ocupantes sin título legal vigente (168).

    Sobre la titularidad de los inmuebles, la mayor parte de los expedientes que se tratan en la OMDV se corresponden con problemas con alquileres (677), seguido de ocupaciones ilegales (451) y de viviendas en propiedad (313). En más de la mitad de los casos (52%) los procedimientos afectan a  entidades bancarias.

    La OMDV, por tanto,  ha logrado cumplir su objetivo durante sus cinco años de vida, habiendo garantizado el derecho a la vivienda mediante asesoramiento y mediación. La colaboración entre Emvisesa, los Servicios Sociales municipales o el Registro de Demandantes ha permitido que en todos los casos pueda ofrecer apoyo, asistencia, mediación y una alternativa habitacional a quien ha perdido su hogar”, concluyó Juan Manuel Flores.

    Ver el Informe completo.

    Emvisesa abre una convocatoria dotada con 200.000 euros para apoyar a emprendedores y entidades del tercer sector afectados por la COVID_19

    Emvisesa ha abierto una convocatoria con la que establece un mecanismo para apoyar a las distintas empresas, autónomos y entidades del tercer sector que mantienen alquilados locales, oficinas o talleres propiedad de la empresa municipal y que han visto afectados sus ingresos por la crisis sanitaria y económica originada por la COVID_19.

    La dotación económica de las medidas de apoyo asciende a 200.000 euros que cubrirán, en función de la puntuación obtenida en la convocatoria, al mayor número de participantes posibles.

    Se podrán presentar a la convocatoria todas aquellas empresas, entidades del tercer sector y autónomos que reúnan los  requisitos exigidos en las bases.

    Existen dos líneas de medidas diferenciadas:

    Con esta convocatoria vamos a continuar colaborando al mantenimiento de las distintas actividades implantadas en nuestros locales comerciales, oficinas y talleres, con la importancia que ello tiene en el empleo y en la economía de Sevilla. Nuestros programas están contribuyendo a minimizar el perjuicio económico que la crisis sanitaria de la COVID_19 está causando en las familias y en el tejido empresarial de nuestros barrios“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

    El procedimiento de resolución de la convocatoria será mediante el establecimiento de una puntuación entre los participantes. El número de arrendatarios que se verán beneficiados dependerá de las cantidades asignadas a cada uno de ellos en función del orden de puntuación obtenido hasta agotarse el presupuesto disponible.

    Cada uno de los participantes podrá solicitar la medida que mejor se adapte a sus necesidades, siempre teniendo como límites los importes especificados en las Bases de la convocatoria.

    La medida solicitada podrá estar comprendida en alguno de los siguientes conceptos y deberá de cumplir siempre con las limitaciones en cuanto a meses o importe:

    • Rebaja temporal de renta.
    • Aplazamiento de cantidades impagadas (moratoria).

    Los criterios de puntuación se detallan en las bases y se valora la imposibilidad de haber podido recuperar la actividad a causa de la COVID, la disminución de ingresos, los gastos en adecuación del local, la renta mensual que abona el arrendatario a Emvisesa, el mantenimiento de los puestos de trabajo vinculados a la actividad, el importe y/o moratoria solicitados.

    Existe una Comisión Técnica de Valoración que estudiará las solicitudes presentadas y formulará un informe que servirá de base a la propuesta de adjudicación.

    El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde hoy hasta las 15:00 horas  del viernes 21 de mayo del presente 2021.

    Consultar las BASES:

    Descargar (PDF, 519KB)


    Ir al formulario de solicitud de la LÍNEA 1 (EMPRENDEDORES, EMPRESARIOS, AUTÓNOMOS).

    Ir al formulario de solicitud de la LÍNEA 2 (ENTIDADES DEL TERCER SECTOR).

     

     

     

    Emvisesa suma ya ayudas por un importe próximo a los 9 millones de euros para familias inquilinas del parque público municipal

    El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha logrado tramitar ayudas para 176 familias inquilinas en situación de especial vulnerabilidad por un importe de 535.050 euros. Estos recursos se han obtenido, con el apoyo de Emvisesa en asesoramiento y tramitación a través de la convocatoria de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Esta línea se suma a otras puestas en marcha para todo el parque público de alquiler y que se acercan ya a los nueve millones de euros en los últimos años.

    Felipe Castro y Juan Manuel Flores, instantes antes del comienzo de la rueda de prensa.
    Felipe Castro y Juan Manuel Flores, revisando un informe de actuaciones de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda.

    «El Ayuntamiento está poniendo en marcha distintas medidas de apoyo a las familias inquilinas de viviendas públicas dentro de sus competencias y al mismo tiempo estamos intentando aprovechar todas las oportunidades que se nos presentan desde otras administraciones», explicó Juan Manuel Flores,  delegado de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales, quien destacó en este sentido el trabajo que se está realizando desde la Oficina Municipal por el Derecho a una Vivienda Digna.

    Las ayudas más cuantiosas se aplican en el caso de la ciudad de Sevilla desde el año 2017 cuando se acordó la exención del 95% del pago del IBI a todas las personas inquilinas de viviendas públicas. Esta decisión, ratifica por el Pleno, y que beneficia tanto a inquilinos de Emvisesa como de AVRA, ha supuesto hasta el momento sólo en el caso de alquileres de la empresa municipal de vivienda 3,4 millones de euros.

    En segundo lugar, se han ejecutado más de 3,3 millones de euros a través de ayudas gestionadas a través de los Servicios Sociales municipales para el pago del alquiler en aquellos casos que cumplan con los requisitos sociales y económicos establecidos principalmente a través del programa de las Prestaciones Públicas Complementarias (PPC/PPR) de los Servicios Sociales.

    Emvisesa ha gestionado también expedientes y mediado para que las familias inquilinas pudieran acceder al Plan Alquila, unas gestiones que han contribuido a que casi 400 hogares hayan recibido 1,8 millones de euros en ayudas de este programa.

    Finalmente, en los últimos días se ha conseguido acceder a ayudas para 176 inquilinos de viviendas de Emvisesa, por un total de 535.050,62 euros para los años 2020 y 2021 de una convocatoria aprobada por la Consejería de Fomento de la Junta de Andalucía. De dicho importe total, ya se han ingresado 267.525,31 euros, la parte correspondiente al año 2020.

    Ayudas concedidas o tramitadas por Emvisesa para inquilinos de viviendas de su parque público.
    Ayudas concedidas o tramitadas por Emvisesa para inquilinos de viviendas de su parque público.

    Los inquilinos de Emvisesa se han beneficiado, durante los últimos 5 años, de 9 millones de euros en ayudas directas del Ayuntamiento de Sevilla así como de ayudas autonómicas gestionadas por la empresa municipal. Esta cifra comprende únicamente la exención en el impuesto de bienes inmuebles y las ayudas municipales y autonómicas para pagar el alquiler a familias con pocos recursos. Existen otras ayudas como los planes de empleo, las reducciones de renta a entidades sin ánimo de lucro, las destinadas al abono de los suministros y de comunidad, los acuerdos de pago o aquellas pensadas para inquilinos y empresarios afectados por la COVID_19 que no están contabilizadas en esta cifra“, ha concluido Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

    Emvisesa prorroga la renta mínima exigible para todos sus inquilinos solicitantes de la ayuda al alquiler para familias con pocos recursos

    Los inquilinos de viviendas pertenecientes al parque de alquiler de Emvisesa que hayan solicitado en el año 2019 las ayudas destinadas a familias con pocos recursos, conocidas como PPC/PPR, y cuyos expedientes hayan sido remitidos a los Servicios Sociales, podrán seguir abonando la renta mínima exigible establecida por la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda hasta el 31 de diciembre de 2020.

    Las ayudas PPC/PPR han supuesto un ahorro superior a los dos millones de euros para las familias más necesitadas que abonan una renta de alquiler por una vivienda de Emvisesa. Se les exige una serie de requisitos y, una vez comprobado su cumplimiento, abonan una cantidad que se corresponde con sus posibilidades económicas y que puede ir desde los 25 euros mensuales hasta un 30% de sus ingresos mensuales“, ha expresado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.

    La prórroga se aplicará a todos los solicitantes de 2019 cuyos expedientes hayan sido remitidos a los Servicios Sociales, independientemente de que estos hayan o no concedido la ayuda, salvo que les haya sido denegada por motivos económicos, con las siguientes condiciones:

    –           La OMDV se pondrá en contacto mediante un correo electrónico (llamada telefónica en los casos en que los interesados no dispongan de correo electrónico) con todos los potenciales beneficiarios. Les informará de las condiciones de la prórroga y les solicitará la documentación necesaria que deben aportar. UNA VEZ HAYAN SIDO CONTACTADAS POR LA OMDV, todas aquellas personas que dispongan de correo electrónico enviarán la documentación requerida a la dirección omdv@emvisesa.org . Aquellas personas que no dispongan de correo electrónico serán citadas en la sede de la avenida de San Jerónimo (antes del 30 de octubre de 2020) y habrán de aportar la documentación estipulada para acogerse al Programa de Protección a familias con pocos recursos, actualizada con los datos del año 2020: DETALLAMOS LA DOCUMENTACIÓN QUE LES VA A SOLICITAR LA OMDV UNAS LÍNEAS MÁS ABAJO PARA QUE PUEDAN IR PREPARÁNDOLA. NO LA ENVÍEN HASTA QUE LES SEA SOLICITADA.

    –           Una vez recibida y estudiada dicha documentación, se procederá a actualizar el importe de la “renta mínima exigible” de conformidad con lo establecido en las bases de dicho Programa, atendiendo a la situación económica actual de la familia. El importe resultante, que se comunicará al interesado, estará vigente para las mensualidades de noviembre y diciembre de 2020.

    –           La falta de aportación de la documentación requerida, su aportación fuera de plazo o el incumplimiento de las condiciones económicas establecidas para la aplicación del Programa determinarán la denegación de la prórroga y la obligación de abono de la renta establecida en el contrato de alquiler, íntegramente y desde el vencimiento de noviembre de 2020.

    DOCUMENTACIÓN A APORTAR UNA VEZ LES SEA REQUERIDA POR LA OMDV:

    • Fotocopia del Libro de Familia y el DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
    • Acreditación de los ingresos de la unidad familiar correspondientes al año 2020 (certificado de Ingresos y Retenciones, certificado de pensiones, certificado de prestación por desempleo, etc).
    • Fotocopia de las 6 últimas nóminas de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad. En caso de encontrarse en situación de desempleo, certificado del INEM donde conste la prestación recibida. Los pensionistas deberán aportar certificado de la pensión mensual. En caso de no tener ingresos, deberá presentar Certificado de la Seguridad Social de no percibir pensión.
    • Certificado de Vida Laboral actualizado de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad.
    • Certificado de empadronamiento colectivo en la vivienda.
    • Fotocopias de las 3 últimas facturas de los suministros de electricidad y agua.
    • Certificado de la Comunidad de Arrendatarios (administrador o presidente) de encontrarse al corriente en los pagos de las cuotas de la comunidad.

    La prórroga se aplicará de oficio por la empresa municipal y será la OMDV quien contacte individualmente con todos los beneficiarios a través de un correo electrónico o una llamada telefónica, especificando el día de la cita y la documentación necesaria. Por tanto, no es necesario acudir con antelación a las oficinas de Emvisesa ni de la OMDV, ni solicitar cita o contactar telefónicamente ni por ningún otro medio. Si tiene alguna duda, escriba un correo electrónico a la dirección omdv@emvisesa.org

    Desde junio de 2015, Emvisesa ha tramitado casi 4,5 millones de euros en ayudas al alquiler para sus inquilinos con pocos recursos. Destacan los más de dos millones de euros concedidos en ayudas al alquiler para familias con pocos recursos inquilinas de viviendas de la empresa municipal.

    Ayudas a inquilinos de Emvisesa con pocos recursos.
    Las ayudas a inquilinos de Emvisesa con pocos recursos tramitadas por la empresa municipal han alcanzado los 4,16 millones de euros desde junio de 2015 hasta el momento actual.

    Estamos inmersos en un periodo muy marcado por los efectos económicos de la crisis provocada por la COVID-19 que, sin embargo, no ha paralizado la actividad municipal en materia social y, especialmente, en lo referido a vivienda asequible. El Ayuntamiento de Sevilla y Emvisesa están facilitando la tramitación de las ayudas estatales y autonómicas disponibles, así como creando programas propios para nuestros inquilinos, propietarios o arrendatarios más afectados. La colaboración de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda, creada en 2016, está siendo clave en la detección de las necesidades, así como para ofrecer una respuesta rápida y prestar todo el asesoramiento necesario en la tramitación de las ayudas”.

     

    Resolución de la prórroga:

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    Los inquilinos de viviendas de Emvisesa ya pueden solicitar las ayudas del “Protocolo de Protección a familias con pocos Recursos”. El Ayuntamiento ya ha abonado 2,5 millones de euros en ayudas a inquilinos de Emvisesa

    ESTA NOTICIA CORRESPONDE A MARZO DE 2019. PUEDE ACCEDER A INFORMACIÓN ACTUALIZADA EN ESTE ENLACE.

    Ya está abierto el nuevo plazo para que inquilinos de Emvisesa en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas propias del Protocolo de Protección a familias con pocos Recursos, conocidas como PPR-PPC.

    Se trata de ayudas a cuenta del presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla, tramitadas en coordinación con Emvisesa y los Centros de Servicios Sociales. Los destinatarios son familias o unidades de convivencia inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por ésta.

    Los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

    a)      Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo todos los requisitos establecidos en la normativa de viviendas protegidas.

    b)      No encontrarse sancionado por la no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.

    c)      Tener los suministros (agua, electricidad, gas) contratados legalmente.

    d)      Encontrarse todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia empadronados en la vivienda arrendada.

    Asimismo, los solicitantes han de ser usuarios de los Servicios Sociales  Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, hallarse en situación de riesgo o exclusión social y reunir los requisitos  establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla para la anualidad correspondiente. La comprobación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por el Centro de Servicios Sociales, servicio especializado donde esté siendo atendida la familia solicitante, o bien por la OMDV (Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda).

    Las personas que quieran acogerse a este protocolo habrán de presentar los impresos normalizados disponibles bajo estas líneas en las oficinas de la OMDV, solicitando cita previa en el teléfono 955476171. Los documentos son el impreso de solicitud y 3 anexos.

    Asimismo, habrán de presentar la siguiente documentación:

    –          Tres últimas facturas de suministros de luz y agua, o en su caso, de los meses que lleve entregada la vivienda.

    –          En los casos de hijos menores escolarizados, se presentarán los justificantes de matrícula del centro escolar.

    –          Certificado de deuda cero con la Comunidad por parte de la Administración de fincas a la que pertenezca la vivienda, o en su defecto, por el Presidente de la Comunidad.

    La documentación puede descargarse bajo estas líneas y también está disponible en cualquiera de las dos sedes de Emvisesa, en horario de atención al público.

    En el periodo mayo 2015-diciembre 2018 se han abonado un total de 2,5 millones de euros en ayudas a inquilinos de Emvisesa,  923.008,63 euros en concepto de Renta Social y 1,5 millones de las ayudas PPC-PPR que han sustituido a la Renta Social.

    La Renta Social consistía en un descuento que Emvisesa realizaba en el recibo de la renta de alquiler a las familias que no podían abonarlo. En marzo de 2017 la Renta Social fue sustituida por los Programas de Ayudas a Familias con Pocos Recursos (PPC y PPR), en los que es la Delegación de Bienestar Social quien, en coordinación con Emvisesa y la OMDV, estudia la situación socioeconómica de la familia y le presta una ayuda para hacer frente a las deudas de alquiler contraídas.

    Los Programas de Ayudas a Familias con Pocos Recursos (PPC y PPR) han servido para ayudar, desde marzo de 2017, con más de 1.500.000 euros a familias inquilinas de Emvisesa en exclusión social o en riesgo de padecerla.

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    El lunes 10 de diciembre se abre la convocatoria “Alquila” para que inquilinos con ingresos limitados puedan solicitar ayudas al alquiler de vivienda habitual

    El lunes 10 de diciembre se abre la convocatoria para presentar solicitudes de ayuda para el pago del alquiler, en el marco de programa “Alquila” (ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes en la Comunidad Autónoma de Andalucía).

    La convocatoria, que finaliza el 9 de enero de 2019, del presente ejercicio 2018 posee una serie de novedades y características que la hacen especialmente atractiva:

    ·         A diferencia de ediciones anteriores esta convocatoria va a cubrir, con una sola solicitud, ayudas para los años 2018, 2019 y 2020. No será necesario, por tanto, volver a presentar solicitudes los próximos dos años, bastando con comunicar los cambios en las circunstancias declaradas en la solicitud de esta edición 2018.

    ·         Los destinatarios son personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda habitual que no abonen más de 600 euros de renta mensual, no tengan vivienda en propiedad y posean unos límites de ingresos de entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM, según los casos.

    ·         Existe un cupo especial dedicado a jóvenes menores de 35 años.

    ·         Las ayudas suponen, con carácter general, el 40% del importe mensual de renta que abonan los solicitantes beneficiarios, incrementándose hasta el 50% en el caso de mayores de 65 años y menores de 35, y hasta el 75% en el caso de situaciones de especial vulnerabilidad.

    ·         La financiación (sumando los importes estatal y autonómico) alcanza más de 57 millones de euros para el trienio, correspondiéndole 14.336.040 euros a la provincia de Sevilla.

    Emvisesa ya está asesorando a sus más de 2.600 inquilinos con los que está contactando a través de cartas, correos electrónicos y llamadas telefónicas para que, en su caso, presenten la solicitud en tiempo y forma.

    Aquellos inquilinos de Emvisesa que no hayan sido atendidos, ni hayan recibido comunicación por parte de la empresa municipal, pueden solicitar cita previa:

    • desde la web de citas previas: pulse “Solicitud de cita”, seleccione el Centro “Arte Sacro” y el servicio “Plan Alquila 2018”
    • llamando a los teléfonos de atención 955 476 182, 955 476 134, 955 476 054 ó 955 476 114.

    Una vez concertada la cita, deben acudir a nuestra sede de avenida de la Ingeniería número 9, en el Parque Empresarial Arte Sacro, local 9 (41015. Sevilla) de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas, para ser atendido/a por uno de nuestros/as técnicos/as.

    Los únicos documentos que los inquilinos de Emvisesa deben aportar en esta cita son un certificado de empadronamiento histórico colectivo, emitido en 2018, y el impreso de solicitud (Anexo I, disponible bajo estas líneas y en los Puntos de Atención al Ciudadano) cumplimentado hasta donde le sea posible (deje sin rellenar aquellos campos en los que tenga dudas).

    Dada la previsión de gran afluencia de público en la sede de Emvisesa durante la convocatoria, recomendamos a los solicitantes que no sean inquilinos de Emvisesa seguir la recomendación de la Consejería de Fomento y Vivienda y presentar la solicitud en la Delegación Territorial sita en la calle San Andrés. Los no inquilinos de Emvisesa pueden descargar la solicitud desde la web de la Consejería.

    Bases:

    Descargar (PDF, 516KB)

    Solicitud para los inquilinos de viviendas de Emvisesa:

    Descargar (PDF, 60KB)

    En 2016 Emvisesa tramitó 520 solicitudes de ayuda al alquiler para familias con ingresos limitados, mientras que el pasado año la cifra se incrementó hasta las 756. Durante 2016, las ayudas tramitadas sólo para los inquilinos de Emvisesa supusieron 364.790 euros, mientras que en 2017 (aún sin cifras definitivas) también superarán los 300.000 euros. Se trata por tanto de unos 700.000 euros de ayudas para inquilinos de VPO de Emvisesa en los dos últimos años.

    Desde el 10 de diciembre hasta el 9 de enero permanecerá abierta la convocatoria del “Plan Alquila” para solicitar ayudas para el pago del alquiler. Emvisesa ofrece cita previa a sus inquilinos para prestarles asesoramiento.

    Felipe Castro, gerente de Emvisesa, y José Manuel Colmenero, director general de Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, han suscrito el convenio por el que la empresa municipal de la vivienda se convierte, por tercer año consecutivo, en entidad colaboradora en la tramitación de las ayudas conocidas como Alquila.

    Felipe Castro, gerente de Emvisesa, y José Manuel Colmenero, director general de Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.

    En 2016 Emvisesa tramitó 520 solicitudes de ayuda al alquiler para familias con ingresos limitados, mientras que el pasado año la cifra se incrementó hasta las 756. Durante 2016, las ayudas tramitadas sólo para los inquilinos de Emvisesa supusieron 364.790 euros, mientras que en 2017 (aún sin cifras definitivas) también superarán los 300.000 euros. Se trata por tanto de unos 700.000 euros de ayudas para inquilinos de VPO de Emvisesa en los dos últimos años.

    La convocatoria del presente ejercicio 2018 posee una serie de novedades y características que la hacen especialmente atractiva:

    ·         Se abre el próximo 10 de diciembre y finaliza el 9 de enero de 2019.

    ·         A diferencia de ediciones anteriores esta convocatoria va a cubrir, con una sola solicitud, ayudas para los años 2018, 2019 y 2020. No será necesario, por tanto, volver a presentar solicitudes los próximos dos años, bastando con comunicar los cambios en las circunstancias declaradas en la solicitud de esta edición 2018.

    ·         Los destinatarios son personas titulares de contratos de arrendamiento de vivienda habitual que no abonen más de 600 euros de renta mensual, no tengan vivienda en propiedad y posean unos límites de ingresos de entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM, según los casos.

    ·         Existe un cupo especial dedicado a jóvenes menores de 35 años.

    ·         Las ayudas suponen, con carácter general, el 40% del importe mensual de renta que abonan los solicitantes beneficiarios, incrementándose hasta el 50% en el caso de mayores de 65 años y menores de 35, y hasta el 75% en el caso de situaciones de especial vulnerabilidad.

    ·         La financiación (sumando los importes estatal y autonómico) alcanza más de 57 millones de euros para el trienio, correspondiéndole 14.336.040 euros a la provincia de Sevilla.

    Emvisesa ya está asesorando a sus más de 2.600 inquilinos con los que está contactando a través de cartas, correos electrónicos y llamadas telefónicas para que, en su caso, presenten la solicitud en tiempo y forma.

    Aquellos inquilinos de Emvisesa que no hayan recibido comunicación por parte de la empresa municipal, pueden solicitar cita previa llamando a los teléfonos de atención 955 476 182, 955 476 134, 955 476 054 ó 955 476 114 y acudir a nuestra sede de avenida de la Ingeniería número 9, en el Parque Empresarial Arte Sacro, local 9 (41015. Sevilla) de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas, para ser atendido/a por uno de nuestros/as técnicos/as.

    Los únicos documentos que los inquilinos de Emvisesa deben aportar en esta cita son un certificado de empadronamiento histórico colectivo, emitido en 2018, y el impreso de solicitud (Anexo I, disponible bajo estas líneas y en los Puntos de Atención al Ciudadano) cumplimentado hasta donde le sea posible (deje sin rellenar aquellos campos en los que tenga dudas).

    Dada la previsión de gran afluencia de público en la sede de Emvisesa durante la convocatoria, recomendamos a los solicitantes que no sean inquilinos de Emvisesa seguir la recomendación de la Consejería de Fomento y Vivienda y presentar la solicitud en la Delegación Territorial sita en la calle San Andrés. Los no inquilinos de Emvisesa pueden descargar la solicitud de la web de la Consejería.

    Bases:

    Descargar (PDF, 516KB)

    Solicitud para los inquilinos de viviendas de Emvisesa:

    Descargar (PDF, 60KB)

    El Ayuntamiento de Sevilla facilita a través de Emvisesa el acceso a ayudas al alquiler de la Junta a más de 400 inquilinos de viviendas municipales con rentas bajas

    El Ayuntamiento de Sevilla, a través de Emvisesa, ha tramitado  752 solicitudes de ayuda al alquiler para inquilinos con pocos recursos por un importe estimado de 770.000 euros, a través de la convocatoria de la Consejería de Fomento y Vivienda de la que Emvisesa forma parte como entidad colaboradora.

    En esta edición 2017 del programa de ayudas para inquilinos con ingresos limitados de la Junta de Andalucía, Emvisesa ha tramitado un 45% más de solicitudes que en la anterior, cuando se alcanzaron las 520.
    En esta edición 2017 del programa de ayudas para inquilinos con ingresos limitados de la Junta de Andalucía, Emvisesa ha tramitado un 45% más de solicitudes que en la anterior, cuando se alcanzaron las 520.

    De estas ayudas, correspondientes con la convocatoria 2017, 553 solicitudes se corresponden con inquilinos de viviendas municipales  que podrían acceder a 400.000 euros de ayudas, ya que 414 de las mismas cumplen todos los requisitos y se encuentran por tanto en los listados provisionales de beneficiarios y suplentes.

    3 de cada 4 solicitudes de inquilinos de Emvisesa tramitadas por la Empresa de la Vivienda cumplen todos los requisitos para obtener las ayudas al alquiler. Un 10% extra cumple todos los requisitos salvo el del resos. Los 79 suplentes pueden recibir las ayudas si existen beneficiarios provisionales que no aporten la documentación requerida por la Consejería de Fomento y Vivienda, como por ejemplo la justificación de los pagos de la renta de alquiler. Emvisesa ha facilitado los justificantes de todos sus inquilinos.

    La Consejería de Fomento ya ha publicado dichos listado de personas beneficiarias y suplentes, así como las solicitudes desfavorables, las desistidas y las renuncias. De acuerdo con estos listados, el 75% de las solicitudes tramitadas por Emvisesa para sus inquilinos cumplen con todos los requisitos para ser adjudicatarias.

    Así, 335 inquilinos de viviendas de Emvisesa están incluidos en el listado de beneficiarios provisionales con ayudas por un importe de 310.810 euros, mientras que otros 79 cumplen con todos los requisitos y forman parte de la lista de suplentes por un importe de 88.741 euros.

    La cantidad definitiva de las ayudas se conocerá cuando la Consejería de Fomento y Vivienda publique los listados definitivos de beneficiarios. Las estimaciones de Emvisesa, basadas en los listados provisionales, indican que el Ayuntamiento de Sevilla a través de su Empresa de la Vivienda ha tramitado ayudas por valor de 770.000 euros. Un mínimo de 335 inquilinos de viviendas de Emvisesa recibirán  310.810 euros en ayudas para abonar su renta, mientras que existen otros 133 inquilinos suplentes que podrían recibir 140.000 euros en caso de disponibilidad presupuestaria. 79 de ellos lo tienen más fácil para cobrar 88.471 euros, al cumplir el requisito del límite de ingresos máximo establecido para su unidad de convivencia (CLIUC).

    Finalmente existen 54 inquilinos de viviendas de Emvisesa que cumplen los requisitos pero superan la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia (CLIUC), por lo que sólo recibirían ayudas valoradas en 55.000 euros si el crédito dispuesto por el Programa de Ayudas les alcanzase. En tal caso, las ayudas tramitadas por Emvisesa para inquilinos de viviendas municipales superarían los 450.000 euros.

    La participación de Emvisesa en este programa de ayudas al alquiler para rentas bajas forma parte de la estrategia de función social de la Empresa Municipal de la Vivienda, desarrollada durante este mandato, y de los objetivos determinados para la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV).

    El lunes 17 de septiembre finaliza el plazo para que beneficiarios y suplentes puedan presentar una instancia general en el Registro de la Plaza de San Andrés de Sevilla (o cualquier otro lugar dispuesto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), aportando las alegaciones oportunas y/o la documentación requerida por la Consejería en los listados provisionales. Las solicitudes desfavorables, renuncias y desistidas pueden presentar recurso de reposición hasta el 3 de octubre.

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