Emvisesa abre la convocatoria para adjudicar 12 viviendas en alquiler y alquiler con opción a compra a personas que hayan visto agravada su situación económica como consecuencia directa de la crisis sanitaria derivada de la COVID19. Tres de las viviendas están reservadas para familias numerosas.
Para poder reservar una vivienda se deberá firmar y presentar una declaración responsable en la que se indique que se cumplen los requisitos exigidos por la normativa vigente para poder inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, así como el resto de requisitos exigidos en la presente Convocatoria, es decir, la situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria derivada de la COVID19, y los del cupo correspondiente, en el caso de existir.
Tal y como ha ocurrido en convocatorias anteriores, el número de viviendas ofertadas podrá ser incrementado como consecuencia de nuevas adquisiciones realizadas por Emvisesa, así como renuncias o situaciones análogas.
“El Ayuntamiento de Sevilla y Emvisesa ya fueron pioneros en la convocatoria de procesos de selección completamente telemáticos con anterioridad a la crisis provocada por la COVID y la consecuente declaración del estado de alarma. Concretamente, el 21 de febrero pasado abrimos la convocatoria para adjudicar las 21 viviendas sorteadas el pasado jueves con una respuesta histórica. Tres mil cuatrocientas solicitudes de personas que no tuvieron que desplazarse y no necesitaron más que un ordenador, tablet o un terminal móvil. Esa experiencia ha resultado tremendamente práctica para adaptarnos y ofrecer todo tipo de ayudas y servicios sin necesidad de que los ciudadanos se desplacen, evitando poner en riesgo su salud y la de otros. Durante el estado de alarma hemos completado 300 trámites a través de formularios digitales y han sido miles los realizados por vía telefónica“, ha declarado Felipe Castro, director gerente de Emvisesa.
Las 12 viviendas ofertadas se organizan en 8 cupos con las siguientes características:
- Cupo 1 (RESERVADO A FAMILIAS NUMEROSAS). Una vivienda en alquiler que se encuentra en una promoción ubicada en Pino Montano: la vivienda es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familias Numerosas. Esta vivienda no cuenta con plaza de garaje y trastero y tiene una renta de vivienda de 443,47 €. Los destinatarios de esta vivienda deberán cumplir y acreditar su condición de familias numerosas de acuerdo con la Ley 40/2003, mediante el título expedido por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía.
- Cupo 2. Una vivienda en alquiler que se encuentra en una promoción ubicada en Pino Montano. La vivienda es de 3 dormitorios. Cuenta con plaza de garaje y trastero y su renta asciende a 303,16 €.
- Cupo 3. Se encuentra integrado por cuatro viviendas en alquiler ubicadas en una promoción de la avenida de Andalucía. Todas tienen 2 dormitorios, todas cuentan con plaza de aparcamiento y algunas disponen de trastero. Sus rentas oscilan en torno a los 273 €.
- Cupo 4. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de la avenida de Andalucía. Dispone de 3 dormitorios, cuenta con plaza de aparcamiento y trastero y su renta asciende a la cuantía mensual de 355,24 €.
- Cupo 5. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de Nuevo Amate. Dispone de 2 dormitorios, plaza de aparcamiento, no tiene trastero y su renta mensual asciende a los 275 €.
- Cupo 6 (RESERVADO A FAMILIAS NUMEROSAS). Se encuentra integrado por dos viviendas ubicadas EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA en una promoción de Polígono Aeropuerto (Sevilla Este). Las dos viviendas disponen de 4 dormitorios, con las siguientes características: la primera de las viviendas es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familia Numerosa. Esta vivienda cuenta con plaza de garaje y trastero y tiene una renta de vivienda de 441,50 €. La segunda de las viviendas también es de 4 dormitorios y se adjudicará al Cupo de Familia Numerosa. Esta vivienda cuenta con plaza de garaje y no tiene trastero, teniendo una renta de vivienda de 477,75 €. Los destinatarios de esta vivienda deberán cumplir y acreditar su condición de familias numerosas de acuerdo con la Ley 40/2003, mediante el título expedido por la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía
- Cupo 7. Una vivienda en alquiler ubicada en una promoción de San Jerónimo-Alamillo. Dispone de 3 dormitorios, plaza de aparcamiento y no tiene trastero. Su renta mensual asciende a los 168,32 €.
- Cupo 8. Una vivienda en alquiler ubicada en la calle Samaniego (San José Obrero, Santa Justa). Dispone de 3 dormitorios, sin anexos vinculados. Su renta mensual asciende a los 254,75 €.
Las viviendas pertenecientes a los cupos 1 y 6 están reservadas para familias numerosas. Las familias numerosas pueden optar a las viviendas de dichos cupos y a cualquier otro cupo compuesto de viviendas de tres o cuatro dormitorios. Por tanto, los cupos 3 y 5 están vetados para familias numerosas, al tratarse de viviendas de 2 dormitorios.
Estos OCHO cupos son excluyentes, es decir, solamente se podrá optar a uno de ellos. En el caso de que algún solicitante presentara varias solicitudes, solamente será tenida en cuenta la última solicitud presentada en plazo.
MUY IMPORTANTE: Para poder participar en la presente convocatoria es un requisito hallarse en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria derivada de la COVID19, es decir:
- Haber pasado, dentro del plazo de vigencia del estado de alarma, a situación de desempleo, expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), o haber reducido su jornada por motivos de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una perdida sustancial de ingresos.
- Se entenderá que la aminoración es sustancial, cuando se hayan reducido los ingresos de la unidad familiar o de convivencia como consecuencia directa de la crisis sanitaria en un mínimo de un 30%.
También se requiere demostrar la vinculación con el municipio de Sevilla, según se especifica en las bases.
La unidad familiar o de convivencia ha de contar con ingresos mínimos suficientes que garanticen el pago de la renta, así como que éstos sean, conforme a los parámetros legales especificados en las bases de la convocatoria.
La convocatoria también está destinada a inquilinos de Emvisesa que, debido a la crisis económica provocada por la COVID-19, desean permutar su vivienda por otra del parque de la empresa municipal con una renta más asequible. Previamente al sorteo, dichos inquilinos deberán haber presentado la solicitud (aunque esté pendiente de otros trámites, incluido la subsanación de documentación) en la modalidad de “cambio excepcional” del Protocolo de permutas de Emvisesa, Apartado 5.- Situación económica y social desfavorable provocada directamente por una alarma sanitaria, económica o social y calificada como de estado de alarma, o de emergencia nacional. Para ello, deberá acceder al Protocolo de Permuta de Viviendas de Emvisesa, leer las bases, cumplir con los requisitos específicos de dicho protocolo y presentar formalmente la solicitud, así como contar con el requisito de que la vivienda nueva a la que se opta tenga una renta inferior a la que actualmente se esté devengando.
La documentación, por comodidad y seguridad, será requerida por Emvisesa a los potenciales adjudicatarios mediante medios telemáticos, una vez celebrado el sorteo. Si el estado de alarma perdurase o la evolución de la COVID-19 así lo hiciera recomendable, Emvisesa ofrecería la posibilidad de enviar declaraciones responsables (según modelos oficiales facilitados por la empresa municipal) en lugar de la documentación original que no hubiera podido conseguirse.
En cualquier caso, la documentación original no aportada por las dificultades que entrañase el estado de alarma que hubiera sido adjuntada mediante declaración responsable debería entregarse en el plazo máximo de una semana, entendida como 7 días naturales, desde la finalización del estado de alarma. En caso de no aportar la documentación completa en tiempo y forma, o en el supuesto de que una vez presentada y revisada se acredite el incumplimiento de los requisitos exigidos, supondrá la anulación de todos los derechos que pudieran derivarse de la participación en la presente Convocatoria en relación con alguna de las viviendas ofertadas.
Las personas interesadas en la adjudicación de estas viviendas deberán presentar una solicitud telemática utilizando el formulario bajo estas líneas, desde hoy 11 de mayo de 2020 hasta el 22 de mayo a las 14:30 horas, ambos inclusive. La marca de tiempo del registro de entrada de las solicitudes vendrá determinada por el momento en que el formulario de solicitud se almacenó en la base de datos de la web de Emvisesa, actualizando posibles desplazamientos de huso horario del sistema a UTC +02:00 CEST.
Debido a la actual situación de crisis sanitaria no se recogerán ni admitirán solicitudes de manera presencial en las oficinas de Emvisesa, ni por correo ordinario. Aquellas solicitudes que no hayan sido presentadas mediante el formulario web que aparece bajo estas líneas, serán excluidas automáticamente de esta convocatoria.
Se podrá presentar una única solicitud por unidad familiar o de convivencia, de conformidad con la inscripción realizada en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla, en el caso de encontrarse ya inscrito a la presentación de la solicitud. En el caso de que algún solicitante solicitara más de una, solamente será tenida en cuenta la última solicitud realizada en plazo.
El orden de presentación de la solicitud no genera ninguna preferencia ni prioridad en la adjudicación de las viviendas.
Una vez finalizado el plazo, se procederá a analizar las solicitudes presentadas y se publicarán la listas provisionales de admitidos en la Convocatoria, dando un plazo de 7 días naturales para subsanar los posibles errores observados y realizar, en su caso, las reclamaciones oportunas.
Emvisesa publicará 8 listas definitivas de admitidos, clasificando a los solicitantes según el cupo seleccionado y otorgando a cada uno de ellos un número aleatorio con el que participarán en su sorteo correspondiente. Así, si en el cupo 1 existen 400 solicitantes, se les adjudicarán números del 1 al 400 para dicho cupo 1. Si en el cupo 2 hubiera 550 solicitantes admitidos, se les adjudicarán números aleatorios del 1 al 550. Y así, sucesivamente en los 8 cupos.
Una vez publicada la lista definitiva de participantes, se realizarán ocho sorteos ante notario entre los mismos, que determinarán el orden de prelación con el que posteriormente se les citará para la reserva de las viviendas, hasta que no quede ninguna vacante. El resultado del sorteo se publicará en este mismo sitio web.
La notificación de las reservas se efectuará mediante medios digitales al número de teléfono o dirección de correo electrónico indicados en la solicitud, mediando un plazo mínimo de 48 horas entre la notificación y la cita.
Debido a la actual situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos y para garantizar el cumplimento de las medidas de seguridad impuestas por las autoridades como consecuencia de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, la reserva de vivienda se podrá realizar mediante medios telemáticos.
En este sentido, el personal de Emvisesa, facilitará toda la información disponible de las viviendas, planos, ubicación, memoria de calidades, condiciones económicas, modelo del contrato de arrendamiento, así como cualquier otra documentación que el solicitante pudiese requerir a tal efecto.
Una vez reservada la vivienda, y a petición del solicitante, se podrá visitar la vivienda, siempre y cuando, se puedan observar las medidas de protección y seguridad impuestas por las autoridades sanitarias en ese momento.
Posteriormente, se procederá a la contratación de la vivienda por medios telemáticos, pudiéndose posponer el cumplimiento de tramites de suscripción de documentos pendientes a la entrega de la posesión de la vivienda o entrega de llaves.
Una vez contratadas todas las viviendas, se publicará en la página web de EMVISESA el último número que ha obtenido vivienda, quedando anulados automáticamente todos los posteriores.
Declaraciones de Felipe Castro, director gerente de Emvisesa, sobre la convocatoria extraordinaria:
Bases de la convocatoria: