Ampliación de la convocatoria para adjudicar una segunda vivienda en alquiler, con taller vinculado, en la calle San Luis.

EMVISESA informa que, en relación a la convocatoria de vivienda taller en San Luis, 70, publicada en esta página web el pasado 6 de julio, se ha procedido a ampliar el número de viviendas-taller ofertadas, incorporándose otra más con las mismas características que la ofrecida inicialmente.

Por tanto, son dos las viviendas taller objeto de dicha convocatoria. El procedimiento de acceso y plazos de la convocatoria continúan siendo los mismos y pueden consultarse en este enlace.

EMVISESA potencia la OMDV contando con los servicios de mediación e intervención de la Asociación Ponte.

EMVISESA cuenta, desde finales del pasado mes de junio, con los servicios de mediación e intervención externa en comunidades vecinales de la Asociación Ponte.

Con la prestación de este servicio, EMVISESA pretende dotar a la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de una herramienta eficaz para la resolución extrajudicial de conflictos que afectan a la pacífica convivencia de las comunidades vecinales conformadas por viviendas en alquiler de la Empresa Municipal de la Vivienda.

Firma del convenio entre EMVISESA y la Asociación Ponte.
Firma del convenio entre EMVISESA y la Asociación Ponte.

En el marco del “Plan Municipal para el Acceso a una Vivienda Digna” promovido por el Ayuntamiento de Sevilla se creó la OMDV, que viene prestando servicio desde su inauguración el pasado 31 de mayo.

La OMDV aplica el “Protocolo de Convivencia para las viviendas de EMVISESA cedidas en alquiler“, cuyos objetivos son:

  • Garantizar la convivencia pacífica en las promociones de viviendas en régimen de alquiler de EMVISESA o gestionadas por ésta.
  • Garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los contratos de arrendamiento.
  • Garantizar el cumplimiento de la normativa de vivienda protegida.
  • Garantizar el procedimiento legalmente establecido para el acceso a las viviendas protegidas en régimen de alquiler.
  • Proteger a los vecinos perjudicados por las actuaciones incívicas de otros inquilinos.
Asociación Ponte.
Asociación Ponte.

La Asociación Ponte viene, de la mano de la OMDV, a aportar su experiencia en la resolución de conflictos, el refuerzo de las relaciones entre personas y el auspicio del bienestar social, mediante la aportación de estrategias y habilidades para afrontar futuros conflictos de la forma más positiva.

Todos aquellos inquilinos de viviendas de EMVISESA que deseen hacer uso de este servicio pueden contactar con la OMDV, donde le ofrecerán todas las facilidades para atenderles, orientarles y asesorarles de forma individual o grupal.

Ayudas para el alquiler de viviendas a inquilinos en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.

El día 6 de julio se ha abierto una convocatoria de la Junta de Andalucía por la que se conceden ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dichas ayudas tienen como objetivo facilitar el pago de alquiler de la vivienda habitual y permanente a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados, y que cumplan los requisitos establecidos en dicha Orden, que son básicamente los siguientes:

–     Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda vigente en el momento de la solicitud, destinado a residencia habitual y permanente, y ubicada en Andalucía.

–       Estar empadronado en la vivienda.

–    Renta mensual que no supere 500 euros (sin tener en cuenta las cantidades correspondientes a IBI, seguros, etc.).

–     No estar incurso en alguna de las causas que imposibilitan el cobro de subvenciones o ayudas.

–       No tener la titularidad o derecho de uso de otra vivienda.

–    Los ingresos no superen los límites establecidos en la Orden, que se calculan a partir de una vez el IPREM, y se modulan dependiendo del número de miembros de la unidad familiar, sin que puedan superar  2,5 veces IPREM en ningún caso.

La cuantía de la ayuda es el 40% de la renta mensual que deban satisfacer durante el periodo subvencionable (año 2016), con un límite de 200 euros mensuales por vivienda, y no se tiene en cuenta si dicha renta ha sido o no efectivamente abonada.

En supuesto de personas en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social, dicha ayuda puede complementarse, previa acreditación de los servicios sociales comunitarios, sin que en ningún caso la ayuda supere el 80% de la renta de alquiler.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 6 de julio al 5 de agosto, y ha de hacerse en la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía (Plaza de San Andrés, s/n) o en AVRA (calle San Gregorio, 7).

EMVISESA solicitará ser Entidad Colaboradora, para que puedan presentarse también en nuestras oficinas.

Descargar (PDF, 116KB)

Los inquilinos de viviendas propiedad de EMVISESA que cumplan los requisitos también pueden beneficiarse de estas ayudas para el alquiler de viviendas.

Convocatoria para adjudicar una vivienda en alquiler, con taller vinculado, en la calle San Luis.

EMVISESA, según lo establecido en el artículo 11.10) del Reglamento regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida, habiéndose cumplimentado el trámite preceptivo de comunicación a dicho Registro, va a ofertar una vivienda en alquiler de renta básica vacante de la promoción sita en la calle San Luis, 70, con taller vinculado para artesanos.

La vivienda es de un dormitorio, con taller, plaza de aparcamiento y trastero vinculado.

Viviendas-taller en la calle San Luis, 70.
Viviendas-taller en la calle San Luis, 70.

El procedimiento de acceso a dicha vivienda taller será mediante adjudicación directa entre quienes cumplan los requisitos establecidos para el acceso a la misma de conformidad con lo establecido en la normativa de viviendas protegidas, y acrediten a la fecha de la presente convocatoria el desempeño de una o varias actividades artesanas incluidas en el repertorio de Oficios Artesanos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulado por el Decreto 4/2008, de 8 de enero de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, mediante la inscripción en el Registro de Artesanos de Andalucía (Decreto 475/22008 de 21 de octubre) o estar dado de alta en el IAE en un epígrafe relativo a una actividad de artes plásticas.

Las personas interesadas en la adjudicación de esta vivienda taller habrán de inscribirse en nuestras oficinas de calle Bilbao, nº 4, durante los días 1 a 10 de agosto de 2016, en horario de 8:30 a 14:30 horas.

El orden de inscripción no genera ninguna preferencia ni prioridad en la adjudicación de la vivienda taller.

Para la inscripción habrá de aportarse la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI/NIE del solicitante o solicitantes.
  • Certificado de Inscripción en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla.
  • En su caso, original y fotocopia de la Carta de Artesano emitida por la Delegación Territorial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucía, o en su caso, fotocopia de la solicitud de Inscripción en el Registro de Artesanos acompañada de la acreditación de estar dado de alta en el IAE que corresponda al oficio u oficios de artesanos que desarrollen. No obstante, a la fecha de contratación se exigirá la presentación de la Carta de Artesanos.
  • En su caso, acreditación de estar dado de alta en el IAE en un epígrafe relativo a una actividad de artes plásticas.
  • Memoria explicativa de la actividad a desarrollar.

Una vez finalizado el plazo, se procederá a realizar un sorteo ante Notario entre los solicitantes, que determinará el orden de prelación con el que posteriormente se citará para la reserva de la vivienda taller, hasta que quede cubierta.

A cada solicitante se le asignará un número aleatorio con el que participará en dicho sorteo. El resultado del sorteo se publicará en esta misma web.

Los requisitos imprescindibles para proceder a la reserva de la vivienda taller son encontrarse inscrito en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, tener ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM y acreditar ingresos de la unidad familiar o de convivencia que garanticen el pago de la renta, mediante fotocopia de la declaración de la renta del año 2015, seis últimas nóminas o certificado acreditativo de la pensión, así como acreditar el desempeño de una actividad artesanal de las anteriormente indicadas. A estos efectos se considerará cumplido el requisito de ingresos en aquellas unidades familiares en las que el 30% de los ingresos sea igual o superior a la renta de la vivienda taller y sus anejos vinculados.

Sólo se procederá a citar para efectuar la reserva a aquellas personas que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla en la fecha de publicación de esta convocatoria.

Una vez reservada y contratada la vivienda taller, se publicará en esta página web el número del solicitante que ha obtenido la vivienda, quedando anulados todos los posteriores.

Resultado de los sorteos de viviendas protegidas en alquiler celebrados el viernes 2 de octubre.

EMVISESA informa que en el día de hoy, viernes 2 de octubre, y ante la Notaria de Sevilla Dª. Margarita Cano López, se ha procedido a efectuar los sorteos para determinar el orden de prelación con el que se citará para la reserva de viviendas protegidas en alquiler en diferentes zonas de Sevilla, según lo establecido en las Convocatorias publicadas en esta misma web.

Continuar leyendo “Resultado de los sorteos de viviendas protegidas en alquiler celebrados el viernes 2 de octubre.”

A %d blogueros les gusta esto: