Protocolo de actuación y gestión de Permutas.

Juan Manuel Flores, Delegado de Bienestar Social y Empleo, y Felipe Castro, Gerente de Emvisesa, han celebrado una rueda de prensa a las 11:00 horas de hoy en la sede de Emvisesa, para anunciar la puesta en marcha del Protocolo de Actuación y Gestión de Permutasaprobado por el Consejo de Administración de Emvisesa, en sesión celebrada el pasado jueves 12 de enero.

Dicho protocolo viene a solucionar la demanda de numerosos inquilinos de Emvisesa que desean, por diferentes motivos, cambiar por otra la vivienda que legalmente ocupan, así como la de propietarios de viviendas que desean su permuta por una vivienda en alquiler de la Empresa Municipal de Vivienda.

El Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas establece la creación de una herramienta informática denominada Bolsa de Permutas.

La Bolsa de Permutas permite a los inquilinos de viviendas en alquiler de Emvisesa solicitar la publicación de los datos básicos de la vivienda que desean cambiar, así como localizar otra que se ajuste a sus necesidades. Los datos que recoge la Bolsa de Permutas son la zona donde se encuentra la vivienda, los anexos vinculados, el número de dormitorios y la renta.

Emvisesa publica estos datos en su sitio web, una vez comprobado que los solicitantes cumplen los requisitos para la inserción en la Bolsa de Permutas: ser arrendatarios legales de la vivienda, encontrarse al corriente en los pagos de renta y cuotas a la Comunidad, encontrarse inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas de Sevilla, no estar sometidos al protocolo de convivencia o de recuperación de viviendas vacías y acreditar el cumplimiento de alguna de las causas que han de concurrir para autorizar la permuta.

Dichas causas que pueden motivar la permuta son el aumento o disminución de la unidad familiar, problemas graves de convivencia no imputables al solicitante del cambio, problemas de salud graves, situación de movilidad reducida en viviendas no adaptadas, renta de alquiler elevada para la situación económica del solicitante o reagrupación familiar.

Estas circunstancias deberán acreditarse documentalmente cuando se solicite la inclusión de la vivienda en la Bolsa de Permutas. Asimismo, la vivienda objeto de la permuta deberá hallarse en buen estado de conservación y los suministros perfectamente contratados.

Una vez Emvisesa autorice la permuta, los adjudicatarios firmarán un nuevo contrato sobre su nueva vivienda, cuya renta será la que corresponda a la misma en el momento del cambio.

Emvisesa no abonará gasto alguno provocado por traslado o mudanza, que deberá realizarse en el plazo máximo de una semana desde la firma de los contratos de arrendamiento. Tampoco estará obligada a realizar reparaciones en las viviendas, que se permutarán en el estado que se encuentren.

Está terminantemente prohibida la solicitud, por parte de cualquiera de las partes implicadas en la permuta, de ningún tipo de compensación económica por la misma, pudiendo resolverse dicha permuta y quedar sin efecto en el supuesto de que Emvisesa tenga conocimiento de estos hechos.

Además del formato de permuta en el que un inquilino de Emvisesa desea cambiar su vivienda por la de otro que se adapte mejor a sus necesidades y condicionantes, el Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas también contempla un procedimiento excepcional de cambio.

El procedimiento excepcional de cambio respondería a solicitudes de permuta originadas por el aumento o disminución de la unidad familiar, problemas de salud grave o una movilidad reducida que motive la necesidad urgente de cambio de vivienda y no puedan satisfacerse a través de la Bolsa de Permutas. Sólo sería aplicable en caso de existir viviendas de libre disposición propiedad de Emvisesa o gestionadas por ella y requeriría de la aprobación de la Comisión Ejecutiva de Emvisesa .

Finalmente, el Protocolo de Actuación y Gestión de Permutas considera la adquisición de vivienda con realojo simultáneo. Este procedimiento tiene como finalidad, por una parte, el incremento del parque social de viviendas de EMVISESA y, por otra, ofrecer una solución habitacional a familias propietarias de viviendas que se encuentren en determinadas condiciones o no puedan satisfacer sus necesidades habitacionales.

En estos supuestos, se procederá a la adjudicación en régimen de alquiler o cesión de uso de una vivienda de libre disposición propiedad de EMVISESA, o gestionada por esta, a la familia objeto del procedimiento. Inmediatamente Emvisesa adquiriría mediante escritura de compraventa la vivienda propiedad de los solicitantes, pudiéndose autorizar el cambio siempre que la normativa aplicable no prohíba o limite la venta de la vivienda y se ajuste al procedimiento y requisitos establecidos en el protocolo.

Podrán ser objeto de aplicación de este procedimiento de adquisición de vivienda con realojo simultáneo personas con movilidad reducida que motive la necesidad urgente de cambio de vivienda, por no encontrarse adaptada la vivienda de su propiedad; personas con problemas de salud grave que haga necesario el cambio de vivienda, debido a las características de esta o a la zona en que se encuentra; viviendas que se encuentren en condiciones que requieran de reformas urgentes u obras de mantenimiento cuyo coste no pueda ser asumido por los propietarios por su situación económica precaria; así como cualquier otro caso en que las circunstancias personales y económicas de las familias, adecuadamente acreditadas, hagan necesario el realojo simultáneo.

El procedimiento de adquisición de vivienda con realojo simultáneo requeriría de la aprobación del Consejo de Administración de Emvisesa .

La web de Emvisesa tiene a disposición de todos los interesados un formulario de solicitud de permuta de vivienda.

El Ayuntamiento de Sevilla alcanza un acuerdo con Caixabank para la cesión de viviendas disponibles para alquileres sociales.

El alcalde de Sevilla, Juan Espadas, y el director territorial de Caixabank en Andalucía Occidental, Rafael Herrador, han anunciado hoy los términos de un acuerdo marco de colaboración para poner a disposición del Ayuntamiento viviendas disponibles gestionadas en estos momentos por la sociedad Buildingcenter y que serán adjudicadas a personas en riesgo de exclusión social o riesgo inminente de pérdida de la vivienda por parte de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de Emvisesa. En una primera fase este acuerdo, que será presentado al próximo Consejo de Administración de la Empresa Municipal de la Vivienda, abarcará entre 15 y 25 pisos distribuidos por distintos puntos de la ciudad.

“Con este acuerdo avanzamos en la ampliación del parque social de vivienda, respondiendo además a los compromisos y acuerdos que compartimos todos los grupos políticos de la Corporación, como así quedó de manifiesto en el Pleno extraordinario de vivienda celebrado en noviembre de 2015. Y esto es parte del resultado de un trabajo que se viene produciendo desde hace meses y que ya se puso de relieve en la reunión que mantuvimos con todas las entidades bancarias que operan en la ciudad en abril de 2016”, ha explicado el alcalde de Sevilla, Juan Espadas, quien ha estado acompañado por el delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, Antonio Muñoz, el delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y el gerente de Emvisesa, Felipe Castro.

Las viviendas pasarán a ser adjudicadas a familias que cumplan una serie de requisitos sociales y que estén en situación de riesgo de exclusión social sin que, en ningún caso, abonen en concepto de alquiler más del 30% de sus ingresos. Se establecen, en cualquier caso, unos máximos de entre 75 y 125 euros en función del tamaño de la vivienda. Aunque el número mínimo inicial está en torno a las 15 viviendas, se trata de un convenio abierto al que se podrán ir incorporando viviendas disponibles una vez que hayan sido evaluadas por la empresa municipal de vivienda.

Esta medida se suma a otras ya realizadas en los últimos meses para la ampliación del parque social de viviendas como el acuerdo con la SAREB para la cesión de 15 viviendas en los mismos términos ya establecidos en Málaga, Madrid o Barcelona, los proyectos de adecuación de una veintena de viviendas deterioradas de Emvisesa o Patrimonio, o los procesos de recuperación de viviendas desocupadas de la Empresa Municipal tras incumplimiento de las condiciones de los contratos por parte de sus inquilinos para su cesión con uso social.

Con estas actuaciones, el gobierno municipal tiene como objetivo incrementar el parque de viviendas disponible con fines sociales, una vez que se han acelerado en este mandato los trámites para la adjudicación de viviendas en alquiler o en venta que se encontraban sin uso en Emvisesa. De esta forma, se han firmado un total de 417 contratos en este año y, entre ellos, casi un centenar se han adjudicado a través de procedimientos de excepcionalidad, al tratarse de personas con situaciones urgentes como un lanzamiento de sus viviendas.

El Consejo de Administración de EMVISESA aprueba el Plan Municipal para el acceso a una Vivienda Digna.

Hoy, lunes 21 de marzo a las 10:00, ha tenido lugar el Consejo de Administración de EMVISESA en su sede de calle Bilbao.

En el mismo, se han formulado las cuentas anuales de 2015, que han arrojado un resultado positivo de 502.315 euros y una reducción del endeudamiento de 15,16 millones de euros, lo que supone un 12,60% menos que en el ejercicio anterior.

También se ha aprobado el Plan Municipal para el Acceso a una Vivienda Digna, así como una serie de medidas urgentes para facilitar el desarrollo del Plan, entre las que destacan:

  • La creación de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda,  cuya puesta en marcha está condicionada a la entrada en vigor de los presupuestos municipales y que tendrá su sede en el antiguo edificio del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, en la avenida de San Jerónimo, 5.
    El edificio englobará el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, así como Unidades de Prevención, Mediación y Protección.
    Entre las funciones de dicha Oficina estarán todas aquellas orientadas a garantizar el derecho a la vivienda, incluyendo la prestación de servicios de asesoramiento legal y jurídico a personas con problemática relacionada con el alojamiento, la prestación de servicios de mediación entre propietarios e inquilinos, la asistencia social y/o psicológica o la elaboración de un censo de viviendas vacías.
  • Un Protocolo de Convivencia para las viviendas cedidas en alquiler.
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