El gobierno municipal impulsa una estrategia para incrementar en 1.000 viviendas el parque público de alquiler y retomar la construcción de VPO en la ciudad.

El alcalde de Sevilla, Juan Espadas, junto al delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y el gerente de Emvisesa, Felipe Castro, han presentado hoy la “Estrategia de ampliación urgente del parque público de viviendas” que tiene como objetivo obtener al menos 1.000 viviendas para alquiler en los próximos tres años.

Estas actuaciones se realizarán de forma inmediata mientras se culmina el nuevo Plan Municipal de Vivienda 2018-2024, que se encuentra en estos momentos en fase de elaboración del diagnóstico y del proceso de participación.

Nos encontramos con una Empresa de la Vivienda desmantelada y un Plan de Vivienda derogado sin ninguna alternativa. Hemos trabajado dos años en tomar distintas medidas y ahora avanzamos en una estrategia para Sevilla para los próximos ocho o nueve años en materia de vivienda”, explicó el alcalde de Sevilla, Juan Espadas.

Así, la Empresa de la Vivienda junto al área de Bienestar Social y Empleo y la Gerencia de Urbanismo han diseñado los pasos inmediatos para lograr ampliar en los próximos tres años en un millar de viviendas el parque público en alquiler, lo que supondrá una operación con un presupuesto global en torno a 100 millones de euros.

  • El Programa se desarrolla, en primer lugar, a través de iniciativas de alquiler de viviendas (se reforzará la convocatoria actual) y de compra de viviendas (se realizará una nueva convocatoria próximamente) con las que se quieren obtener en torno a 470 viviendas.
  • En tercer lugar, se han detectado los edificios de propiedad municipal y solares de Patrimonio Municipal del Suelo para la construcción de 520 viviendas distribuidas por terrenos en la zona Sur, Torreblanca, Macarena, Norte y Carretera de Carmona. Todos ellos están prácticamente disponibles para el inicio a corto plazo de las obras.

FINANCIACIÓN

Para financiar toda esta operación, además de recurrir a los créditos bancarios habituales en la construcción de cualquier promoción de viviendas, se van a realizar aportaciones del Ayuntamiento de Sevilla y se van a construir 230 viviendas, dentro de la misma programación, que saldrán a la venta.

De esta forma, aunque en total se construyan 1.215 viviendas, se hará dejando 230 para venta (respondiendo además a la demanda del 40% de los demandantes del registro público de viviendas) para contribuir a la financiación de toda la operación.

Esta estrategia es un paso más que damos en materia de vivienda, que se suma a algunos que ya hemos dado como la apertura de la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda o los programas de mejora de la gestión del parque público que se han puesto en marcha y que se verán complementados con los proyectos en zonas como Los Pajaritos o con los nuevos programas de ayudas a la vivienda que se están ultimando”, explicó el alcalde de Sevilla, quien incidió en que la estrategia responde a los criterios y planificación del Pleno Municipal de Vivienda de noviembre de 2015 y a los acuerdos plenarios ajustados para garantizar, en todo caso, la estabilidad económica de la Empresa Municipal de la Vivienda y la viabilidad de las operaciones.

La estrategia será presentada en la primera quincena de octubre en el Consejo de Administración de Emvisesa, se enriquecerá con aquellas propuestas constructivas y positivas que se presenten y se impulsará para iniciar la construcción de viviendas y los programas para adquisición de pisos a corto plazo.

Juan Espadas entrega 3 nuevos locales del Plan de Empleo de Emvisesa adecuados para proyectos de innovación social, entidades y emprendedores.

El Alcalde de Sevilla, Juan Espadas, acompañado del delegado de Bienestar Social y Empleo, Juan Manuel Flores, y el gerente de Emvisesa, Felipe Castro,  ha entregado hoy las llaves de tres locales del Plan de Empleo de Emvisesa, adecuados a través de una inversión pública para proyectos de emprendedores, innovación social o entidades.

Juan Espadas, Juan Manuel Flores y Felipe Castro recorrieron el local de la ONG Acción contra el Hambre junto a su responsable.
Juan Espadas, Juan Manuel Flores y Felipe Castro recorrieron el local de la ONG Acción contra el Hambre junto a su responsable.

Los tres locales entregados hoy se destinarán a la ONG “Acción contra el hambre centrada en la erradicación del hambre y la desnutrición infantil, la consultoríaEspacio Común“, especializada en materia de vivienda y suelo y la tintorería “Blub“. Los dos primeros se encuentran en San Jerónimo Alamillo y el último en Sevilla Este.

Dichos proyectos crearán un total de 16 puestos de trabajo, 12 de ellos generados directamente por la propia actividad de los negocios y 4 debidos a las contrataciones de la empresa constructora adjudicataria.

El presupuesto de licitación de los tres locales hoy entregados asciende a 115.500 euros (IVA excluido).

Juan Espadas y Juan Manuel Flores instantes antes de entregar las llaves a uno de los emprendedores.
Juan Espadas y Juan Manuel Flores instantes antes de entregar las llaves a uno de los emprendedores.

Mediante el Plan de Empleo, Emvisesa pone a disposición de los emprendedores el parque de locales que tiene libres actualmente para que, con cargo a una partida presupuestaria transferida por el Ayuntamiento de Sevilla, se adecuen la mayor cantidad posible de los mismos, posibilitando la apertura de nuevas actividades a emprendedores y proyectos sociales de Empleo.

Los emprendedores participan en todo el proceso de adecuación de unos locales que, originalmente, se encuentran en bruto.
Los emprendedores participan en todo el proceso de adecuación de unos locales que, originalmente, se encuentran en bruto.

El Plan de Empleo a través de la adecuación de locales vacíos de Emvisesa cuenta con un presupuesto, para esta primera fase, de 794.000 euros que se ha destinado a transformar los primeros 16 locales y adecuar su uso al de los proyectos que se presentaron a la convocatoria pública realizada por la empresa municipal de vivienda.

La fase preliminar del Plan contempló una selección de propuestas en base a criterios de viabilidad, empredimiento, innovación, etc. En dicha fase se realizaron entrevistas personales a cada uno de los solicitantes, en las que aportaron un programa de necesidades que significó el punto de partida para la elaboración de los proyectos de adecuación de 16 locales que se encontraban en bruto. Tanto en la fase de proyectos como en la fase de obras, la participación de los emprendedores ha estado muy presente, acordando las soluciones más óptimas para las características de la actividad: distribución, insonorización, iluminación, materiales, etc.

Los adjudicatarios cuentan con condiciones favorables de alquiler y con un periodo inicial de carencia que abarca desde la firma del contrato y se extiende hasta seis meses después de la entrega de llaves. Los seis meses posteriores tan sólo abonan el 50% de la renta, además de no pagar nada por las obras de adecuación.

De los 16 locales que componen la primera fase de convocatoria lanzada por el Ayuntamiento a través de Emvisesa, 6 ya fueron entregados el pasado 13 de junio, 3 han sido entregados hoy, las obras  de otros 3 locales ya se están desarrollando (situados en Casco Antiguo, Los Bermejales y Sevilla Este, respectivamente), mientras que 4 están en fase de contratación.

En total, según los proyectos presentados, se podrán crear 78 puestos de trabajo.

Se estima que las distintas actividades que se están poniendo en marcha en los locales crearán 60 empleos, mientras que las contrataciones realizadas para las obras de adecuación ascenderían a 18 puestos de trabajo. Dichas contrataciones se licitan con pliegos de cláusulas sociales y con la petición de inclusión en ellos de desempleados del barrio en el que se ubican las actuaciones.

Celebrado el sorteo para constituir la Mesa Ciudadana por el Derecho a la Vivienda.

Hoy viernes 22 de septiembre a las 9:15 horas se ha celebrado en la sede de Emvisesa el sorteo ante notario para seleccionar a las 10 personas que formarán parte de la Mesa Ciudadana por el Derecho a la Vivienda.

El notario José Luis Lledó ha presidido el acto del sorteo junto al Director Gerente de Emvisesa, Felipe Castro.
El notario José Luis Lledó ha presidido el acto del sorteo junto al Director Gerente de Emvisesa, Felipe Castro.

Mediante un programa informático, el notario ha seleccionado dos números, uno para el cupo de inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida y otro para el cupo de inquilinos de viviendas de Emvisesa, de entre las 48 solicitudes que cumplían con los requisitos exigidos. El número seleccionado y los cuatro correlativos en orden ascendente conformarán la lista de componentes de la Mesa para cada uno de los dos cupos.

El número 11 ha sido el seleccionado en el cupo de inscritos en el Registro de Demandantes.
El número 11 ha sido el seleccionado en el cupo de inscritos en el Registro de Demandantes.

El número seleccionado para el cupo de inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida ha sido el 11 por lo que, según el listado de número aleatorios asignados publicado ayer, los 5 representantes de este cupo en la Mesa Ciudadana serán:

  1. María Díaz Domínguez.
  2. Manuel Villén Nogués.
  3. Francisco Javier Rodríguez Martín.
  4. Ismael Pérez Cantero.
  5. Marcos Díaz Domínguez.
El número seleccionado en el cupo de inquilinos de Emvisesa ha sido el 9.
El número seleccionado en el cupo de inquilinos de Emvisesa ha sido el 9.

El número seleccionado para el cupo de inquilinos de viviendas de Emvisesa  ha sido el 9 por lo que, según el listado de número aleatorios asignados , los 5 representantes de este cupo en la Mesa Ciudadana serán:

  1. Juan Carlos Escoto Carrasco.
  2. Íñigo Bulnes Ahumada.
  3. Gema González Díaz.
  4. Marta Gago González.
  5. Juan José Mora López.

Entre los 10 componentes de la Mesa Ciudadana hay 4 residentes en el Distrito Norte, 3 en el Distrito Este-Alcosa-Torreblanca, 2 en Los Remedios y 1 en el Distrito Cerro-Amate, por lo que la representación de diferentes zonas geográficas de Sevilla está garantizada.

El próximo lunes 25 de septiembre se enviarán las convocatorias para constituir tanto la Mesa Ciudadana por el Derecho a la Vivienda, como las otras cuatro Mesas Sectoriales y la Comisión de Seguimiento de Ocupaciones, respondiendo al compromiso adquirido en el pionero “Programa de mejora de la transparencia y fomento de la participación ciudadana“.


Más información sobre el “Programa de mejora de la transparencia y fomento de la participación ciudadana”.

Emvisesa organiza por primera vez una Mesa Ciudadana por el Derecho a la Vivienda para garantizar la transparencia y la participación

Emvisesa va a poner en marcha por primera vez la Mesa Ciudadana por el Derecho a la Vivienda, que junto a las otras mesas sectoriales –Financiera, Profesional, Asociativa y Social- forma parte del ‘Programa de mejora de la transparencia y fomento de la participación ciudadana’, que viene a dar cumplimiento a los acuerdos del Pleno Extraordinario de Vivienda de noviembre de 2015, integrándose en el Plan Municipal por el Derecho a una Vivienda Digna.

En total, la Empresa Municipal de la Vivienda ha recibido 53 solicitudes procedentes de todos los distritos de la ciudad. El próximo viernes 22 a las 9:15 horas se celebrará el sorteo ante notario para seleccionar a las diez personas que conformarán la Mesa, que contribuirá a aumentar la transparencia y mejorar la participación de inquilinos y demandantes de vivienda protegida en los órganos gestores de Emvisesa.

Desde el pasado mes de julio, Emvisesa viene realizando una campaña de difusión que ha incluido el envío de cartas personalizadas a sus inquilinos, correos electrónicos a los inscritos en el Registro de Demandantes y anuncios en la web. Asimismo, se solicitó la colaboración tanto de los administradores de fincas para informar a los inquilinos que pudieran estar interesados, como del 010 y los Puntos de Atención de los Distritos Municipales.

En las 53 solicitudes recibidas están representados los once Distritos Municipales de Sevilla y hay tanto inquilinos de viviendas protegidas de Emvisesa, como inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda. En concreto, se han recibido 11 solicitudes del Distrito Este-Alcosa-Torreblanca; 10 del Distrito Norte; 8 de Cerro-Amate; 6 de los Distritos Macarena y Sur; 4 de Los Remedios; 2 de los Distritos Bellavista-La Palmera, Casco Antiguo y Nervión, 1 solicitud proveniente del Distrito San Pablo-Santa Justa y otra de Triana.

Distribución de las solicitudes por distrito.
Distribución de las solicitudes por distrito.

Una vez comprobado el cumplimiento de requisitos, son 48 las solicitudes admitidas para participar en el sorteo que tendrá lugar en la sede de Emvisesa el viernes 22 a las 9:15 horas.

38 de las solicitudes se sortearán para seleccionar 5 representantes de las personas inscritas en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Sevilla, mientras que las 10 restantes lo harán en representación de los inquilinos de viviendas protegidas de Emvisesa.

A cada uno de los participantes se le ha hecho corresponder un número aleatorio con el que participará en el sorteo ante notario. Para cada uno de los cupos el notario extraerá un número, que junto a los siguientes cuatro números en orden ascendente conformará el grupo de cinco representantes de los inquilinos de Emvisesa y el grupo de los cinco representantes de personas inscritas en el Registro de Demandantes.

LISTADO DE ADMITIDOS PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO EN EL CUPO DE PERSONAS INSCRITAS EN EL REGISTRO DE DEMANDANTES ORDENADO ALFABÉTICAMENTE POR APELLIDOS:

PLAZO CONCLUIDO.


LISTADO DE ADMITIDOS PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO EN EL CUPO DE INQUILINOS DE VIVIENDAS DE EMVISESA ORDENADO ALFABÉTICAMENTE POR APELLIDOS:

PLAZO CONCLUIDO.

Tras el sorteo se informará de la fecha para la constitución de la Mesa Ciudadana, inicialmente prevista para el viernes 29 de septiembre, junto a la Mesa Social y a la Comisión Especial de Seguimiento de Ocupaciones Irregulares.

El resto de las Mesas Sectoriales continúan su proceso de constitución según lo previsto en el “Programa de mejora de la transparencia y fomento de la participación ciudadana”.

Respuestas a las preguntas planteadas sobre la permuta de la parcela sita en la avenida Ramón Carande

La Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de Emvisesa celebrada el pasado 6 de octubre ha resuelto sobre las consultas formuladas por los interesados respecto al Pliego rector del procedimiento de permuta de la parcela de Ramón Carande, acordando la publicación de las mismas así como sus correspondientes respuestas y aclaraciones:

Pregunta: ¿En qué momento del procedimiento de contratación debe encontrarse definitivamente inscrito el Proyecto de Reparcelación a efectos de aportar un suelo en la oferta?

Respuesta: De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3.1 del Pliego de Condiciones Administrativas, en el momento de otorgar  la escritura pública los inmuebles han de estar libre de cargas y en las debidas condiciones jurídicas que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el registro de la propiedad.

Por tanto, será en el momento de elevación a escritura púbica cuando los inmuebles habrán de estar depurados jurídicamente, de forma, que no exista impedimento para su formalización en documento público  y su inscripción registral.

Según establece la citada cláusula del Pliego, la no elevación a escritura pública o la imposibilidad de inscribir en el Registro de la Propiedad el bien inmueble, por existir cargas y gravámenes sobre el mismo, por no resultar el adjudicatario titular del inmueble, o no tener poder de representación suficiente, y/o por cambio de la situación jurídica del inmueble respecto de la justificada en el procedimiento,  será imputable al  adjudicatario siendo de su cuenta  los daños y perjuicios causados a EMVISESA por este motivo,  los cuales se harán efectivo sobre la garantía constituida.


Pregunta: En el anuncio de licitación se indica que la edificabilidad de la parcela es de 7.352 m2t, dato que se corrobora con la cédula urbanística que se incorpora como documentación complementaria, así como con  las determinaciones del Planeamiento vigente (Modificación Puntual Nº 11, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, el 31 de mayo de 2016). Por otro lado, el convenio suscrito entre la Gerencia de Urbanismo de Sevilla y EMVISESA, en la descripción de la parcela indica que la edificabilidad es de 7.837,16 m2t, correspondiendo 7.066, 29 m2t a uso residencial y 770 m2t a uso terciario. ¿Cuál es la edificabilidad real de la parcela? ¿A qué se debe la diferencia?

Respuesta: La edificabilidad real de la parcela es la recogida en la Cédula Urbanística de fecha 25 de enero de 2017, expedida por el Servicio de Licencias Urbanísticas de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla,  la cual se ajusta a las previsiones y  determinaciones del Planeamiento vigente.

La diferencia se debe a la existencia de una discordancia entre la descripción de la finca que figura en el Registro de la Propiedad y la realidad urbanística de la misma, prevaleciendo ésta sobre aquella.


Pregunta: ¿Sería título suficiente para concurrir a la licitación aporta una opción de compra sobre el bien inmueble ofertado?

Respuesta: El licitador podrá ofertar inmuebles que no sean de su propiedad, siempre que esté expresamente facultado o cuente con poder de representación para ello, según interpretación efectuada al Pliego por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 7 de septiembre de 2017. Por tanto, el licitador deberá estar expresamente facultado, en virtud de escritura pública de apoderamiento, para ofertar en el presente procedimiento determinados bienes de titularidad de un tercero.

Otra cosa, es que el licitador pueda formalizar con el tercero (titular del bien ofertado) un contrato de opción de compra, como medio para garantizar la adquisición del inmueble para el caso de que resulte adjudicatario.


Pregunta: Una vez resulte adjudicada una proposición en la que se hayan aportado fincas con opción de compra, y en el supuesto de que, a la hora de ejercer la opción, ésta no fuera posible por cualquier causa ajena al licitador, ¿se podría sustituir dicha finca por otra de igual o superior valoración según los criterios del concurso? (siempre, entendido como medida excepcional ante algún incumplimiento de compromisos de venta), ¿Se podría establecer un límite para dichos casos?

Respuesta: Según establece la cláusula 3.1 del Pliego la no elevación a escritura pública o la imposibilidad de inscribir en el Registro de la Propiedad el bien inmueble, por existir cargas y gravámenes sobre el mismo, por no resultar el adjudicatario titular del inmueble, o no tener poder de representación suficiente, y/o por cambio de la situación jurídica del inmueble respecto de la justificada en el procedimiento,  será imputable al  adjudicatario siendo de su cuenta  los daños y perjuicios causados a EMVISESA por este motivo,  los cuales se harán efectivo sobre la garantía constituida.


Pregunta: Para el caso de transmisiones de viviendas de VPO, ¿sería necesaria la comunicación previa, o cualquier otro requisito, ante la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda?

Respuesta: Sí. En el momento de presentar la oferta los/las titulares de viviendas protegidas comunicarán al órgano competente la decisión de trasmitir, e indicarán el precio, la forma de pago y las demás condiciones de la transmisión.

Según lo dispuesto en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, las segundas o posteriores transmisiones inter vivos de la titularidad del derecho de propiedad o de cualquier otro derecho real de uso y disfrute sobre las viviendas protegidas estarán sujetas a los derechos de tanteo y retracto legal en favor de la Administración de la Junta de Andalucía, o del Ayuntamiento o entidad pública que sean designados por aquélla.

Los compradores de viviendas protegidas no podrán transmitirlas “inter vivos” ni ceder su uso por ningún título, durante el plazo mínimo de diez años desde la fecha de formalización de la adquisición, con las excepciones que reglamentariamente se establezcan y salvo la posibilidad de permuta en casos de violencia de género, tal y como prevé la Ley de protección integral contra la violencia de género de Andalucía.


Pregunta: En los criterios de valoración en la adjudicación, se habla de puntuación “de forma lineal” ¿Cómo se calcula esta fórmula?:

Ejemplo: Para repartir los 15 puntos por viviendas terminadas: Licitador UNO: 20 viviendas, Licitador DOS: 10 viviendas, Licitador TRES: 0 viviendas.

Puntuación: 20 Viviendas 15 Puntos.  0 Viviendas 0 Puntos. 10 Viviendas ¿7,5 Puntos?

Respuesta: El ejemplo planteado por el interesado es correcto. Para el cálculo de la puntuación de un apartado, se le da la máxima puntuación a la mejor oferta y cero puntos a la que no oferte nada en ese apartado. El resto se calcula de forma lineal con una regla de tres, donde se multiplica la oferta a puntuar por el máximo de puntos del apartado y se divide por la mejor oferta.

Por ejemplo; 15 puntos máximo para número de viviendas ofertadas con una mejor oferta de 20 viviendas.

Oferta de 20 viviendas: 15 puntos por ser la mejor.

Oferta de 15 viviendas: 15*15/20 = 11,25 puntos.

Oferta de 10 viviendas: 10*15/20 = 7,50 puntos.

Oferta de 5 viviendas: 5*15/20 = 3,75 puntos.


Pregunta: ¿En la entrega de las viviendas a EMVISESA, bien sea directamente por el propio licitador, por una sociedad del grupo o por un tercero, la sociedad municipal renunciaría  a la exención del IVA?

Respuesta: La posibilidad de renunciar a la exención de IVA por parte de EMVISESA dependerá de los  activos que finalmente reciba y del destino previsible de los mismos. A priori no parece posible garantizar la aplicación de la renuncia a la exención de IVA (por ejemplo en segunda transmisión de viviendas destinadas al arrendamiento).


La Comisión Ejecutiva del Consejo de Administración de Emvisesa celebrada el pasado 7 de septiembre ha resuelto sobre las consultas formuladas por los interesados respecto al Pliego rector del procedimiento de permuta de la parcela de Ramón Carande, acordando la publicación de las mismas así como sus correspondientes respuestas y aclaraciones.

Desde la publicación del Pliego definitivo los interesados, a través del correo electrónico que Emvisesa creó al efecto, han planteado las siguientes cuestiones:

Pregunta: Los coeficientes de dispersión establecidos en el apartado 2.9 del Pliego establecen una distinción cuando las viviendas se ubican en el mismo portal. A este respecto se nos plantea la duda de qué coeficiente se aplica si las viviendas a entregar se encuentran en dos portales de un mismo edificio (aunque en el portal haya otras viviendas vendidas o alquiladas a terceros). La pregunta es doble: qué coeficiente es aplicable si se entrega como parte del precio un portal en su totalidad o en parte al estar otras viviendas vendidas o alquiladas a terceros; y la segunda, qué coeficiente es aplicable si en este mismo supuesto el número de portales es de dos o tres.

Respuesta: Las ofertas serán examinadas y se clasificarán las viviendas en paquetes, según su situación en la clasificación que establecen los Pliegos en función del radio inscribible. Una vez aplicado el anterior coeficiente, a aquellas viviendas del paquete que estén en un mismo portal se les aplicará adicionalmente el coeficiente de 0,95. Ejemplo: si presentan 27 viviendas que clasificamos en dos paquetes, uno de 9 viviendas en un radio de 500 metros y otro de 18 viviendas en otro radio de 500 metros, a las primeras se les aplica un coeficiente de 0,95 y a las segundas de 0,85. Adicionalmente, si en el conjunto de viviendas de un paquete hay más de una en un mismo portal, a ésas se les aplicaría otro coeficiente de 0,95.

El resto de coeficientes es independiente a esta clasificación; es decir, si ya no va en la clasificación de paquetes por su localización. A cada vivienda se le aplicará de manera independiente según su uso, ocupación etc.


Pregunta: En cuanto a la posibilidad de concurrir conjuntamente, ¿podría bastar con manifestar que hay un acuerdo entre partes que se materializa en una forma distinta a las posibilidades que recoge el pliego? Por ejemplo: ¿Cabe la posibilidad de manifestar que el acuerdo se materializa en la entrega de una cantidad x por una de las partes a la otra, tan pronto como se produzca la entrega de las viviendas objeto de promoción en el solar de Ramón Carande?

Respuesta: Los licitadores deberán concurrir conjuntamente en la forma prevista en la cláusula 2.3 del Pliego rector del procedimiento, debiendo aportar un documento privado firmado por todos los componentes, donde se comprometan a constituir una unión temporal de empresas, una sociedad civil o una comunidad de bienes, en caso de resultar adjudicatarios, suscrito por todos los integrantes, indicando el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a Emvisesa.

Cualquier otra clase de pacto y/o acuerdo que adopten las personas físicas o jurídicas entre sí, son ajenos al procedimiento de licitación. No obstante, podrán ser ofertados inmuebles de titularidad de otro/s, siempre que se encuentre facultado para ello, debiendo disponer de poder o representación suficiente, con independencia de los pactos internos que alcancen entre ellos.


Pregunta: Respecto a las viviendas que se oferten como parte del precio, que estén sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, ¿quién paga los gastos?

Respuesta: En la cláusula 1.4 del Pliego rector del procedimiento, se establece que las correspondientes tasas, arbitrios e impuestos que graven la transmisión o sean consecuencia directa o indirecta de la misma, serán satisfechas por las partes según Ley.

En el caso de entrega de bienes inmuebles que tributen por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en su modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas, el sujeto pasivo sería el adquirente, en este caso Emvisesa (artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).


Pregunta: ¿En que momento del procedimiento se debe acreditar la titularidad de los inmuebles y si la fecha de su adquisición debe ser anterior a la convocatoria de permuta? En caso de que los bienes aportados no sean de titularidad del ofertante, ¿qué requisito se exigiría para su aportación inicial a la permuta antes de momento de la adjudicación?

Respuesta: De conformidad con lo dispuesto por la cláusula 1.5 del Pliego, podrán concurrir al procedimiento las personas físicas y jurídicas que reuniendo los requisitos de capacidad previstos en la cláusula 2.3 del Pliego, ostenten el pleno dominio de inmuebles edificados, suelos y solares en distintos sectores de Sevilla. En la cláusula 1.5 se establece que los inmuebles construidos, suelos y solares ofertados han de estar debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad, a fecha del último día de plazo para la presentación de proposiciones. La acreditación de la titularidad de los inmuebles se hará en el momento de presentación de las ofertas, debiendo aportar en el sobre nº 1 la nota simple de los inmuebles que se ofrecen para la permuta, expedidas en los tres meses anteriores a la presentación de la oferta (cláusula 2.6 del Pliego “Forma de presentación”).

La cláusula 2.3 del Pliego dispone que los que deseen tomar parte de la presente licitación podrán hacerlo por sí mismos o mediante representación por una persona autorizada a través de poderes validados de forma legal, siempre que no se halle incurso en una de las prohibiciones para contratar previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Quien actúe en nombre de persona jurídica o de una o varias personas físicas, habrá de acreditar fehacientemente su representación. Por tanto, el licitador podrá aportar inmuebles de titularidad de un tercero, siempre que cuente con poder o representación para ello.


Pregunta: ¿Podríamos aportar un Suelo Urbano Consolidado dentro del término municipal de Sevilla, actualmente calificado por el PGOU de Sevilla como servicios infraestructurales (SI) que pueden ser destinados en su totalidad al uso alternativo de servicios de interés público y social, entre otros usos, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.6.36.3 de la normativa del PGOU?

Respuesta: El Pliego en el apartado B) de la cláusula 1.6 dispone que los suelos y/o solares, sean urbanos o urbanizables, no exigen una calificación determinada para los mismos. Por otro lado la cláusula 1.6 “Inmuebles Excluidos”, establece que en todo caso serán excluidos los suelos calificados de uso industrial. Por tanto, se ha de admitir que pueda ser ofertado un suelo calificado de TI-SI, al no estar expresamente excluido por el Pliego rector.

Los inmuebles, suelos y solares serán tasados, siguiendo la metodología de valoración establecida por la Orden ECO/805/2003, de 27 de Marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, publicada en el BOE del 9 de Abril de 2003. Asimismo será de aplicación el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. RD 1492/2011 de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo (cláusula 2.9 del Pliego).


FE DE ERRATAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS POR EL QUE SE RIGE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA DE USO RESIDENCIAL LIBRE SITA EN LA AVDA. RAMÓN CARANDE, Nº 3-B, EN SEVILLA (EXPTE.: EMVI: 2017/0012/01).

 

EN LA PÁGINA 6 DEL PLIEGO DONDE DICE:

En su caso, la aportación a metálico podrá superar el importe de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (3.485.000, 00€). Los licitadores que superen dicho límite serán excluidos del procedimiento.”

DEBE DECIR:

 “En su caso, la aportación a metálico no podrá superar el importe de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (3.485.000, 00€). Los licitadores que superen dicho límite serán excluidos del procedimiento”.

EN LA PÁGINA 10 DEL PLIEGO DONDE DICE:

“2.5.-Presentación de las proposiciones:

No se admitirán las ofertas presentadas por personas interpuestas o vinculadas. Se entiende que existe vinculación en los términos previstos en el artículo 16.2 de la Ley de Impuestos de sociedades.”

DEBE DECIR:

“2.5.-Presentación de las proposiciones:

No se admitirán las ofertas presentadas por personas interpuestas o vinculadas. Se entiende que existe vinculación en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley de Impuestos de sociedades.”

EN LA PÁGINA 27 DEL PLIEGO DONDE DICE:

“ANEXO II.- DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. RAMÓN CARANDE, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA

  • No estará incurso en los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y 16.2 de la Ley del Impuesto de Sociedades”

DEBE DECIR:

“ANEXO II.- DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE PERMUTA DE LA PARCELA DE USO RESIDENCIAL LIBRE, SITA EN LA AVDA. RAMÓN CARANDE, Nº 3-B, EN SEVILLA, DE PROPIEDAD DE EMVISESA

  • No estará incurso en los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y 18 de la Ley del Impuesto de Sociedades”

EN LA PÁGINA 33 DEL PLIEGO DONDE DICE:

“ANEXO VIII.- OFERTA ECONÓMICA

  1. D) APORTACION EN METÁLICO: __________________(Importe en letra y número). En caso de aportar suplemento en metálico no podrá superar el importe máximo de (3.485,00 €). La ofertar que supere dicha cantidad será excluida del procedimiento.”

DEBE DECIR:

“ANEXO VIII.- OFERTA ECONÓMICA

D) APORTACION EN METÁLICO: __________________(Importe en letra y número). En caso de aportar suplemento en metálico no podrá superar el importe máximo de (3.485.000,00 €). La ofertar que supere dicha cantidad será excluida del procedimiento.”

Emvisesa tramita más de 700 solicitudes de ayuda al alquiler, superando en más de un 35% las presentadas durante pasada convocatoria.

Emvisesa, tal y como ya hizo en la pasada convocatoria, ha vuelto a participar este año 2017 como entidad colaboradora en la gestión de las ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El número de solicitudes tramitadas por Emvisesa se ha incrementado en más de un 35% respecto a la convocatoria del pasado año.
El número de solicitudes tramitadas por Emvisesa se ha incrementado en más de un 35% respecto a la convocatoria del pasado año.

Emvisesa ha realizado una importante campaña de difusión para informar de esta convocatoria de ayuda al alquiler a través de cartas individuales dirigidas a sus más de 2.500 inquilinos, así como anuncios en su sitio web, comunicados en los tablones de anuncios de las comunidades de sus promociones, publicidad en el Canal Busi presente en los autobuses de línea de TUSSAM, así como en numerosas visitas puerta a puerta.

Este esfuerzo de comunicación se ha visto reflejado en un incremento superior al 35% respecto al número de solicitudes presentadas la pasada convocatoria 2016 ya que, frente a las 520 recogidas en 2016, este año se han superado las 700.

Ayudas al alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ayudas al alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El plazo se abrió el 7 de julio y concluyó el pasado 7 de agosto por lo que, al igual que en la pasada convocatoria, los interesados han dispuesto de un mes natural para presentar sus solicitudes.

El 70% de las solicitudes presentadas en Emvisesa pertenecen a inquilinos de viviendas propiedad de la Empresa Municipal.
El 70% de las solicitudes presentadas en Emvisesa pertenecen a inquilinos de viviendas propiedad de la Empresa Municipal.

El 70% de las solicitudes recogidas pertenecen a inquilinos de viviendas propiedad de Emvisesa, constituyendo la sorpresa el incremento de solicitantes de viviendas que no son propiedad de la Empresa Municipal, que han acudido en gran número atraidos por el servicio personalizado ofrecido por los técnicos radicados en las sedes de calle Bilbao y avenida de San Jerónimo.

Las solicitudes con Renta Social concedida por parte de Emvisesa han aumentado un 60% respecto a la pasada convocatoria Alquila 2016.
Las solicitudes con Renta Social concedida por parte de Emvisesa han aumentado un 60% respecto a la pasada convocatoria Alquila 2016.

En breve estaremos en disposición de calcular la cantidad de euros en que se traducen las más de 700 solicitudes tramitadas por Emvisesa. No olvidemos que la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de 15 millones de euros para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Emvisesa ha recogido solicitudes provenientes de todas sus promociones de viviendas, destacando el 23% procedente de Pino Montano, el 10% de Torreblanca, el 6% de Nuevo Amate, el 10% de Polígono Aeropuerto, el 8% de San Jerónimo o el 6% de Cros Pirotecnia.

Este año se han presentado un 60% más de solicitudes de inquilinos de Emvisesa que disfrutan de Renta Social, casi una cuarta parte del total de las tramitadas para viviendas de la Empresa Municipal, y a todos ellos se les ha facilitado información sobre el Protocolo de Protección a Familias con Pocos Recursos.

Los distritos Norte y Este son los que acumulan una mayor cantidad de promociones de viviendas protegidas promovidas por Emvisesa.
El 50% de las solicitudes de ayuda al alquiler presentadas por inquilinos de Emvisesa proviene de promociones situadas en el Distrito Norte de la capital.
Los distritos Norte y Este son los que acumulan una mayor cantidad de promociones de viviendas protegidas promovidas por Emvisesa.

Durante los próximos días, los técnicos de Emvisesa continuarán grabando las solicitudes en el programa telemático dispuesto por la Consejería de Fomento y Vivienda para tal efecto.

Paralelamente, Emvisesa colabora con la Consejería de Fomento y Vivienda para ultimar los detalles que permitan a ésta publicar el listado definitivo de beneficiarios de las ayudas al alquiler correspondientes al plan 2016 e iniciar el abono de las mismas.

Recomendamos a todos los interesados suscribirse a las noticias de nuestra web para estar informados de la evolución de dichos procesos, así como de otras novedades que seguro serán de su interés.

Ayudas al alquiler para titulares de pensiones no contributivas.

Hasta el 31 de diciembre de 2017 puede solicitarse un complemento de pensión dirigido a aquellas personas pensionistas de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, que acrediten carecer de vivienda en propiedad y tener como residencia habitual una vivienda alquilada.

CONDICIONES PARA PODER SOLICITAR LA AYUDA:

Tendrán derecho al complemento las personas que cumplan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:
a) Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la fecha de resolución.
b) Carecer de vivienda en propiedad.
c) Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
d) No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
e) Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del contrato de arrendamiento no sea inferior a un año y el pensionista haya residido en la misma durante los 180 días inmediatamente anteriores.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una pensión de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, sólo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.

CUANTÍA:

La cuantía anual para 2017 de este complemento asciende a 525 €.

SOLICITUD:

Se formulará en el impreso oficial que regula este complemento: Descargar solicitud.

PLAZO DE SOLICITUD:

Hasta el 31 de diciembre de 2017.

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

La solicitud podrá presentarse en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía o en los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento donde resida la persona pensionista.

En el caso de Sevilla, la Delegación de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales se encuentra en la avenida de Luis Montono, 87.

El Ayuntamiento de Sevilla tiene distribuidos Centros Sociales por los diferentes barrios de la capital y pueden consultarse en este enlace.

Emvisesa no tramita esta ayuda ni puede recoger los impresos de solicitud. Simplemente facilitamos esta información a los suscriptores y visitantes de nuestra web, al considerar que puede ser de su interés.

NORMATIVA REGULADORA:

  • Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. (BOE Nº 260 de 30 de octubre de 2015)
  • Real Decreto 1191/2012 de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

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El lunes 7 de agosto finaliza el plazo para solicitar la ayuda al alquiler para personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.

Este lunes día 7 de agosto finaliza el plazo otorgado por  la Consejería de Fomento y Vivienda para presentar la solicitud de ayuda para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.

Emvisesa, como entidad colaboradora, continuará atendiendo a todos aquellos interesados en presentar la solicitud de ayuda tanto en su sede de calle Bilbao, como en la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV) de la avenida de San Jerónimo, según su comodidad.

Mañana viernes y el lunes día 7 en horario de 8:30 a 14:30, los técnicos de Emvisesa ayudarán a quienes deseen presentar la solicitud a cumplimentar los impresos y los recogerán para su posterior tramitación.

PRESENTA TU SOLICITUD DE AYUDA EN 4 SENCILLOS PASOS:

  1. Descarga los Anexos I y II, cumplimenta los datos que conozcas y recuerda que todas las personas empadronadas en la vivienda para la que solicitas la ayuda deben aparecer inscritas en la solicitud y firmarla.
  2. Solicita un certificado de empadronamiento COLECTIVO en tu oficina de Distrito Municipal. Si dispones de certificado digital puedes obtenerlo desde la web del Ayuntamiento de Sevilla.
  3. Haz una fotocopia de tu contrato de alquiler y de los DNI/NIE de todas las personas que aparezcan en el padrón.
  4. Ven con los dos anexos, el certificado de empadronamiento colectivo y las fotocopias a la sede de Emvisesa en la calle Bilbao (Plaza Nueva) o a la OMDV (San Jerónimo) y un técnico te atenderá y recogerá tu solicitud de ayuda al alquiler.

Anexo I: Solicitud de ayuda al alquiler.

Descargar (PDF, 270KB)

Anexo II: Ficha de datos complementarios.

Descargar (PDF, 114KB)


¿TENGO QUE PRESENTAR CERTIFICADO DE IRPF, CARNET DE FAMILIA NUMEROSA U OTRA DOCUMENTACIÓN?

En los impresos de la solicitud puedes autorizar la consulta de ingresos, la existencia de discapacidad, la consulta al catastro para comprobar que no posees una vivienda o si tienes concedida la condición de familia numerosa. Por tanto, no es necesario que aportes ninguno de esos documentos si autorizas su consulta.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN EXTRA ES NECESARIO PRESENTAR?

  1. El certificado de Vida Laboral de todas las personas empadronadas mayores de edad en el caso que TODOS estén desempleados.
  2. El reconocimiento de la situación de dependencia, en su caso.
  3. El informe acreditativo o el resguardo de haber solicitado la condición de especial vulnerabilidad en los Servicios Sociales Municipales, en su caso. (Los inquilinos de Emvisesa con Renta Social concedida no necesitan acreditar la especial vulnerabilidad).
  4. Acreditación de haber sufrido violencia de género, en su caso.
  5. Acreditación de ser víctima de terrorismo, en su caso.
  6. Sentencia o escrituras que acrediten desahucio o dación en pago, en su caso.
  7. En caso de aparecer en el catastro como propietario de toda o una parte de una vivienda, documentación que acredite que no posees el uso y disfrute de la misma.

30º Aniversario Emvisesa.

Emvisesa hace entrega de las llaves de una primera vivienda a la “Fundación Atenea-Realidades” para la atención inmediata a personas en situación de vulnerabilidad.

Emvisesa y la UTE Fundación Atenea-Realidades suscribieron ayer un convenio de colaboración que constituye el marco para que la Empresa Municipal pueda ceder viviendas a esta organización sin ánimo de lucro, entre cuyos fines se encuentran garantizar los derechos y  mejorar la calidad de vida de personas en situación de riesgo de grave exclusión, prevenir los factores que la causan e impulsar la transformación social y económica a través de la innovación, la intervención, la formación y la investigación social.

Felipe Castro, gerente de Emvisesa, ha hecho entrega de las llaves de la primera de estas viviendas a Mª Paz Casillas, gerente de la UTE, y Alicia Puerto, coordinadora del proyecto en Sevilla.

La Fundación Atenea-Realidades cuenta con un equipo formado por 160 profesionales de distintos ámbitos que trabajan con personas que aúnan diversos factores que las sitúan en claro riesgo de exclusión social.

Felipe Castro, Mª Paz Casillas y Alicia Puerto.
Felipe Castro, Mª Paz Casillas y Alicia Puerto.

Las viviendas cedidas por Emvisesa contribuirán al desarrollo de uno de los programas de la Fundación, denominado “Servicio de alojamiento en pisos y hostales para personas o familias en situación de riesgo por pérdida de vivienda, personas sin hogar y para personas sin hogar inmigrantes”.

Este programa genera empleo para 8 profesionales de apoyo que supervisan todo el proceso y su objetivo principal  es la atención inmediata ante situaciones de vulnerabilidad social que presenten personas o familias que hayan perdido su vivienda,  a las que se brinda un hogar de acogida y se les presta información, orientación y acceso a otros recursos sociales que les permitan revertir su situación.

Emvisesa coordinará la rehabilitación integral de las Naves de Renfe y su conversión en un centro de innovación y emprendimiento.

El Ayuntamiento, a través de su Delegación de Economía, Comercio y Relaciones Institucionales, ha aprobado las líneas básicas del proyecto de remodelación de las Naves de Renfe, en el barrio de San Jerónimo, cuya ejecución ha sido encargada a la empresa municipal Emvisesa mediante una encomienda de gestión. Su financiación está garantizada con los recursos europeos del programa Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado (DUSI) para las zonas Norte y Macarena de la ciudad, con 2,3 millones de euros sobre los 2,9 de inversión requerida –80% de la Unión Europea, 20% de recursos municipales–.

La delegada del ramo, Carmen Castreño, ofreció ayer los detalles en una rueda de prensa en la que estuvo acompañada por Antonio Muñoz, delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, y los gerentes de Emvisesa, Felipe Castro, y de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla, Ignacio Pozuelo. “Después de muchísimos años abandonadas, damos el primer y fundamental paso  para la rehabilitación integral de las Naves de San Jerónimo, que se convertirán en un centro de referencia para las empresas y los emprendedores de la industria de las nuevas tecnologías y las telecomunicaciones”, explicó la delegada. “Las Naves de Renfe son una herida urbana en San Jerónimo y su rehabilitación y puesta en carga sin duda contribuirán a desarrollar y revitalizar el barrio”, añadió. Este centro de innovación abierto se agregará al Edificio CREA, sito en las inmediaciones, para gestar así “un núcleo muy importante de emprendimiento en la ciudad que se traduzca en empleo”.

Naves de la Renfe, en San Jerónimo-Alamillo.
Naves de la Renfe, en San Jerónimo-Alamillo.

La encomienda de gestión de esta rehabilitación integral a Emvisesa se ha elegido al tratarse de la fórmula más ágil y rápida para ejecutar el proyecto. Así, esta empresa pública, con los recursos económicos procedentes del programa DUSI –que a su vez se encuadran en los fondos FEDER– y la aportación municipal al mismo, elaborará el informe patológico del edificio, el estudio geotécnico, el levantamiento topográfico, el proyecto básico y de ejecución de las obras, la dirección de obras y la asistencia técnica.

Es una fórmula innovadora para llevar a cabo un proyecto que estará siempre bajo la supervisión de Emvisesa, colaborando con la Delegación de Economía, Comercio y Relaciones Institucionales para optimizar los recursos municipales y ejecutarlo de la manera más rápida posible”, según explicó Felipe Castro.

El edificio cuenta con 4.000 m2, sobre los que Economía y Emvisesa determinarán las necesidades para el centro de innovación abierto que albergará distintas empresas y espacios de colaboración entre estas. “Será un edificio que, por su arquitectura y usos, marcará la diferencia con respecto a otras instalaciones de emprendimiento”, añadió el Gerente de Emvisesa.

Carmen Castreño subrayó que con las Naves de Renfe se inicia la ejecución del DUSI en las zonas Norte y Macarena, que recibió 15 millones de euros de la Unión Europea, y anunció que a partir del próximo otoño irán arrancando el resto de proyectos concretos, que supondrán un despliegue de inversión que superará los 18,5 millones de euros al sumar las aportaciones municipales.

En concreto, las zonas Norte y Macarena conforman el ámbito geográfico escogido por el Ayuntamiento al requerir urgentes y especiales necesidades de actuación. Se trata de las barriadas de La Bachillera, Los Carteros, San Jerónimo y Pino Montano, sitas en el Distrito Norte; y Begoña/Santa Catalina, El Cerezo, El Rocío, El Torrejón, Hermandades-La Carrasca, Huerta de San Jacinto, La Palmilla-Doctor Marañón, La Paz-Las Golondrinas, Las Avenidas, Santa Justa y Rufina/Parque Miraflores, Los Príncipes-La Fontanilla, Macarena Tres Huertas-Macarena Cinco, Polígono Norte y Villegas, todas ellas en el Distrito Macarena.

En la nueva Política de Cohesión de la Unión Europea dentro del marco financiero comunitario 2014-2020 cobra mayor importancia que antes el apoyo a proyectos urbanos sostenibles e integrados y con un claro enfoque hacia el empleo, frente a la construcción de infraestructuras públicas, que hasta ahora habían absorbido los fondos.

Por tanto, los proyectos han sido concebidos para atender a los retos económicos, laborales, sociales, demográficos, ambientales y climáticos de la ciudad de Sevilla, concentrándolos en barrios concretos de los distritos Norte y Macarena que, hoy por hoy, requieren urgentes y especiales necesidades de inversión. Se trata, pues, de nuevas iniciativas que procuran fomentar la actividad económica y el empleo; la movilidad sostenible; la administración electrónica; la eficiencia energética y una economía baja en carbono; la economía digital, y la acción social.

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